TEXTO PAGINA: 16
PÆg. 249702 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de agosto de 2003 2.2. La Parte belga designará a la Dirección General de la Cooperación Internacional del Servicio público fe- deral Asuntos Exteriores, Comercio Exterior y Coopera- ción al Desarrollo, en adelante denominada "la DGCI",como la entidad administrativa belga responsable de su contribución al Proyecto. La DGCI será representada en el Perú por el agrega- do de Cooperación Internacional de la Embajada de Bél- gica en Lima. La DGCI encarga a la CTB la ejecución de los compo- nentes técnicos de sus compromisos adquiridos por el presente Convenio. Dichas responsabilidades son com- partidas con el PAR, según las modalidades del artículo5 del presente Convenio. La CTB será representada en el Perú por el represen- tante residente en Lima. ARTÍCULO 3 - Contribuciones de las Partes 3.1. El costo total del Proyecto ha sido estimado en 2.552.105,60 EUR (dos millones quinientos cincuenta y dos mil ciento cinco euros con sesenta cents) de los cua-les 2.211.112,00 EUR estarán a cargo de la contribución belga y 340.993,60 EUR estarán a cargo de la contribu- ción peruana. La distribución de estas contribuciones seencuentra detallada en el DTF en anexo al presente Con- venio específico. 3.2. Para la realización de este Proyecto, la Parte pe- ruana se compromete a asegurar una contribución esti- mada en 340.993,60 EUR (trescientos cuarenta mil no- vecientos noventa y tres euros con sesenta cents) o suequivalente en bienes y servicios. 3.3 Para la realización de este Proyecto, la contribu- ción belga estimada en 2.211.112,00 EUR (dos millonesdoscientos once mil ciento doce euros) cubrirá: a) el financiamiento por un monto de 2.180.052,00 EUR (dos millones ciento ochenta mil cincuenta y dos euros) de las actividades y gastos previstos en el DTF. Este financiamiento será cogestionado según las moda-lidades estipuladas en el artículo 5 del presente Conve- nio; b) el financiamiento de una asistencia técnica de con- sultoría puntual y de misiones de evaluación de la CTB, por un monto de 31.060,00 EUR (treinta y un mil sesenta euros). ARTÍCULO 4 - Obligaciones de ambas Partes 4.1 Las obligaciones de la Parte peruana, tal como están descritas en el presente Convenio así como en el DTF, son esenciales para la realización del objetivo ge-neral del Proyecto. Su no ejecución total o parcial podría acarrear, previa notificación oficial, la suspensión parcial o total de los aportes belgas. La Parte peruana se compromete a tomar las disposi- ciones institucionales, administrativas y presupuestarias necesarias para permitir la buena gestión del Proyecto yel desarrollo de sus actividades. Entre las que se desta- can: § En lo relativo a la ejecución del Proyecto: a) facilitar el acceso a toda la documentación necesa- ria para asegurar la buena ejecución de las actividades; b) facilitar ante todos los servicios involucrados, los trámites necesarios para el buen desarrollo del Proyecto; c) asegurarse que los servicios involucrados del PAR ejerzan plenamente sus responsabilidades en el marco del Proyecto, particularmente el seguimiento de la ejecu-ción financiera del Proyecto; d) velar por la realización de las suposiciones previs- tas en el marco lógico incluido en el DTF. § En lo relativo al financiamiento del Proyecto: tomar las disposiciones administrativas y financieras necesarias para el suministro de sus aportes. § En lo relativo al personal del Proyecto: a) poner a disposición del Proyecto el personal técni- co y administrativo calificado, por un período de cuatro años, para asumir diferentes funciones en el seno de laUnidad de Ejecución del Proyecto, y de las Oficinas Mu-nicipales de Promoción Empresarial, en adelante deno- minadas "las OMPE"; b) tomar todas las medidas útiles para que el perso- nal del PAR y de las OMPE, afectado a las actividadessostenidas por el Proyecto, lo sea de manera permanen- te durante la duración de éste. § En lo relativo al después del Proyecto: a) mantener en estado de funcionamiento los equipos adquiridos; b) mantener dichos equipos en el seno de las institu- ciones beneficiarias del Proyecto. 4.2 Las obligaciones de la Parte belga, tal como es- tán descritas en el presente Convenio así como en elDTF, son esenciales para la realización del objetivo ge- neral del Proyecto. La Parte belga se compromete a tomar las disposi- ciones institucionales, administrativas y presupuestarias necesarias para permitir la buena gestión del Proyecto y el desarrollo de sus actividades. ARTÍCULO 5 - Procedimiento de desembolso y ma- nejo de fondos Los recursos financieros de la contribución belga men- cionados en el apartado a) del artículo 3.3 del presente Convenio, son puestos a disposición de la Parte peruanaconforme a las modalidades siguientes: 5.1 Designación y obligaciones de los responsables5.1.1 La Parte peruana designará al Jefe del PAR como "responsable 1" encargado de liquidar y ordenar los gas- tos imputables a la contribución belga. Éste deberá nom- brar un responsable suplente. La DGCI designará al representante residente de la CTB en Lima como "corresponsable2" encargado de apro- bar los gastos imputables a la contribución belga. Éste deberá nombrar un corresponsable suplente.El respon-sable y el corresponsable velarán por la buena ejecución del Proyecto, en conformidad con el DTF en anexo, parte integral del presente Convenio. 5.1.2 El PAR y la CTB tienen la responsabilidad de poner en marcha el Proyecto, conforme a las disposicio- nes del presente Convenio y del DTF. Con este fin, estasinstituciones designarán a la Unidad de Ejecución del Pro- yecto, en adelante denominada "la UEP". Por lo tanto, la UEP asume la gestión técnica, admi- nistrativa, presupuestaria y contable del Proyecto, tal como está precisado en el artículo 6.3.2 del presente Con- venio. La UEP refrendará cada documento oficial relativoa la ejecución, particularmente aquellos relativos a los procedimientos de licitaciones. La UEP tendrá acceso a todos los documentos administrativos, financieros o téc-nicos relativos a los aportes, tanto peruanos como bel- gas. 5.1.3 La UEP vela por que la conformidad de las fac- turas y de las declaraciones de cuentas por rendir y de sus piezas justificativas sean conformes a las disposicio- nes del presente Convenio y a la realidad de las presta-ciones suministradas. La UEP refrendará con la mención "Por recepción conforme" o "Por servicios prestados" las facturas presentadas. En caso de revelarse necesario, laUEP añadirá sus comentarios dirigidos al responsable y al corresponsable. 5.2 Disponibilidad de los fondos 5.2.1 Desde la firma del presente Convenio el res- ponsable y el corresponsable abrirán conjuntamente una cuenta general en dólares de los Estados Unidos (USD)a nombre de "PAR - Promoción Mujer y Mejoramiento Competitividad Agropecuaria" en un banco comercial de Lima y comunicarán sus referencias a la DGCI. Los modelos de firmas del responsable y del corres- ponsable, así como las de sus suplentes, serán notifica- das, por cada una de las Partes, en tres ejemplares, alorganismo financiero. Dicha cuenta general será mane- jada de forma mancomunada entre el responsable y el corresponsable o de sus suplentes respectivos. 5.2.2 A partir de la recepción de las referencias ban- carias de la cuenta general, la Parte belga transferirá el monto relativo al primer año de funcionamiento, de acuer-do al presupuesto indicativo incluido en el DTF.