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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (13/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 48

PÆg. 249734 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de agosto de 2003 Que, mediante Resolución de Presidencia del Con- sejo Nacional de Inteligencia Nº 004-2003-CNI, del 13 de enero de 2003, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del CNI, el cual fue modificado mediante Resolución de Presidencia del Consejo Nacional de Inteligencia Nº 117-2003-CNI del 30 de junio de 2003, incluyéndose la adquisición de Licencias Informáticas; Que, el Consejo Nacional de Inteligencia, confor- me a lo informado por la Dirección de Telemática, Cien- cia y Tecnología, requiere adquirir las licencias infor- máticas del software ORACLE y no otro, advirtiéndose allí el carácter insustituible de dicho software; enten- diéndose por un bien que no admite sustituto, cuando sólo ese bien puede cubrir las necesidades del área usuaria, ya sea por poseer ciertas características que lo hace único en el mercado; Que, conforme a lo dispuesto en el inciso f) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contratacio- nes que se realicen cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las contrataciones o adquisiciones exoneradas del proceso de Licitación, Concurso Pú- blico o Adjudicación Directa, se realizará mediante proceso de adjudicación de menor cuantía y se apro- barán mediante Resolución del Titular del Pliego, re- quiriendo un Informe Técnico Legal previo; dicha Re- solución será publicada en el Diario Oficial El Perua- no, debiendo remitirse copia de la misma y de los in- formes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de su aprobación; Que, la Dirección de Planificación y Presupuesto me- diante el Informe Nº 028-2003--DIPP-DINIE-CNI de fe- cha 8 de agosto de 2003, señala que existe la cobertura presupuestal por un monto ascendente a cuatrocientos mil nuevos soles (S/. 400 000,00), la misma que fue co- municada a la Dirección Nacional de Presupuesto Públi- co; Que, en tal sentido, es procedente la exoneración del proceso de Licitación Pública Internacional para la adquisición de Licencias Informáticas ORACLE, la cual deberá realizarse mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía, hasta por un valor referencial de trescientos noventa y nueve mil nuevos soles (S/. 399 000,00) incluido el Impuesto General a las Ventas; Estando a la visación de la Dirección Nacional de Inteligencia Estratégica, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Administración, la Direc- ción de Telemática, Ciencia y Tecnología, la Dirección de Planificación y Presupuesto y la Dirección de Ase- soría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27479, Ley del Sistema de Inteligencia Nacional (SINA) y su modificatoria Ley Nº 27589, Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Decreto Su- premo Nº 093-2001-PCM, y la Resolución Suprema Nº 128-2003-PCM; y, SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR la Exoneración del proceso de Licitación Pública Internacional para la adquisición de las Licencias Informáticas ORACLE hasta por un valor total referencial ascendente a S/. 399 000,00 (Trescien- tos noventa y nueve mil nuevos soles) incluido el Impuesto General a las Ventas, con cargo a la Genérica del Gasto 7. Otros Gastos de Capital. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Administración, la adquisición a que se contrae el artículo anterior, me- diante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía,como bienes que no admiten sustitutos, de conformi- dad con el inciso f) del artículo 198º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Artículo 3º.- DISPONER que la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Administración, remita co- pia de la presente Resolución y de los informes que la sustentan, a la Contraloría General de la República, den- tro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO PANIZO ZARIQUIEY Presidente del Consejo Nacional de Inteligencia 15135 CONSUCODE Relaciones de proveedores, postores y contratistas sancionados por el Tribu- nal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado en el mes de julio CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 211-2003-CONSUCODE/PRE Jesús María, 5 de agosto de 2003 VISTO:El Memorándum Nº 347-2003-RNC del Gerente de Re- gistros, referido a la publicación del Listado de Inhabilita- dos para Contratar con el Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 8º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su- premo Nº 012-2001-PCM, se establece la obligatoriedad de publicarse en el Diario Oficial El Peruano la relación de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el Artículo 216º del Reglamento de la Ley, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, es- tablece que el Consejo Superior de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado – CONSUCODE, publicará men- sualmente la relación de proveedores, postores o contra- tistas que hayan sido sancionados en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Gerencia de Re- gistros respecto de los proveedores, postores o contra- tistas sancionados, comunicados a dicha Gerencia por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del CON- SUCODE durante el mes de julio; y, De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 59º inci- so c) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y, del Artículo 4º numeral 3) y Artículo 7º numeral 22) del De- creto Supremo Nº 021-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la publicación de los pro- veedores, postores y contratistas sancionados por el Tri- bunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado san- cionados durante el mes de julio: 1. PERUN IMPORT S.R.LTDA., Inhabilitación definiti- va en su derecho a participar en los procesos de selec- ción y contratar con el Estado, al producirse los supuestos de concurrencia de infracciones y haberse producido rein- cidencia, causal tipificada en el artículo 209º del Regla- mento del TUO, según Resolución Nº 564/2003.TC-S1 de 1.7.03 que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su notificación.