Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2003 (28/04/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 20

PÆg. 243350 NORMAS LEGALES Lima, lunes 28 de abril de 2003 ANTECEDENTES: 1. El 18.11.2001, el Instituto de Salud del Niño, en adelante la Entidad, convocó a la Licitación Pública Nº 0008-ISN-2001 para la "adquisición de medicamentos con entregas periódicas, para atender las necesidadesde los usuarios del Instituto", otorgándole la Buena Pro ala empresa DROGALSA S.A., en adelante DROGALSA,en los Ítems Nºs. 1, 30, 174 y 245. 2. El 2.5.2002, la Entidad emitió la Orden de Compra Nº 2002-1548 a nombre de DROGALSA, para la entrega de un grupo de medicamentos, con un plazo de entregadel 7.5.2002 al 11.5.2002. 3. El 12.8.2002, mediante Oficio Nº 1664-DG-140- DEA-352-OL-ISN-02, la Entidad comunicó al CONSU-CODE que DROGALSA ha incumplido con la Orden de Compra Nº 2002-1548, correspondiente al 4to. lote de entrega de medicamentos y la Orden de Compra Nº2002-1935 correspondiente al 5to. lote, por un montoascendente a S/. 435.37 cada una, solicitando se le apli-que la sanción correspondiente. La Entidad remitió ad-junto a su comunicación, los documentos que corres- ponden al trámite seguido por éste: - Mediante Informe Nº 063-AA-ISN-02, de fecha 7.6.2002, la Entidad informó que efectuó la comunica-ción telefónica a DROGALSA para que se acerquen a laEntidad a recoger la Orden de Compra, quienes respon- dieron que no podrán atender ninguna orden ya que la empresa se encuentra en liquidación. - Mediante Oficio Nº 265-OL-ISN-2002, notificado notarialmente el 17.6.2002, la Entidad requirió a DRO-GALSA la entrega de la mercadería correspondiente al5to. lote, el mismo que debió hacerse efectivo del 10 al 14 de junio de 2002, asimismo, solicitó a DROGALSA que informe en un plazo de 48 horas si tiene algún impa-se para su atención. 4. Mediante Carta s/n, de fecha 2.8.2002, DROGAL- SA IMPORT S.A.C. comunicó a la Entidad que por proble- mas del Directorio, la empresa ha sido dada de baja ante la Sunat, motivo por el cual se encuentra imposibilitadade facturar. Asimismo, indicó que teniendo Órdenes pen-dientes de atención emitirían las facturas con la razónsocial DROGALSA IMPORT S.A.C., empresa reciente-mente constituida. 5. El 17.9.2002 el Tribunal dispuso requerir a la Enti- dad a efectos de que cumpla con informar si la Orden deCompra Nº 2002-1548 ha sido anulada, así como si laempresa fue requerida para el cumplimiento de sus obli-gaciones. 6. El 14.10.2002, mediante Oficio Nº 2250-DG-479- OL-ISN-2002, la Entidad remitió al Tribunal el Memorán- dum Nº 257-AA-ISN-01, mediante el cual anula la Ordende Compra Nº 2002-1548. 7. El 17.10.2002, el Tribunal dispuso Iniciar Procedi- miento de Aplicación de Sanción contra DROGALSA porno cumplir con la Orden de Compra Nº 2002-1548. Asi- mismo, ordenó que se le notifique para que presente sus descargos. 8. El 22.11.2002, el Tribunal dispuso se notifique vía edicto a DROGALSA por no tener domicilio cierto. 9. El 10.1.2003, el Tribunal dispuso Hacer efectivo el apercibimiento de resolver con la documentación obran- te en autos, por no haber cumplido DROGALSA con presentar sus descargos, y remitió el expediente a laSegunda Sala para resolver. FUNDAMENTOS: 1. El presente caso está referido a la imputación efec- tuada por la Entidad contra DROGALSA, por haber in-cumplido con la Orden de Compra Nº 2002-1548, con-ducta que se encuentra recogida como causal de apli-cación de sanción en el artículo 205º literal a) del Regla-mento del Texto de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, aprobada por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. 2. El artículo 144º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, indica que para resolver el contrato, la Entidad debe requerir el cumplimiento de las prestaciones den- tro de un plazo no menor a dos (2) días ni mayor aquince (15), dependiendo del caso. Si vencido el plazootorgado dicho incumplimiento persiste, mediante cartanotarial se le resolverá el contrato, de manera total o parcial, según sea el caso. Asimismo, el artículo 143º del Reglamento, en su in- ciso a) dispone que la Entidad podrá resolver el contra- to, si es que el contratista incumple injustificadamente sus obligaciones contractuales esenciales, pese a ha-ber sido requerida para ello. 3. De los hechos expuestos en el expediente, está establecido que la Entidad no efectuó la resolución con-tractual mediante Carta notarial, en consecuencia, la Entidad no cumplió con la formalidad establecida por el artículo 144º del Reglamento, para resolver el contrato ydejar sin efecto la orden de compra correspondiente. LA SALA RESUELVE: 1. No ha lugar a la aplicación de sanción a la empresa DROGALSA S.A., por los fundamentos expuestos. 2. Devolver los antecedentes administrativos a la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. RODRÍGUEZ ARDILESWENDORFF RODRÍGUEZ CABIESES LÓPEZ 07942 TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 388/2003.TC-S2 Sumilla: No corresponde sancionar al contratista por no haberse configurado la causal establecida en el literalh) del artículo 177º del Reglamento de la Ley de Contra-taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S.Nº 039-98-PCM. Lima, 21 de abril de 2003 Visto en sesión de la Segunda Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del9.4.2003, el Expediente Nº 182/2002.TC, referido al pro- cedimiento de aplicación de sanción a la empresa de Transportes "Lori Mark" de Douglas Emilio FelicianoRetuerto, por haber presentado documentos falsos, co-municada por el Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI, y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. Con fecha 8.3.2001, la Dirección de Logística de la Segunda Región del Instituto Nacional de Defensa Civil,en adelante la Entidad, emitió el Pedido ComprobanteSalida - Pecosa Nº 081, destinando una cantidad de bie- nes a la Municipalidad Distrital de Mangas Bolognesi - Ancash, 2. Con fecha 15.3.2001, la Empresa de Transportes "Lori Mark" de Douglas Emilio Feliciano Retuerto, enadelante el contratista, emitió la Factura Nº 000002, se-gún Pecosa Nº 081, por el monto de S/. 1,200.00 Nuevos Soles, a nombre de la Entidad, emitiendo la misma el comprobante de pago a nombre del contratista por dichoconcepto. 3. Con fecha 11.4.2001 la Entidad, emitió el Pedido Comprobante Salida - Pecosa Nº 159, destinando unacantidad de bienes a la Asociación de Municipalidades del Norte de Lima - Castrovirreyna. 4. Con fecha 26.4.2001, la Entidad emitió la Orden de Servicio Nº 0072 a nombre del contratista por el montode S/. 1,500.00 Nuevos Soles, según Pecosa Nº 159,emitiendo el contratista con fecha 27.4.2001, la FacturaNº 000004 por dicho concepto. 5. Con fecha 27.4.2001, la Entidad emitió el Compro- bante de pago Nº 220, por S/. 1,500.00 Nuevos Soles anombre del contratista por el trasporte realizado, segúnPecosa Nº 159, efectuando la cancelación con fecha9.5.2001.