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PÆg. 249748 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de agosto de 2003 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO Aprueban contratación de asesores del despacho de Alcaldía mediante proce-so de adjudicación de menor cuantía ACUERDO DE CONCEJO Nº 056-A-2003/MDJLByR J.L. Bustamante y Rivero, 2 de julio de 2003EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO VISTO: En Sesión de Concejo Extraordinaria de fecha 30 de junio del 2003, la Moción de Orden del Día, presentadapor el señor Alcalde; y, CONSIDERANDO: Que, para un adecuado proceso de toma de decisio- nes sobre los aspectos que las leyes determinan comoatribución del despacho de Alcaldía, se hace necesario contar con la participación de profesionales especializa- dos en los diferentes tópicos que comprende la adminis-tración municipal; Que, el artículo 19º inciso h) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado porD.S. Nº 012-2001-PCM establece que están exonerados de proceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa las adquisiciones y contratacionespara servicios personalísimos de acuerdo a lo que esta-blezca el Reglamento; Que, el Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001- PCM establece en su artículo 111º que los contratos de locación de servicios celebrados con personas naturales o jurídicas se consideran como servicios personalísimoscuando para dicha contratación se haya tenido en cuentay como requisito esencial a la persona del locador, yasea por sus características inherentes, particulares oespeciales o por su determinada calidad, profesión, cien- cia, arte u oficio, no pudiendo ser materia de subcon- tratación; Que, conforme al artículo 20º del D.S. Nº 012-2001- PCM, la contratación de los servicios personalísimos seefectúa mediante Proceso de Adjudicación de MenorCuantía, debiendo ser aprobado por Acuerdo de Conce- jo Municipal, para el caso de los gobiernos locales, como lo estipula el inciso c) de la disposición anotada, previoinforme técnico legal y publicarse en el Diario Oficial ElPeruano, remitiéndose copia del Acuerdo y del informeque lo sustenta a la Contraloría General dentro de losdiez días de aprobado; Que, en cumplimiento de las formalidades referi- das, se ha determinado que se requiere contar con laparticipación de profesionales especializados para quepresten servicios de Asesoría al despacho de Alcal-día, correspondiendo ser calificados como serviciospersonalísimos; Por estas consideraciones y en ejercicio de las atribu- ciones que confiere la Ley Nº 27972 - Orgánica de Munici-palidades, con el voto conforme de la mayoría de los in-tegrantes del Concejo Municipal; ACUERDA: Artículo Primero.- Aprobar la contratación de los pro- fesionales que a continuación se precisa por la modali-dad de Servicios Personalísimos, en calidad de Aseso-res del despacho de Alcaldía. - Abogado Freddy Ricardo Hincho Delgado, como Ase- sor Legal Externo del despacho de Alcaldía.- Econ. Antonio Morales Gonzáles, como Asesor Ex- terno en Gestión Administrativa y Financiera de la Ofici-na de Planificación y Presupuesto y Oficina de Adminis-tración. - Cmdte. PNP (r) Edgar René Sánchez Bedoya, como Asesor Externo en Seguridad Vecinal de la Dirección de Servicios Comunales. - Lic. Flora Lucila Velásquez Alvarado, como Asesora Externa en Promoción y Desarrollo Social de la Direc-ción de Servicios Sociales. Artículo Segundo.- La contratación de las personas a que se refiere el numeral anterior se efectuará por Pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía, correspon-diéndole al Alcalde fijar los términos y condiciones de loscontratos correspondientes. Artículo Tercero.- El presente Acuerdo será publica- do en el Diario Oficial El Peruano, remitiéndose copia del mismo y del informe técnico legal que lo sustenta a la Contraloría General de la República dentro de los diezdías de su aprobación. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALFREDO ZEGARRA TEJADA Alcalde 15076 ACUERDO DE CONCEJO Nº 063-2003/MDJLByR J.L. Bustamante y Rivero, 25 de julio de 2003EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JOSÉ LUIS BUSTAMANTE Y RIVERO VISTO:En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 24 de julio del 2003, el informe de la Oficina de Administración so- bre Contratación de Servicios Personalísimos del Abog. Fernando Bustamante Zegarra; y, CONSIDERANDO:Que, para un adecuado proceso de toma de decisio- nes sobre los aspectos que las leyes determinan como atribución del despacho de Alcaldía, se hace necesariocontar con la participación de profesionales especializa-dos en los diferentes tópicos que comprende la adminis-tración municipal; Que, el artículo 19º inciso h) del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-PCM establece que están exoneradosde proceso de Licitación Pública, Concurso Público oAdjudicación Directa las adquisiciones y contratacionespara servicios personalísimos de acuerdo a lo que esta-blezca el Reglamento; Que, el Reglamento aprobado por D.S. Nº 013-2001- PCM establece en su artículo 111º que los contratos delocación de servicios celebrados con personas naturaleso jurídicas se consideran como servicios personalísimoscuando para dicha contratación se haya tenido en cuentay como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesión, cien-cia, arte u oficio, no pudiendo ser materia de subcon-tratación; Que, conforme al artículo 20º del D.S. Nº 012-2001- PCM, la contratación de los servicios personalísimos se efectúa mediante Proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, debiendo ser aprobado por Acuerdo de Conce-jo Municipal, para el caso de los gobiernos locales, comolo estipula el inciso c) de la disposición anotada, previoinforme técnico legal y publicarse en el Diario Oficial ElPeruano, remitiéndose copia del Acuerdo y del informe que lo sustenta a la Contraloría General dentro de los diez días de aprobado; Que, en cumplimiento de las formalidades referi- das, se ha determinado que se requiere contar con la