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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (21/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 7

PÆg. 250073 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de agosto de 2003 tiva en el año 2003", modificada por la Resolución Minis- terial Nº 0362-2003-ED. - Resolución Ministerial Nº 0853-2003-ED - Dicta disposiciones referentes a la aplicación progresiva de la Ley General de Educación, de medidas de emergencia educativa y el Programa Nacional de Emergencia Educa- tiva 2004. - Directiva Nº 55-2003-VMGP - "Orientaciones para la recuperación pedagógica de los días no laborados por cau- sa de la huelga magisterial". - Directiva Nº 59-2003-VMGP - "Verificación de las acciones de recuperación pedagógica". ALCANCESMinisterio de Educación. Direcciones Regionales de Educación. Direcciones de Educación de Lima y Callao. Unidades de Gestión Educativa / Unidades de Servi- cios Educativos. Instituciones Educativas: Centros, Programas e Institu- tos. DISPOSICIONES GENERALESORGANIZACIÓNLa atención de la emergencia de la Educación Nacio- nal se desarrolla, en una primera etapa, de agosto a diciem- bre de 2003. Esta directiva se refiere a este período. Para desarrollar las acciones de emergencia de la edu- cación se organizará estratégicamente, cada nivel de go- bierno e Institución Educativa, sobre la base de los recur- sos humanos, infraestructura y materiales disponibles. A Nivel Nacional El Comité Nacional para la Emergencia Educativa 2003 tendrá como actividades básicas para el cumplimiento de la presente directiva, las siguientes: - Planear, organizar, promover y evaluar las orienta- ciones nacionales del proceso de emergencia; - Diseñar y aprobar las capacidades básicas e indica- dores de calidad de los aprendizajes y de la gestión peda- gógica, cuya concreción será instrumentar tecnológi- camente a los diferentes niveles del sistema a fin de lo- grar mayor eficacia en los procesos de aprendizaje y en- señanza, enfatizando el mejoramiento de la comprensión lectora, el pensamiento lógico-matemático y las situacio- nes vivenciales en las que se desarrollan valores; - Establecer un pacto social, con los medios de comunicación y con representantes de la sociedad civil organizada, mediante el cual se les reconozca el rol funda- mental que cumplen en el proceso de emergencia y se los involucre en él. A Nivel Regional - El Comité Regional para la Emergencia Educativa 2003, presidido por el Director Regional de Educación e integrado por los responsables de las áreas pedagógica e institucional, así como por el respectivo Consejo Partici- pativo Regional de Educación, tendrá como actividades básicas las siguientes: - Verificar el logro de las capacidades básicas esta- blecidas a nivel nacional, tomando como referencia los indicadores de calidad de los aprendizajes y gestión peda- gógica, en el desarrollo de las acciones de emergencia; - Supervisar, monitorear y asesorar las acciones pedagó- gicas, generadas a partir de la presente directiva en las UGE/USE e Institutos Superiores, asegurando el cumpli- miento efectivo de las horas de aprendizaje normadas; - Promover convenios a nivel regional que faciliten, en el corto plazo, cumplir actividades conjuntas con la socie- dad civil y los medios de comunicación en pro del mejo- ramiento de los procesos que se refieren a los objetivos de la presente directiva. A Nivel Local El Comité Local para la Emergencia Educativa 2003, presidido por el Director de la UGE/USE, e integrado porlos responsables de las áreas pedagógica e institucional, por los representantes de la sociedad civil organizada y por el respectivo Consejo Participativo Local de Educa- ción, tendrá como actividades básicas las siguientes: - Promover, monitorear, supervisar, asesorar y evaluar las acciones educativas inmediatas de emergencia, utilizando los indicadores de calidad de los aprendizajes y de la gestión pedagógica; - Supervisar en los centros y programas educativos la recuperación pedagógica de las horas de aprendizaje, ase- gurando el cumplimiento efectivo de las horas normadas por el Ministerio de Educación; - Promover convenios a nivel local que faciliten en el corto plazo cumplir actividades conjuntas con la sociedad civil y los medios de comunicación en pro del mejoramiento de los procesos que se refieren a los objetivos de la pre- sente directiva. A Nivel de Institución Educativ a En tanto se instalen los Consejos normados en el artí- culo 69º de la Ley Nº 28044, y en los artículos 1º y 2º de la R.M. Nº 853-2003-ED, el Director organiza y preside el Comité de Emergencia de la Institución Educativa para el 2003, procurando integrar en él a representantes de los padres de familia, con quienes se reunirá periódicamente, para conducir y evaluar las actividades del Programa de emergencia aprobado. El Comité de Emergencia de la Ins- titución Educativa para el 2003 tendrá como actividades básicas: - Elaborar el "Programa de Actividades de Emergen- cia", aprobarlo y asegurar su ejecución. - Priorizar la organización, funcionamiento y segui- miento de "Círculos de Mejoramiento de la Calidad del Aprendizaje y Enseñanza", relacionados con la compren- sión lectora, el pensamiento lógico-matemático y la promo- ción de comportamientos de vida organizada en función de valores, y de una cultura de derechos, en cada aula y centro o programa educativo. - Sensibilizar a la comunidad para asumir su co-respon- sabilidad en la práctica y promoción de valores y en el mejoramiento de la lectura y la matemática y comprometer en ello a los medios de comunicación local. - Velar para que el Director, en coordinación con los docentes, especifique las capacidades que se deberán alcanzar en cada año de estudios, hasta diciembre de 2003, en relación a la comprensión lectora, el pensamiento lógico-matemático y los comportamientos de vida organi- zada en función de valores para revertir el deterioro de la calidad educativa y elaborar los instrumentos que permi- tan verificar su logro. - Cuidar que en la verificación inicial y final de los lo- gros vinculados a la emergencia, se utilicen indicadores de calidad de los aprendizajes. - Supervisar que el Director tome las medidas nece- sarias para evitar el ausentismo de estudiantes y docen- tes y asegure el cumplimiento efectivo de las horas nor- madas. - Cautelar que los profesores de centros y programas educativos reorienten su labor educativa priorizando los aprendizajes para la comprensión lectora -aprovechando las bibliotecas de aula, donde las hay, y los libros de tex- tos- el pensamiento matemático, la educación en valores, desarrollando las capacidades creativa, crítica y empren- dedora. - Asegurar que los padres de familia o apoderados sean informados por el Director de la Institución Educativa, acer- ca de las capacidades básicas que deben alcanzar sus hijos e informen al Director del centro o programa educa- tivo de los avances en los aprendizajes previstos. En los Institutos Superiores o en los centros y programas de Educación de Adultos, asumen estas responsabilidades los alumnos y los participantes. - Cuidar que las diversas formas organizativas escola- res, en las Instituciones Educativas o en la Red (club de lectura, club de matemática, club de arte, club de orato- ria, clubes y talleres deportivos y recreativos, municipios escolares, defensoría del escolar, etc.), puedan coadyu- dar en el desarrollo de los aprendizajes previstos. - Garantizar que en cada grado se aplique un instru- mento que permita verificar las capacidades básicas de inicio y término de primer período de emergencia.