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PÆg. 249690 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de agosto de 2003 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY N” 28059 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: La Comisión Permanente del Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY MARCO DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN DESCENTRALIZADA TÍTULO I OBJETO Y GARANTÍAS A LA INVERSIÓN Artículo 1º.- Objeto La presente Ley establece el marco normativo para que el Estado, en sus tres niveles de gobierno, promueva la inver- sión de manera descentralizada como herramienta para lo-grar el desarrollo integral, armónico y sostenible de cada re- gión, en alianza estratégica entre los gobiernos regionales, locales, la inversión privada y la sociedad civil. Artículo 2º.- Garantías a la inversión descentrali- zada El Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales promueven el desarrollo de inversio- nes en las regiones para fortalecer el proceso de descen-tralización productiva en el país respetando los siguien- tes criterios y garantías: 1. El Estado garantiza la libre iniciativa e inversión privadas, nacionales y extranjeras, efectuadas o por efectuarse, en todos los sectores de la activi-dad económica, en cualesquiera de las formas empresariales y contractuales permitidas por la Constitución y las leyes. 2. La inversión del Estado está orientada a proveer de infraestructura básica, social y económica para el mejor desempeño de la inversión privada en laactividad productiva y de servicios. 3. La actividad empresarial que realiza el Estado en su rol subsidiario de acuerdo a la Constitución ensus tres niveles de gobierno gozará del tratamien- to y condiciones que se otorgan a la inversión pri- vada. Conforme a la normatividad vigente el Esta-do puede convenir con el capital privado la gestión de servicios públicos. 4. La simplicidad, celeridad y transparencia en todo procedimiento administrativo para la promoción de la inversión privada. 5. La economía social de mercado se promueve en todos los niveles de gobierno y se desarrolla so- bre la base de la libre y leal competencia, así como del libre acceso a la actividad económica. 6. El Estado en todos sus niveles de gobierno garantiza la estabilidad jurídica para la inversión privada descen- tralizada con arreglo a la Constitución y las leyes. TÍTULO II FUNCIONES E INSTRUMENTOS PARA LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN DESCENTRALIZADA CAPÍTULO I FUNCIONES DEL GOBIERNO NACIONAL, EL GOBIERNO REGIONAL Y LAS MUNICIPALIDADES Artículo 3º.- Función del Gobierno Nacional en la promoción de la inversión descentralizada Son funciones del Gobierno Nacional en la promo- ción de la inversión descentralizada las siguientes:1. Establecer las políticas y estrategias nacionales para promover la inversión privada descentraliza- da. 2. Coordinar y compatibilizar los planes y priorida- des de inversión de gobiernos regionales y municipalidades, con el criterio de formación de corredores económicos, ejes de desarrollo y for-mación de macro regiones. 3. Promover a nivel nacional e internacional las iniciativas y proyectos de inversión privada descen-tralizada. 4. Apoyar a los gobiernos regionales y municipalida- des en el fortalecimiento de los instrumentosnecesarios para la promoción de la inversión des- centralizada. 5. Implementar, desarrollar y promover mecanismos de financiamiento promocional para la inversión pri- vada en las regiones. Es responsabilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros, en coordinación con el Consejo Nacional de Descentralización, establecer qué entidades y de quémanera ejercerán estas competencias. Artículo 4º.- Función de los gobiernos regionales para la promoción de la inversión privada En aplicación de los principios rectores de las políti- cas y la gestión regional expresadas en el artículo 8º dela Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, en especial del Principio de Competitividad, los Gobier- nos Regionales desarrollan las siguientes funciones parala promoción de la inversión privada: 1. Definir, aprobar y ejecutar, en su Plan de Desarro- llo Concertado, las prioridades, vocaciones productivas y lineamientos estratégicos para la potenciación y mejor desempeño de la economíaregional. 2. Coordinar y compatibilizar los planes y priorida- des de inversión de la región con el gobierno na-cional y los municipios, de ámbito provincial y dis- trital, con el criterio de formación de corredores económicos, ejes de desarrollo y formación demacrorregiones. 3. Ejercer la gestión estratégica de la competitividad y productividad regional, conforme a la Ley Orgáni-ca de Gobiernos Regionales y demás principios de gestión regional. 4. Concertar con el sector privado la orientación de la inversión pública necesaria para la promoción de la inversión privada. 5. Formular y promover proyectos de ámbito regional para la participación de la inversión privada. 6. Promover el desarrollo empresarial de los peque- ños y medianos productores organizados encomunidades campesinas y nativas. 7. Promover y desarrollar proyectos basados en la vocación regional, en particular aquellos queaprovechen de manera sostenible nuestra biodiver- sidad. 8. Promover los procesos de formalización e innova- ción de las pequeñas y medianas empresas y unidades económicas de su ámbito. Así como la certificación de estándares de calidad regional. 9. Identificación de las trabas y distorsiones legales que afecten los procesos de promoción y de la inversión privada, proponiendo soluciones parasuperarlas. 10.Formular, ejecutar y supervisar el cumplimiento de las políticas y estrategias de promoción de la inver-sión privada. 11.Promover la imagen de la región como destino de inversión en relación con otros mercados. 12.Brindar orientación e información a los inversio- nistas potenciales, a las empresas establecidas en la región y a los gobiernos locales de su juris-dicción. 13.Promover la búsqueda de mercados internos y/o externos estables para los bienes y serviciosproducidos en la región. Artículo 5º.- Función de las municipalidades para la promoción de la inversión privada En concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales desarrollan las