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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (13/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

PÆg. 249745 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 13 de agosto de 2003 Artículo 9º.- Recomendar a los docentes y directores de los diversos centros educativos fortalezcan su infor- mación con la debida orientación del caso para bien de sus educandos. 15064 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban exoneración de proceso de selección para la contratación de servi-cios de publicidad ACUERDO DE CONCEJO Nº 064-2003-MSI San Isidro, 5 de agosto de 2003 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDROVISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha, los Infor- mes Nº 541-2003-15-OAJ/MSI, de la Oficina de Aseso- ría Jurídica, Nº 027-2003-CVLL-SGPE/MSI de la Subgerencia de Proyectos Especiales y Nº 163-2003-14- OPP/MSI de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que sustentan la exoneración del proceso de selección para la contratación de los servicios personalísimos de publicidad del Diario El Comercio. CONSIDERANDOQue, mediante Informe Nº 027-2003-CVLL-SGPE/MSI de la Subgerencia de Proyectos Especiales, señala que según los antecedentes del caso, se tiene que el monto neto consumido por servicio de publicidad en el año 2002, fue US$ 34,754.00 (treinta y cuatro mis setecientos cincuenta y cuatro con 00/100) Dólares Americanos, y de enero a junio de 2003, asciende a la suma de US$ 39,129.00 (treinta y nueve mil ciento veintinueve con 00/100) Dólares Americanos; Que, dentro del contexto, se justifica la contratación de servicios de publicidad en forma anual a fin de acce- der a tarifas promocionales; Que, es el caso que el diario "El Comercio" edición diaria y suplementos, es un medio de comunicación es- crita que goza de un amplio reconocimiento y prestigio periodístico, mediante el cual se garantizaría la difusión adecuada de las diversas acciones de la gestión munici- pal para el mejor cumplimiento de sus fines; Que, es conveniente para la economía municipal, la contratación de servicios de publicidad a través de dicho medio por cuanto ofrece un sistema promocional para anunciantes que decidan contratar servicios por un de- terminado volumen anual, por una inversión neta de US$ 50,000.00 (CINCUENTA MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), gozando de descuentos especiales so- bre la tarifa general de avisos al público; Que, el contrato será de 4 meses y 20 días a partir de su suscripción, considerándose como producción el monto neto consumido de enero a diciembre de 2003, en publi- caciones en el diario "El Comercio"; Que, en razón de tales consideraciones, la Subge- rencia de Proyectos Especiales opina que se encuentra justificada técnicamente la contratación de servicios publicitarios del diario "El Comercio", la necesidad de exoneración en atención a las características particula- res que los distingue y los criterios de economía mencio- nados; Que, el Informe Nº 163-2003-14-OPP/MSI de la Ofici- na de Planeamiento y Presupuesto señala que existe disponibilidad presupuestal para la afectación de los ser- vicios de publicación ascendentes a S/. 175,000 (CIEN- TO SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100 NUEVOS SO- LES); recursos asignados a la Subgerencia de Proyec- tos especiales; Que, el Informe Nº 541-2003-15-OAJ/MSI, de la Ofici- na de Asesoría Jurídica señala que en el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que es- tán exonerados de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea elcaso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para servicios personalísimos, de acuerdo a lo que esta- blezca el Reglamento; Que, en el Artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, con la adición efec- tuada por artículo 1º del Decreto Supremo Nº 071-2001- PCM, señala que de conformidad con el inciso h) del Ar- tículo 19º de la Ley, se encuentran exonerados del res- pectivo proceso de selección los contratos de locación de servicios celebrados por personas naturales o jurídi- cas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del loca- dor, ya sea por sus características inherentes, particula- res o especiales o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio, precisándose que se encuentran expresamente incluidos en dicha clasificación los servi- cios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las característi- cas particulares que los distinguen; Que, en consecuencia, habiéndose configurado la causal de exoneración establecida el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, procede la exoneración del proceso de Concurso Público para la contratación de servicios de publicidad, en el diario "El Comercio", la cual se realizará de acuerdo a los requerimientos y términos de referencia que elabore la Unidad de Logística; Que, por otra parte, la exoneración de un Concur- so Público y/o Adjudicación Directa, de adquisiciones y contrataciones por servicios personalísimos, requie- ren obligatoriamente de un informe técnico legal pre- vio y deben ser aprobadas mediante Acuerdo de Con- cejo Municipal, según lo establece el Artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica opina se solicite al Concejo Municipal, aprobar la exoneración del proce- so de Concurso Público, por servicios personalísimos, para la contratación se servicios de publicidad, en el dia- rio "El Comercio", y se autorice la contratación del referi- do servicio de publicidad mediante un proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; De conformidad con lo establecido en el inciso h) del Artículo 19º y Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y al amparo del artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 27972; Por UNANIMIDAD y con dispensa de aprobación de Actas, ha adoptado el siguiente; ACUERDO:Artículo Primero.- APROBAR la exoneración del Pro- ceso de Selección, por Servicios Personalísimos, para la contratación de servicios de publicidad del diario "El Co- mercio", por un monto referencial de US$ 50,000.00 (CIN- CUENTA MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS), por el período de 4 (CUATRO) meses y 20 (VEINTE) días, siendo su fuente de financiamiento recursos asignados a la Subgerencia de Proyectos Especiales. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente acuerdo a la Oficina de Logística y Servicios Generales. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría Ge- neral para que dentro de los diez días calendario siguien- tes a la expedición del presente Acuerdo, cumpla con remitir copia de la misma y de los Informes Técnicos y Legal sustentarios, a la Contraloría General de la Repú- blica, y proceda a la publicación del presente Acuerdo dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JORGE SALMÓN JORDAN Alcalde 15159