Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2003 (13/08/2003)


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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 13 de agosto de 2003

VISTOS: El Informe Nº 002-2003-CEPAD-R.A. Nº 0555-003-A/MDC y la Nota de Alcaldia Nº 077-2003-A/ MDC; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local, con personeria juridica de Derecho Publico y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 27680; y, concordante con lo dispuesto en la parte pertinente de la Ley Organica de Municipalidades; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designado con Resolucion de Alcaldia Nº 0555-2003-A/MDC de fecha 9 de junio de 2003, se reunieron con fecha 21 de MORDAZA de 2003 con la finalidad de evaluar el hecho de no haber sido notificado el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mariluz en su domicilio sito en el Jr. Los Tornillos Nº 474, urbanizacion Las MORDAZA de MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Lurigancho; tal como se acredita con la razon dada por la Notaria Publica, en el sentido que la Carta Notarial Nº 14175, ha sido diligenciada; no pudiendo ser entregada por cuanto la direccion consignada no ha sido ubicada, al cumplir con notificarse la Resolucion de Alcaldia Nº 707-2003-A/MDC y demas recaudos con el que se le instaura MORDAZA administrativo disciplinario a dicho ex funcionario, por la presunta comision de la falta administrativa de "no haber distribuido oportunamente y haber dejado en estado de abandono cincuenta y siete (57) sacos de hojuela de quinua, conteniendo 4,560 bolsas o unidades, desconociendose su estado de salubridad, careciendo de medidas de higiene y seguridad", faltas en las que habria incurrido el referido ex funcionario; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el MORDAZA administrativo disciplinario sera instaurado por Resolucion del Titular de la Entidad, debiendo notificarse al servidor procesado en forma personal o publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro del termino de setentidos horas contadas a partir del dia siguiente de la expedicion de dicha Resolucion. En consecuencia, considerando que la Resolucion de Alcaldia Nº 707-2003-A/MDC, fue expedida el 14 de MORDAZA de 2003 y la notificacion por conducto notarial fue realizada el 17 de MORDAZA de 2003, dentro del plazo legal previsto; en la direccion consignada como su domicilio sito en el Jr. Los Tornillos Nº 474, urbanizacion Las MORDAZA de MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, la misma que no existe de acuerdo a la razon dada por el Notario Publico, resultando entonces necesario formalizar nueva Resolucion instaurando MORDAZA Administrativo Disciplinario contra el ex funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mariluz, con la finalidad de no afectar los Principios Constitucionales del Debido MORDAZA y del Derecho de Defensa, manteniendose vigente la Resolucion de Alcaldia Nº 707-2003-A/MDC en lo demas que contiene; Estando a lo expuesto en el Informe Legal Nº 0022003-CEPAD-R.A. Nº 0555-03-A/MDC y la Nota de Alcaldia Nº 077-2003-A/MDC; en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO en contra del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARILUZ - ex Jefe de la Unidad de Logistica, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios el inicio del MORDAZA Administrativo Disciplinario, el mismo que debera concluir dentro del plazo previsto en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y su Reglamento; debiendo cumplir con cautelar los Principios del Debido MORDAZA y del Derecho a la Defensa que la Constitucion Politica del Estado y la Ley reservan para estos casos. Articulo Tercero.- NOTIFICAR oportunamente el contenido de la presente Resolucion de Alcaldia al ex funcionario comprendido en el presente MORDAZA, asi como

VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 1 de agosto del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que a raiz de la promulgacion de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, publicada el 27 de MORDAZA del ano en curso, se hace necesario adecuar la estructura organica y funcional de la Municipalidad de Ate, a las innovaciones previstas en la referida Ley. En tal sentido resulta necesario efectuar una reestructuracion al actual Organigrama Estructural de la Municipalidad, Reglamento Interno de Concejo (RIC), Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF), Cuadro para Asignacion de Personal (CAP), Presupuesto Analitico de Personal (PAP), Manual de Organizacion y Funciones (MOF), Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); De conformidad a la Ley Nº 27972, la administracion municipal debe adoptar una estructura gerencial, comprendiendo en el ambito administrativo: la Gerencia Municipal, el Organo de Auditoria Interna, la Procuraduria Publica Municipal, la Oficina de Asesoria Juridica y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; por lo que, evidentemente, resulta necesario la adecuacion de los Organos de Gobierno y Administracion de la Municipalidad de Ate, a lo senalado en dicho cuerpo normativo; Que, la Ley Organica de Municipalidades ha previsto en la Vigesima Disposicion Complementaria que: "Las Municipalidades provinciales o distritales, por unica vez, con acuerdo adoptado por dos tercios de los miembros del Concejo Municipal, podran declararse en emergencia administrativa o financiera, por un plazo MORDAZA de noventa dias con el objeto de hacer las reformas, cambios o reorganizaciones que fueran necesarias para optimizar sus recursos y funciones respetando los derechos laborales adquiridos"; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y contando con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores asistentes a la Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha y con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas; SE ACUERDA: Articulo Unico.- DECLARAR EN EMERGENCIA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, a la Municipalidad Distrital de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, por un plazo de noventa (90) dias, a fin de efectuar, las reformas, cambios o reorganizaciones que MORDAZA necesarios para optimizar sus recursos y funciones, conforme a lo establecido en la Vigesima Disposicion Complementaria de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; manteniendo adecuados niveles de eficiencia presupuestaria y financiera. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 15145

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Inician procedimientos disciplinarios a ex Jefes de la Unidad de Logistica y de Contabilidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0810-2003-A/MDC Carabayllo, 11 de agosto de 2003

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