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PÆg. 249692 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de agosto de 2003 ción para la innovación productiva y de gestión con la universidad local y los centros de investigación. i) Identificar la oferta de líneas de financiamiento para proyectos innovadores. j) Otras que se les asignen conforme a su naturale- za. Artículo 10º.- Apoyo de las entidades públicas Las entidades públicas de los distintos niveles de gobierno en la región brindarán el apoyo y la informaciónnecesaria para el funcionamiento eficiente de las Agen- cias de Fomento de la Inversión Privada. CAPÍTULO IV INSTRUMENTOS PARA LA PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN EN LAS REGIONES Artículo 11º.- Plan de Desarrollo y Presupuesto Participativo en materia de promoción de inversiónen regiones Los Planes de Desarrollo Regional y Local Concerta- dos y los Presupuestos Participativos, formulados yaprobados conforme a las leyes orgánicas correspon- dientes, en materia de promoción a la inversión descen- tralizada, tendrán en cuenta los siguientes criterios míni-mos: a) Contenido El Plan de Desarrollo Regional y Local Concerta- do contendrá un capítulo donde se establecerán los objetivos, lineamientos de política, metas yestrategias de mediano y largo plazo en materia de promoción de la inversión privada descentrali- zada.Los Presupuestos Participativos regional y local contendrán las metas y acciones que los gobier- nos regionales desarrollarán para la promoción delas inversiones privadas concordantes con el Plan de Desarrollo Regional Concertado. Este plan será evaluado y actualizadoperiódicamente. b) Aprobación del Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presupuesto Participativo El Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presupuesto Participativo deberán ser concerta-dos con los alcaldes provinciales y representan- tes de la sociedad civil regional en el Consejo de Coordinación Regional y luego aprobado por elConsejo Regional mediante una ordenanza regio- nal. En el caso de los gobiernos locales el Plan deDesarrollo y presupuestos participativos locales serán concertados en las instancias de concerta- ción y de consulta establecidas por la Ley Orgáni-ca de Municipalidades. c) Participación del Gobierno Nacional en el Plan de Desarrollo Regional y Local Los proyectos de promoción a las inversiones lo- cales y regionales que requieran de la participa-ción del Gobierno Nacional, serán consignados en el Plan Concertado de Desarrollo Regional y Lo- cal, y para ser incorporados en los presupuestosparticipativos deberán ser aprobados por las auto- ridades competentes a nivel nacional. Artículo 12º.- Banco Regional de Proyectos La Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondi- cionamiento Territorial del Gobierno Regional es la encar-gada de generar y administrar el Banco Regional de Pro- yectos. El Banco Regional de Proyectos contiene y promueve lo siguiente: 1. Toda la información económica y estadística so- bre la Región de interés para los inversionistas pri- vados. 2. Las ideas e iniciativas de proyectos regionales y locales propuestos por el Sector Público o la so- ciedad civil. 3. La información de todos los proyectos de inver- sión pública de alcance nacional, regional y local del Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversión Pública.4. Los proyectos de inversión pública de alcance re- gional y local de interés para la inversión privada. 5. Los proyectos e iniciativas del sector privado que estén identificados y cuenten con el nivel de desa-rrollo adecuado, de acuerdo con los lineamientos elaborados por el Gobierno Regional. Para la creación y desarrollo del Banco Regional de Proyectos, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional con-tará con el asesoramiento permanente y especializado de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas,del INEI, del FIDE, del Consejo Nacional de Descen- tralización y de PROINVERSIÓN. El CND proveerá la asistencia técnica para desarro- llar y mantener actualizada la información. Artículo 13º.- Relación con la Universidad y Cen- tros Tecnológicos Los gobiernos regionales y locales y las universida- des y centros tecnológicos desarrollarán convenios decooperación mutua para identificar oportunidades de in- versión y elaborar y desarrollar los proyectos, así como para la capacitación y perfeccionamiento de profesiona-les y técnicos competitivos, necesarios para los proyec- tos estratégicos de inversión regional. Artículo 14º.- Centros de investigación y tecnolo- gía para el desarrollo regional y local Los gobiernos regionales y locales, las universidades y la inversión privada constituirán alianzas estratégicas para la formación de los centros de investigación y tec- nología para el desarrollo regional y local con el financia-miento de las partes intervinientes y/o de agencias de cooperación. TÍTULO III SOBRE LOS PROYECTOS DE INVERSIÓN PÚBLICA Artículo 15º.- Facultades de los Gobiernos Regio- nales y Locales sobre los proyectos de inversión pú-blica Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales están facultados para evaluar y declarar la viabilidad delos proyectos de inversión pública de alcance regional y local, respectivamente, en base a las normas estableci- das del Sistema Nacional de Inversión Pública. Artículo 16º.- Proceso de transferencia Corresponde al Ministerio de Economía y Finanzas con participación del CND, conducir el proceso de descentralización de las funciones de evaluación y de- claración de viabilidad de los Proyectos de Inversión Pú-blica en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. TÍTULO IV DE LA RELACIÓN DE LOS GOBIERNOS REGIONALES CON EL GOBIERNO NACIONAL Y LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA CAPÍTULO I DE LA RELACIÓN DE LOS GOBIERNOS REGIONALES CON EL GOBIERNO NACIONAL Artículo 17º.- Relación de los Gobiernos Regiona- les con el Gobierno Nacional En la relación de los gobiernos regionales con el Gobierno Nacional en materia de proyectos de inversión,se respetarán los siguientes criterios mínimos: a. Los proyectos de inversión que se desarrollen por iniciativa de dos o más gobiernos regionales conta- rán con la participación del Gobierno Nacional a través de PROINVERSION. b. Los proyectos nacionales de inversión que se desa- rrollen en el ámbito de las regiones propiciarán la participación del o los gobiernos regionales de di-chas jurisdicciones. c. Los proyectos que se desarrollen con participación del Gobierno Nacional se beneficiarán de las nor-mas nacionales y regionales competentes a la in- versión que existieren al momento de su ejecu- ción en cualquiera de los niveles de gobierno.