Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2003 (13/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de agosto de 2003

LAYO MORDAZA, MORDAZA Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al Tecnico 3° AIO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que participen en la XX Reunion Regional Bilateral de Inteligencia (XX RRBI) entre la Region Militar de Oriente del Ejercito del Peru y la Brigada de MORDAZA Nº 26 del Ejercito Nacional de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA - Colombia, los dias 28 y 29 de agosto del 2003. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru (Direccion de Inteligencia del Ejercito - DINTE), efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Iquitos - MORDAZA (Colombia) - Iquitos US$ 120.00 x 3 personas Viaticos: US$ 88.00 x 3 dias x 1 Oficial General US$ 79.00 x 3 dias x 1 Oficial Superior US$ 55.00 x 3 dias x 1 Tecnico Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la autorizacion, sin exceder el plazo total establecido. Articulo 4º.- El citado personal militar debera cumplir con sustentar lo senalado en los articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio del 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 15146

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 2º del Decreto de Urgencia Nº 017-2003, excepcionalmente podra autorizarse aquellos viajes al exterior que resulten indispensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas fijados para el ejercicio del ano 2003; Que, por Resolucion Nº 1320 del Consejo de Seguridad de la Organizacion de las Naciones Unidas, de setiembre del 2000, se autorizo el despliegue de la Mision de Naciones Unidas en Eritrea - Etiopia, para lo cual el Peru fue considerado parte del primer despliegue de Observadores Militares y ha venido participando desde esa fecha en la referida operacion con dos Oficiales; Que, mediante el Facsimil (SME-PMS-APM-SID) Nº 266 de fecha 3 de junio del 2003, del Subsecretario de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace conocer al Ministerio de Defensa que el Departamento de Operaciones de Mantenimiento MORDAZA de Naciones Unidas solicita los reemplazos de dos observadores militares peruanos en Eritrea - Etiopia; Que, la Organizacion de las Naciones Unidas asumira los gastos de pasajes aereos para el cumplimiento de la Comision; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27860, la Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 017-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio al MORDAZA MORDAZA Art. CHUMAN MORDAZA MORDAZA MORDAZA y al Mayor Cab. MORDAZA MORDAZA MAX MORDAZA, a fin que se desempenen como Observadores Militares en Misiones de Paz de Naciones Unidas en las Republicas Democraticas de Eritrea - Etiopia, del 1 de setiembre del 2003 al 31 de agosto del 2004. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejercito del Peru (Comando Administrativo), efectuara los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Viaticos: US$ 57.00 x 365 dias x 2 Oficiales Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 28.00 x 2 Oficiales Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la autorizacion, sin exceder el plazo total establecido. Articulo 4º.- El citado personal militar debera cumplir con sustentar lo senalado en los articulos 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio del 2002. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 15143

Autorizan viaje de oficiales del Ejercito para desempenarse como Observadores Militares en Misiones de Paz de las NN.UU. en las Republicas Democraticas de Eritrea - Etiopia
RESOLUCION SUPREMA Nº 271-DE/EP MORDAZA, 7 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Vigesimo MORDAZA Politica del Estado del Acuerdo Nacional promueve la participacion de las Fuerzas Armadas en la defensa regional, la seguridad hemisferica y las misiones de paz en el MORDAZA de la Organizacion de las Naciones Unidas; Que, el inciso e) del articulo 4º de la Ley Nº 27860 Ley del Ministerio de Defensa, establece como una de sus funciones participar a traves de los Organismos pertinentes, en las misiones de paz internacionales a que se comprometa el Estado Peruano de acuerdo a Ley; Que, entre los objetivos estrategicos generales y politicas del Sector Defensa, se encuentra considerada la participacion en las actividades de caracter regional, continental y/o mundial, en la perspectiva de integrar las Fuerzas Armadas Multinacionales de Paz o Seguridad; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno respecto a las medidas de austeridad y racionalidad del gasto en el Sector Publico, viene reduciendo al minimo indispensable las autorizaciones de viajes al exterior;

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de danos materiales al patrimonio intangible del Ejercito del Peru en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1289-DE/EP/4TA BRIG Mtn MORDAZA, 7 de agosto de 2003

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