Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (21/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 17

PÆg. 250083 NORMAS LEGALES Lima, jueves 21 de agosto de 2003 los titulares de las autorizaciones para realizar activida- des de aeronáutica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aproba- dos para el desarrollo de las operaciones aéreas dentro de los estándares de seguridad internacionales por parte de los tripulantes técnicos, se evalúa, entre otras formas,a través de chequeos en simuladores de vuelo, servicioque es brindado por empresas ubicadas en el extranjero; Que, con Carta ACQ JINST 530-2003, del 22 de julio del 2003, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección co- rrespondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de Transpor-tes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº008-2002-MTC, la empresa Aero Continente S.A. solicita ala Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar el che- queo técnico en simulador de vuelo del equipo Fokker 28, en la ciudad de Toronto, de sus tripulantes técnicos HerbertMoebius, Javier Aleman y Neil Alarcón; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 03428 y 03430, la solicitante ha cumplido con elpago del derecho de tramitación correspondiente al Pro- cedimiento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspección, el cual es íntegramente financia-do por la empresa operadora, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluyeque dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pagode los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Te-sorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 1164-2003-MTC/12.04 designando al Inspec-tor José Guido Fernández Lañas, para realizar un che-queo técnico en simulador de vuelo del equipo Fokker 28al personal aeronáutico propuesto por la empresa AeroContinente S.A., en la ciudad de Toronto, Canadá, duran- te los días 25 al 29 de agosto de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de AeronáuticaCivil para que, en cumplimiento de las funciones que le asig-na la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el che-queo técnico en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1164-2003-MTC/12.04; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y elDecreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Guido Fer- nández Lañas, Inspector de la Dirección General de Aero-náutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, durante los días 25 al 29 de agosto de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, habiendosido íntegramente cubierto por la empresa Aero Continente S.A. a través de los Recibos de Acotación Nº 03428 y 03430, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1,100.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionadoen el Artículo 1º de la presente Resolución, dentro de los quince(15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberápresentar un informe al Despacho Ministerial y a la Oficina Ge-neral de Administración del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 15503Amplían monto autorizado en la R.M. N” 256-2003-MTC/02 con cargo a Re-cursos Ordinarios de la Unidad Ejecu-tora 007 PRO V˝AS NACIONAL y autori- zan contratar servicio de supervisión temporal RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 650-2003-MTC/02 Lima, 18 de agosto de 2003 VISTOS: La Nota de Elevación Nº 492-2003-MTC/20, Informe Nº 066-2003-MTC/20-GAL, Memorándum Nº 1502-2003-MTC/20-GOB conteniendo el Informe Técnico Nº Nº 048-2003-MTC/20-GOB, Informe Nº 556-2003-MTC/20-GPP ysus antecedentes e Informe Legal Nº 1027-2003-MTC/08,de la Oficina General de Asesoría Jurídica, relacionados a la solicitud de ampliación del marco presupuestal para cumplir con los fines de la exoneración a que se refiere laResolución Ministerial Nº 256-2003-MTC/02, de fecha 2de abril de 2003, por la que se declaró en situación deurgencia la contratación del servicio de Supervisión Tem-poral de la Obra: Rehabilitación y/o Mejoramiento de la Carretera Tingo María - Aguaytía, Tramo II: Puente Chino - Aguaytía; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 048-2003-MTC/ 20-GOB, se convocó el Concurso Público InternacionalCPIS Nº 0002-2002-MTC/15.02-PRT-PERT.01, para selec-cionar al consultor que prestará los servicios de Supervi- sión de las Obras de Rehabilitación y/o Mejoramiento de la Carretera Tingo María - Aguaytía, Tramos I y II; Que, el citado proceso de selección fue objeto de pro- testas por parte de algunos de los postores, las mismasque originaron la suspensión del Concurso Público Inter-nacional CPIS Nº 0002-2002-MTC/15.02-PRT-PERT.01, hasta que las protestas sean resueltas; Que, en tal sentido, a fin de no comprometer la ejecución de la obra: Rehabilitación y/o Mejoramiento del Tramo II:Puente Chino-Aguaytía, la misma que debe ser supervisa-da, en cumplimiento de la Ley Nº 27879, Ley de Presupues-to del Sector Público para el Año Fiscal 2003 y dado que existía la ausencia extraordinaria e imprevisible del servicio de supervisión, ya que el proceso de selección de la empre-sa que llevaría a cabo la supervisión se encontraba suspen-dido debido a la interposición de las citadas protestas, cuyaresolución no dependía del Ministerio de Transportes yComunicaciones, sino única y exclusivamente del Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, mediante Resolución Ministerial Nº 256-2003-MTC/02, publicada el 2 de abril de2003, se declaró en situación de urgencia la contratacióndel servicio de supervisión, hasta por la suma de S/. 1 996117,99 (un millón novecientos noventa y seis mil ciento die-cisiete y 99/100 Nuevos Soles), pues se configuró la causal de urgencia en los términos contemplados en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Re-glamento; Que, asimismo, como consecuencia de la declaración en situación de urgencia, se exoneró al Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones del proceso de Concurso Público, estableciéndose como plazo de dicha exoneración el perío- do de tres meses y/o en tanto concluya el proceso de selec-ción CPIS Nº 0002-2002-MTC/15.02-PRT-PERT.01, consi-derando el período de transferencia de la supervisión tem-poral a la definitiva y autorizándose al Proyecto Especial deInfraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIO- NAL a contratar el servicio de supervisión mediante el pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía; Que, en tal sentido, en virtud de la Resolución Minis- terial Nº 256-2003-MTC/02 el Proyecto Especial de Infra-estructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL,celebró con el consorcio HARZA-ACRUTA & Tapia el Con- trato de Supervisión Nº 0134-2003-MTC/20 de la Obra: Rehabilitación y/o Mejoramiento de la Carretera Tingo Ma-ría - Aguaytía, Tramo II: Puente Chino - Aguaytía, por unplazo de 90 días; Que, sin embargo, según se desprende de la copia del Facsímil Nº 3346-2003, de fecha 14 de julio de 2003, a la fecha, las impugnaciones al CPIS Nº 0002-2002-MTC/