Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2003 (13/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de agosto de 2003

cion para la innovacion productiva y de gestion con la universidad local y los centros de investigacion. i) Identificar la oferta de lineas de financiamiento para proyectos innovadores. j) Otras que se les asignen conforme a su naturaleza. Articulo 10º.- Apoyo de las entidades publicas Las entidades publicas de los distintos niveles de gobierno en la region brindaran el apoyo y la informacion necesaria para el funcionamiento eficiente de las Agencias de Fomento de la Inversion Privada. CAPITULO IV INSTRUMENTOS PARA LA PROMOCION DE LA INVERSION EN LAS REGIONES Articulo 11º.- Plan de Desarrollo y Presupuesto Participativo en materia de promocion de inversion en regiones Los Planes de Desarrollo Regional y Local Concertados y los Presupuestos Participativos, formulados y aprobados conforme a las leyes organicas correspondientes, en materia de promocion a la inversion descentralizada, tendran en cuenta los siguientes criterios minimos: a) Contenido El Plan de Desarrollo Regional y Local Concertado contendra un capitulo donde se estableceran los objetivos, lineamientos de politica, metas y estrategias de mediano y largo plazo en materia de promocion de la inversion privada descentralizada. Los Presupuestos Participativos regional y local contendran las metas y acciones que los gobiernos regionales desarrollaran para la promocion de las inversiones privadas concordantes con el Plan de Desarrollo Regional Concertado. Este plan sera evaluado y actualizado periodicamente. b) Aprobacion del Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presupuesto Participativo El Plan de Desarrollo Regional Concertado y el Presupuesto Participativo deberan ser concertados con los alcaldes provinciales y representantes de la sociedad civil regional en el Consejo de Coordinacion Regional y luego aprobado por el Consejo Regional mediante una ordenanza regional. En el caso de los gobiernos locales el Plan de Desarrollo y presupuestos participativos locales seran concertados en las instancias de concertacion y de consulta establecidas por la Ley Organica de Municipalidades. c) Participacion del Gobierno Nacional en el Plan de Desarrollo Regional y Local Los proyectos de promocion a las inversiones locales y regionales que requieran de la participacion del Gobierno Nacional, seran consignados en el Plan Concertado de Desarrollo Regional y Local, y para ser incorporados en los presupuestos participativos deberan ser aprobados por las autoridades competentes a nivel nacional. Articulo 12º.- Banco Regional de Proyectos La Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional es la encargada de generar y administrar el Banco Regional de Proyectos. El Banco Regional de Proyectos contiene y promueve lo siguiente: 1. Toda la informacion economica y estadistica sobre la Region de interes para los inversionistas privados. 2. Las ideas e iniciativas de proyectos regionales y locales propuestos por el Sector Publico o la sociedad civil. 3. La informacion de todos los proyectos de inversion publica de alcance nacional, regional y local del Banco de Proyectos del Sistema Nacional de Inversion Publica.

4. Los proyectos de inversion publica de alcance regional y local de interes para la inversion privada. 5. Los proyectos e iniciativas del sector privado que esten identificados y cuenten con el nivel de desarrollo adecuado, de acuerdo con los lineamientos elaborados por el Gobierno Regional. Para la creacion y desarrollo del Banco Regional de Proyectos, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional contara con el asesoramiento permanente y especializado de la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, del INEI, del FIDE, del Consejo Nacional de Descentralizacion y de PROINVERSION. El CND proveera la asistencia tecnica para desarrollar y mantener actualizada la informacion. Articulo 13º.- Relacion con la Universidad y Centros Tecnologicos Los gobiernos regionales y locales y las universidades y centros tecnologicos desarrollaran convenios de cooperacion mutua para identificar oportunidades de inversion y elaborar y desarrollar los proyectos, asi como para la capacitacion y perfeccionamiento de profesionales y tecnicos competitivos, necesarios para los proyectos estrategicos de inversion regional. Articulo 14º.- Centros de investigacion y tecnologia para el desarrollo regional y local Los gobiernos regionales y locales, las universidades y la inversion privada constituiran alianzas estrategicas para la formacion de los centros de investigacion y tecnologia para el desarrollo regional y local con el financiamiento de las partes intervinientes y/o de agencias de cooperacion. TITULO III SOBRE LOS PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA Articulo 15º.- Facultades de los Gobiernos Regionales y Locales sobre los proyectos de inversion publica Los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales estan facultados para evaluar y declarar la viabilidad de los proyectos de inversion publica de alcance regional y local, respectivamente, en base a las normas establecidas del Sistema Nacional de Inversion Publica. Articulo 16º.- MORDAZA de transferencia Corresponde al Ministerio de Economia y Finanzas con participacion del CND, conducir el MORDAZA de descentralizacion de las funciones de evaluacion y declaracion de viabilidad de los Proyectos de Inversion Publica en los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. TITULO IV DE LA RELACION DE LOS GOBIERNOS REGIONALES CON EL GOBIERNO NACIONAL Y LA PARTICIPACION CIUDADANA CAPITULO I DE LA RELACION DE LOS GOBIERNOS REGIONALES CON EL GOBIERNO NACIONAL Articulo 17º.- Relacion de los Gobiernos Regionales con el Gobierno Nacional En la relacion de los gobiernos regionales con el Gobierno Nacional en materia de proyectos de inversion, se respetaran los siguientes criterios minimos: a. Los proyectos de inversion que se desarrollen por iniciativa de dos o mas gobiernos regionales contaran con la participacion del Gobierno Nacional a traves de PROINVERSION. b. Los proyectos nacionales de inversion que se desarrollen en el ambito de las regiones propiciaran la participacion del o los gobiernos regionales de dichas jurisdicciones. c. Los proyectos que se desarrollen con participacion del Gobierno Nacional se beneficiaran de las normas nacionales y regionales competentes a la inversion que existieren al momento de su ejecucion en cualquiera de los niveles de gobierno.

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