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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (13/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 55

PÆg. 249741 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de agosto de 2003 MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA Declaran en reestructuración y reorgani- zación administrativa y en emergenciafinanciera a la municipalidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 24-03-MDC Cieneguilla, 24 de junio del 2003 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA En Sesión Ordinaria de Concejo, la misma que corre en el Acta Nº 11-2003-MDC bajo la presidencia del señor Alcalde Manuel Schwartz Rozenberg; VISTO:Visto el Informe Nº 038-DM/MDC-2003 de la Direc- ción Municipal sobre Declaración de Reorganización y Reestructuración Administrativa y en emergencia finan- ciera a la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, así como el Informe Nº 020-2003/UC-MDC emitido por la Unidad de Contabilidad sobre el reporte de cuentas por pagar, y considerando; CONSIDERANDO:Que, a raíz de la promulgación de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, publicada el 27 de mayo del año en curso, es necesario adecuar la Estructura Orgánica y funcional de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, a las innovaciones previstas en la citada ley; Que, en este sentido amerita someter a considera- ción del Concejo Municipal, la necesidad de declarar en reestructuración y reorganización administrativa y en emergencia financiera a la Municipalidad Distrital de Cieneguilla a fin de adecuar a la entidad en lo adminis- trativo y financiero a los alcances de la nueva ley y para- lelamente efectuar las reformas, cambios y reorga- nizaciones que fueren indispensables de acuerdo con lo señalado en la Vigésima Disposición Transitoria de la ley antes acotada; Que, dichas reformas y cambios estarían orientados a determinar las funciones específicas y compartidas de las Municipalidades Distritales, al cambio de denomina- ción en los cargos de Funcionarios, la creación de la Pro- curaduría Municipal, la regulación de nuevas instancias administrativas entre otras que requieran de la elabora- ción de nuevos instrumentos de gestión como: ROF, MOF, CAP, PAP, TUPA, etc.; Así mismo, a la refinanciación de deudas con otros organismos del Estado, con otras personas jurídicas y personas naturales, obligaciones contraídas y dejadas de cancelar por la administración anterior; Que, complementando lo anteriormente referido, el Artículo 41º de la acotada ley establece que los acuer- dos son decisiones específicas sobre cualquier asunto de interés público, vecinal e institucional que expresan la opinión de la Municipalidad, su voluntad de practicar un determinado acto o de sujetarse a una conducta o norma institucional; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 el Concejo por UNANIMIDAD con Dispensa del Trámite de Aprobación de Acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- Declarar en reestructuración y re- organización administrativa y en emergencia financiera, por única vez y por un plazo de noventa (90) días; a fin de adecuar a la Municipalidad de Cieneguilla a los alcan- ces de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y efectuar los cambios, reformas y reorganizaciones que fueren indispensables para optimizar sus recursos y fun-ciones, según lo dispuesto por la Vigésima Disposición Complementaria de la referida Ley. Artículo Segundo.- Facúltese al señor Alcalde para que disponga las medidas pertinentes para la aplicación del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL SCHWARTZ ROZENBERG Alcalde 15132 Declaran en situación de urgencia la adquisición y contratación de combusti-bles y lubricantes, servicio de distribu-ción de agua para riego y servicio dedisposición final de residuos sólidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 25-2003-MDC Cieneguilla, 24 de julio del 2003 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA En Sesión Ordinaria de Concejo realizado el 24 de julio del 2003 la misma que corre en el Acta Nº 14-2003- MDC. VISTO:El Informe Nº 044-DM/MDC-2003 presentado por la Dirección Municipal, los Informes Nº 113-SC-MDC y Nº 142-2003-SC-MDC y el Informe Nº 196-2003-AL-MDC con los sustentos Técnico Legal de la Declaratoria de Situa- ción de Urgencia por el lapso de 45 días para la Adquisi- ción y Contratación de los siguientes Bienes y Servicios: Combustibles y Lubricantes, Servicio de Distribución de Agua para Riego por medio de cisterna, y servicio de disposición final de Residuos Sólidos (Relleno Sanitario). CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 044-DM/MDC-2003 el Direc- tor Municipal pone a consideración de la Alcaldía elevar el pedido de Declaratoria de Situación de Urgencia, la Adquisición y Contratación de los siguientes Bienes y Servicios: Combustibles y Lubricantes, Servicio de Dis- tribución de Agua para Regadío (por cisterna) y servicio de Disposición Final de Residuos Sólidos (Relleno Sani- tario); Que, mediante Informes Nº 113-2003-SC/MDC y Nº 142-2003-SC/MDC la Oficina de Servicios Comunales informa las cantidades que se requieren para los meses de julio a diciembre correspondiendo efectuar Adjudica- ciones Directas Selectivas; Que, mediante Informe Nº 196-2003-AL-MDC de la Oficina de Asesoría Legal que sustenta el pedido de Declaración de Situación de Urgencia de los Bie- nes y Servicios mencionados en los considerandos anteriores; Que, el Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que se puede exonerar del Proceso de Selección corres- pondiente cuando las Adquisiciones y Contrataciones se realicen en Situación de Urgencia; Que, la Situación de Urgencia, solicitada es por el lapso de cuarenticinco (45) días naturales, sin perjui- cio de que se realice el Proceso de Selección corres- pondiente para las Adquisiciones y Contrataciones definitivas en uso de las facultades contenidas en la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y en concordancia con lo dispuesto por el Texto Único Or- denado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y con el voto unánime de sus miembros;