Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2003 (13/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de agosto de 2003

2.2. La Parte belga designara a la Direccion General de la Cooperacion Internacional del Servicio publico federal Asuntos Exteriores, Comercio Exterior y Cooperacion al Desarrollo, en adelante denominada "la DGCI", como la entidad administrativa belga responsable de su contribucion al Proyecto. La DGCI sera representada en el Peru por el agregado de Cooperacion Internacional de la Embajada de Belgica en Lima. La DGCI encarga a la CTB la ejecucion de los componentes tecnicos de sus compromisos adquiridos por el presente Convenio. Dichas responsabilidades son compartidas con el PAR, segun las modalidades del articulo 5 del presente Convenio. La CTB sera representada en el Peru por el representante residente en Lima. ARTICULO 3 - Contribuciones de las Partes 3.1. El costo total del Proyecto ha sido estimado en 2.552.105,60 EUR (dos millones quinientos cincuenta y dos mil ciento cinco euros con sesenta cents) de los cuales 2.211.112,00 EUR estaran a cargo de la contribucion belga y 340.993,60 EUR estaran a cargo de la contribucion peruana. La distribucion de estas contribuciones se encuentra detallada en el DTF en anexo al presente Convenio especifico. 3.2. Para la realizacion de este Proyecto, la Parte peruana se compromete a asegurar una contribucion estimada en 340.993,60 EUR (trescientos cuarenta mil novecientos noventa y tres euros con sesenta cents) o su equivalente en bienes y servicios. 3.3 Para la realizacion de este Proyecto, la contribucion belga estimada en 2.211.112,00 EUR (dos millones doscientos once mil ciento doce euros) cubrira: a) el financiamiento por un monto de 2.180.052,00 EUR (dos millones ciento ochenta mil cincuenta y dos euros) de las actividades y gastos previstos en el DTF. Este financiamiento sera cogestionado segun las modalidades estipuladas en el articulo 5 del presente Convenio; b) el financiamiento de una asistencia tecnica de consultoria puntual y de misiones de evaluacion de la CTB, por un monto de 31.060,00 EUR (treinta y un mil sesenta euros). ARTICULO 4 - Obligaciones de MORDAZA Partes 4.1 Las obligaciones de la Parte peruana, tal como estan descritas en el presente Convenio asi como en el DTF, son esenciales para la realizacion del objetivo general del Proyecto. Su no ejecucion total o parcial podria acarrear, previa notificacion oficial, la suspension parcial o total de los aportes belgas. La Parte peruana se compromete a tomar las disposiciones institucionales, administrativas y presupuestarias necesarias para permitir la buena gestion del Proyecto y el desarrollo de sus actividades. Entre las que se destacan: § En lo relativo a la ejecucion del Proyecto: a) facilitar el acceso a toda la documentacion necesaria para asegurar la buena ejecucion de las actividades; b) facilitar ante todos los servicios involucrados, los tramites necesarios para el buen desarrollo del Proyecto; c) asegurarse que los servicios involucrados del PAR ejerzan plenamente sus responsabilidades en el MORDAZA del Proyecto, particularmente el seguimiento de la ejecucion financiera del Proyecto; d) velar por la realizacion de las suposiciones previstas en el MORDAZA logico incluido en el DTF. § En lo relativo al financiamiento del Proyecto: tomar las disposiciones administrativas y financieras necesarias para el suministro de sus aportes. § En lo relativo al personal del Proyecto: a) poner a disposicion del Proyecto el personal tecnico y administrativo calificado, por un periodo de cuatro anos, para asumir diferentes funciones en el seno de la Unidad de Ejecucion del Proyecto, y de las Oficinas Mu-

nicipales de Promocion Empresarial, en adelante denominadas "las OMPE"; b) tomar todas las medidas utiles para que el personal del PAR y de las OMPE, afectado a las actividades sostenidas por el Proyecto, lo sea de manera permanente durante la duracion de este. § En lo relativo al despues del Proyecto: a) mantener en estado de funcionamiento los equipos adquiridos; b) mantener dichos equipos en el seno de las instituciones beneficiarias del Proyecto. 4.2 Las obligaciones de la Parte belga, tal como estan descritas en el presente Convenio asi como en el DTF, son esenciales para la realizacion del objetivo general del Proyecto. La Parte belga se compromete a tomar las disposiciones institucionales, administrativas y presupuestarias necesarias para permitir la buena gestion del Proyecto y el desarrollo de sus actividades. ARTICULO 5 - Procedimiento de desembolso y manejo de fondos Los recursos financieros de la contribucion belga mencionados en el apartado a) del articulo 3.3 del presente Convenio, son puestos a disposicion de la Parte peruana conforme a las modalidades siguientes: 5.1 Designacion y obligaciones de los responsables 5.1.1 La Parte peruana designara al Jefe del PAR como "responsable1 " encargado de liquidar y ordenar los gastos imputables a la contribucion belga. Este debera nombrar un responsable suplente. La DGCI designara al representante residente de la CTB en MORDAZA como "corresponsable2 " encargado de aprobar los gastos imputables a la contribucion belga. Este debera nombrar un corresponsable suplente.El responsable y el corresponsable velaran por la buena ejecucion del Proyecto, en conformidad con el DTF en anexo, parte integral del presente Convenio. 5.1.2 El PAR y la CTB tienen la responsabilidad de poner en marcha el Proyecto, conforme a las disposiciones del presente Convenio y del DTF. Con este fin, estas instituciones designaran a la Unidad de Ejecucion del Proyecto, en adelante denominada "la UEP". Por lo tanto, la UEP asume la gestion tecnica, administrativa, presupuestaria y contable del Proyecto, tal como esta precisado en el articulo 6.3.2 del presente Convenio. La UEP refrendara cada documento oficial relativo a la ejecucion, particularmente aquellos relativos a los procedimientos de licitaciones. La UEP tendra acceso a todos los documentos administrativos, financieros o tecnicos relativos a los aportes, tanto peruanos como belgas. 5.1.3 La UEP MORDAZA por que la conformidad de las facturas y de las declaraciones de cuentas por rendir y de sus piezas justificativas MORDAZA conformes a las disposiciones del presente Convenio y a la realidad de las prestaciones suministradas. La UEP refrendara con la mencion "Por recepcion conforme" o "Por servicios prestados" las facturas presentadas. En caso de revelarse necesario, la UEP anadira sus comentarios dirigidos al responsable y al corresponsable. 5.2 Disponibilidad de los fondos 5.2.1 Desde la firma del presente Convenio el responsable y el corresponsable abriran conjuntamente una cuenta general en dolares de los Estados Unidos (USD) a nombre de "PAR - Promocion Mujer y Mejoramiento Competitividad Agropecuaria" en un banco comercial de MORDAZA y comunicaran sus referencias a la DGCI. Los modelos de firmas del responsable y del corresponsable, asi como las de sus suplentes, seran notificadas, por cada una de las Partes, en tres ejemplares, al organismo financiero. Dicha cuenta general sera manejada de forma mancomunada entre el responsable y el corresponsable o de sus suplentes respectivos. 5.2.2 A partir de la recepcion de las referencias bancarias de la cuenta general, la Parte belga transferira el monto relativo al primer ano de funcionamiento, de acuerdo al presupuesto indicativo incluido en el DTF.

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