Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2003 (13/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 13 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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a cada uno de los miembros de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios. Registrese, comuniquese y archivase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15065 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0811-2003-A/MDC Carabayllo, 11 de agosto de 2003 VISTOS: El Informe Nº 002-2003-CEPAD-R.A. Nº 0561-003-A/MDC y la Nota de Alcaldia Nº 078-2003-A/ MDC; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 27680; y, concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designado con Resolucion de Alcaldia Nº 0561-2003-A/MDC de fecha 9 de junio de 2003, se reunieron con fecha 21 de MORDAZA de 2003 con la finalidad de evaluar el hecho de no haber sido notificada la ex funcionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su domicilio sito en el Jr. Ruisenor Nº 823, urbanizacion Manco MORDAZA, distrito de Comas; tal como se acredita con la razon dada por la Notaria Publica, en el sentido que la Carta Notarial Nº 14179, ha sido diligenciada; no pudiendo ser entregada por cuanto la direccion consignada no ha sido ubicada, al cumplir con notificarse la Resolucion de Alcaldia Nº 708-2003-A/MDC y demas recaudos con el que se le instaura MORDAZA administrativo disciplinario a dicha ex funcionaria, por la presunta comision de la falta administrativa de "haber intervenido negligentemente en el MORDAZA de la realizacion del Contrato de Arrendamiento del 17 de diciembre de 2001, suscrito con la empresa Perimedic S.A., asi como la aprobacion de dicho Contrato con la Resolucion de Alcaldia Nº 278-2001-MDC del 17 de diciembre de 2001"; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por Resolucion del Titular de la Entidad, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de setentidos horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de dicha Resolucion. En consecuencia, considerando que la Resolucion de Alcaldia Nº 708-2003-A/MDC, fue expedida el 14 de MORDAZA de 2003 y la notificacion por conducto notarial fue realizada el 17 de MORDAZA de 2003, dentro del plazo legal previsto; en la direccion consignada como su domicilio sito en el Jr. Ruisenor Nº 823, urbanizacion Manco MORDAZA, distrito de Comas, la misma que no ha sido ubicada de acuerdo a la razon dada por el Notario Publico, resultando entonces necesario formalizar nueva Resolucion instaurando MORDAZA Administrativo Disciplinario contra la ex funcionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, con la finalidad de no afectar los Principios Constitucionales del Debido MORDAZA y del Derecho de Defensa, manteniendose vigente la Resolucion de Alcaldia Nº 708-2003-A/MDC en lo demas que contiene; Estando a lo expuesto en el Informe Legal Nº 0022003-CEPAD-R.A. Nº 0561-03-A/MDC y la Nota de Alcaldia Nº 078-2003-A/MDC; en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO en contra de la senora

MORDAZA MORDAZA MORDAZA - ex Jefa de la Unidad de Logistica, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el inicio del MORDAZA Administrativo Disciplinario, el mismo que debera concluir dentro del plazo previsto en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento; debiendo cumplir con cautelar los Principios del Debido MORDAZA y del Derecho a la Defensa que la Constitucion Politica del Estado y la Ley reservan para estos casos. Articulo Tercero.- NOTIFICAR oportunamente el contenido de la presente Resolucion de Alcaldia a la ex funcionaria comprendida en el presente MORDAZA, asi como a cada uno de los miembros de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios. Registrese, comuniquese y archivase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15066 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0812-2003-A/MDC Carabayllo, 11 de agosto de 2003 VISTOS: El Informe Nº 002-2003-CEPAD-R.A. Nº 0556-003-A/MDC y la Nota de Alcaldia Nº 080-2003-A/ MDC; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 27680; y, concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Q u e, l a C o m i s i o n E s p e c i a l d e P r o c e s o s Administrativos Disciplinarios designado con Resolucion de Alcaldia Nº 0556-2003-A/MDC de fecha 9 de junio de 2003, se reunieron con fecha 21 de MORDAZA de 2003 con la finalidad de evaluar el hecho de no haber sido notificada la ex funcionaria MORDAZA MORDAZA MORDAZA en su domicilio sito en el Jr. Ruisenor Nº 823, urbanizacion Manco MORDAZA, distrito de Comas; tal como se acredita con la razon dada por la Notaria Publica, en el sentido que la Carta Notarial Nº 14183, ha sido diligenciada; no pudiendo ser entregada por cuanto la direccion consignada no ha sido ubicada, al cumplir con notificarse la Resolucion de Alcaldia Nº 7092003-A/MDC y demas recaudos con el que se le instaura MORDAZA administrativo disciplinario a dicha ex funcionaria, por la presunta comision de la falta administrativa de "durante el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 009-2001-UL/MDC, que diera lugar a la suscripcion del Contrato de Prestacion de Servicios suscrito con la empresa Consorcio Nacional A + 1 S.R.L., para efectuar el servicio de ASESORIA Y APOYO LEGAL EN COBRANZAS COACTIVAS DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS, asi como en la realizacion del MORDAZA de Concurso de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 003-2002-CEP/ MDC que diera lugar a la suscripcion del Contrato de Prestacion de Servicios suscrito con la empresa Consorcio Nacional A + 1 S.R.L., para efectuar el servicio de EJECUTAR EL SERVICIO DE FISCALIZACION SELECTIVA RELACIONADA A LOS TRIBUTOS DE NATURALEZA TRIBUTARIA Y NO TRIBUTARIA, DIRIGIDA A LOS PRINCIPALES CONTRIBUYENTES POR LOS PERIODOS DESDE EL ANO 1996 HASTA EL ANO 2002; quien habria participado en dichos procesos de adquisicion incurriendo en falta grave administrativa, al haberse conducido con negligencia grave y manifiesta en el ejercicio de sus funciones, presumiendo se MORDAZA favorecido indebidamente a la referida Empresa con su contratacion sin haber

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