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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (02/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

PÆg. 249174 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de agosto de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN BARTOLO VISTOS: En sesión de Concejo Ordinaria del Concejo de la fecha 24 de julio del 2003, el Informe Técnico Legal,por el cual solicita se declare en situación de urgencia elPrograma del Vaso de Leche, correspondiente a los mesesde agosto a diciembre del 2003 y la exoneración del Proce-so Selectivo de Adjudicación Directa, por el de Adjudica-ción de Menor Cuantía; CONSIDERANDO: Que, según convenio la Municipalidad Metropolitana de Lima va a abastecer los insumos para el Programa del Vasode Leche, leche evaporada en tarro y avena hasta el mesde julio del presente año; Que, ante la urgencia de entregar a los beneficiarios las raciones alimenticias, éstos deben ser atendidos opor-tunamente después de la fecha del desabastecimiento delproducto, por ser una función impostergable de la Munici-palidad, por constituir un servicio público esencial, cuyaprestación del mismo no puede discontinuarse, por ser unafunción social. Que la falta de atención sería lamentable endesmedro y atentatorio a la salud de los beneficiarios; Que, para la Adquisición de los insumos lácteos, y garanti- zar el abastecimiento oportuno de los meses de agosto hastadiciembre de los corrientes, se requiere adquirirlos a través deun procedimiento Sumarísimo, que se encuentra regulado porLey, toda vez que el procedimiento por Adjudicación Directatiene plazos y términos mayores al de Menor Cuantía; Que, al no recibir oportunamente el producto para el Progra- ma del Vaso de Leche, este hecho constituye una SITUACIÓNDE URGENCIA prevista por el Art. 21º del Texto Único Ordena-do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-bado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM considerándolo, cuandola ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien oservicio compromete en forma directa e inminente la continui-dad de un servicio esencial, en concordancia con el Art. 108ºdel D.S. Nº 013-2001-PCM que lo entiende como un hecho deexcepción, que determina una acción rápida de Adquisición oContratación como medida temporal; Que, según el Art. 19º inciso C, Art. 20º inciso C del D.S. Nº 012-2001-PCM disponen, que ante la declaraciónde urgencia, declarada mediante Acuerdo de Concejo Mu-nicipal, previo Informe Técnico Legal, señalan que se en-cuentra exonerado de los procesos selectivos de licitaciónpública, Concurso Público o Adjudicación Directa, debién-dose realizar las adquisiciones o contrataciones medianteel proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Estando a lo acordado por Unanimidad de los presen- tes, en uso de la facultad conferida por la Ley Orgánica deMunicipalidades Nº 27972, y con el Informe Técnico Legal; ACORDÓ: Artículo Primero.- DECLARAR en SITUACIÓN DE URGENCIA el Programa del Vaso de Leche del distrito deSan Bartolo, de los meses de agosto a diciembre del pre-sente año. Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso selectivo de Adjudicación Directa por la de Adjudicación de MenorCuantía, para la Adquisición y Contratación de los insumoslácteos de leche evaporada en tarro y avena, hasta por unmonto S/. 51,796.50 Nuevos Soles. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del pre- sente en el Diario Oficial El Peruano y sea puesto en cono-cimiento de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE L. BARTHELMESS CAMINO Alcalde 14383 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aprueban el Reglamento Interno del Concejo Municipal ORDENANZA Nº 026-2003-MDSA Santa Anita, 25 de julio de 2003 VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el dictamen Nº 011-CAL/MDSA de la Comisión de AsuntosLegales y el Informe Nº 1105-2003-OAL-MDSA de la Ofici-na de Asesoría Legal; y,CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, según la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece en su artículo 194ºque las Municipalidades son organismos autónomos, política,económica y administrativamente en los asuntos de su com-petencia, destacando que la estructura orgánica y de gobiernolocal lo conforman el Concejo Municipal como órgano norma-tivo y fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo; Que, mediante Edicto Nº 002-2003-MDSA de fecha 14 de febrero de 2003, se aprobó el Reglamento Interno deConcejo Municipal; Que, conforme lo prescribe el artículo 109º de la Consti- tución Política del Estado, existe un mandato imperativo yde cumplimiento obligatorio de la Ley desde el día siguien-te de su promulgación; Que, el Concejo Municipal, de conformidad con lo dis- puesto en el inciso 12, del artículo 9º de la Ley Orgánica deMunicipalidades, Ley Nº 27972, es competente para apro-bar su régimen interior; Que, según el informe Nº 1105-2003-OAL-MDSA se desprende que a la luz de la expedición de la Ley Nº 27972,Ley Orgánica de Municipalidades de fecha 27 de mayo de2003, nuestra institución corporativa tiene que adecuarsea la nueva normatividad a efectos de evitar las nulidades yresponsabilidades de orden administrativo, civil y penal yparticularmente en clara aplicación del Principio de Legali-dad, Pluralidad de Instancias y Debido Procedimiento; Que, estando a lo expuesto, con las modificaciones pro- puestas y aprobadas por el Pleno y en uso de las faculta-des conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, conel voto mayoritario del Concejo y con dispensa del trámitede aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Apruébese el Reglamento Interno del Concejo Municipal del distrito de Santa Anita, el mismoque consta de 8 Títulos, 82 artículos, 3 Disposiciones Fina-les y 3 Disposiciones Transitorias, texto que forma partedel anexo de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Deróguese el Reglamento Interno de Concejo aprobado por Edicto Nº 002-2003-MDSA defecha 14 de febrero de 2003 y las demás disposiciones quese opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Encárguese a Secretaría General la difusión y cumplimiento de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. TADEO A. GUARDIA HUAMANÍ Alcalde 14385 Autorizan realización de Campaæa Gra- tuita de Inscripción ExtemporÆnea deNacimientos a menores en edad escolar ORDENANZA Nº 027-2003-MDSA Santa Anita, 25 de julio de 2003 Vistos: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, los Informes Nº 088-2003-RRCC-MDSA y Nº 1217-2003-OAL-MDSA de la Unidad de Registros Civiles y de la Oficina deAsesoría Legal, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, es un derecho fundamental la identidad de las personas, debidamente consagrado en el Texto Constitu-cional y en la Declaración Universal de los Derechos de laPersona Humana; Que, nuestra administración, desde la Unidad de Regis- tros Civiles, ha establecido dentro de su plan anual de trabajopara el ejercicio 2003, la atención a las personas que no cuen-tan, a la fecha, con su Inscripción de Nacimiento en los Re-gistros correspondientes, sin embargo, por problemas econó-micos y sociales de las personas inmersas en esta problemá-tica, se requiere atender en forma urgente y gratuita las ins-cripciones extemporáneas de nacimientos; conforme lo esta-blece la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificacióny Estado Civil Nº 26497 y el D.S. Nº 015-98-PCM; Que, de acuerdo al Art. 9º, inciso 9), de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, es atribución del Con-cejo Municipal aprobar la exoneración del pago de dere-chos conforme a Ley;