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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G30/G32/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 23 de agosto de 2003 ción de Directores Regionales Sectoriales, se hará pre- vio Concurso Público convocado por los Gobiernos Re-gionales en coordinación con el Gobierno Nacional de acuerdo a los Lineamientos Generales elaborados por el Consejo Nacional de Descentralización; Que, por Resolución Presidencial Nº 012-CND-P-2003, se aprueba la Directiva Nº 001-CND-P-2003 que estable- ce los "Lineamientos Generales para el Concurso Públi-co de Selección de los Directores Regionales Sectoria- les" modificada por Resolución Presidencial Nº 025-CND- P-2003; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 294-2003-G.R.TACNA de fecha 2 de junio del 2003, se conformó la Comisión Regional de Concurso para laSelección del Director Regional Sectorial de Produc- ción del Gobierno Regional de Tacna, presidida por el Gerente General Regional del Gobierno Regional deTacna; y mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 321-A-2003-G.R.TACNA de fecha 12 de junio del 2003 y Resolución Ejecutiva Regional Nº 322-2003-G.R.TAC-NA del 13 de junio del 2003,se aprueban las Bases y la Convocatoria, respectivamente, del Concurso Públi- co en mención; Que, mediante el documento del Visto, el Presidente de la Comisión Regional del Concurso Público de Selec- ción del Director Regional Sectorial de Producción delGobierno Regional de Tacna, eleva a la Presidencia Re- gional los Resultados Finales alcanzados en el men- cionado Concurso, como producto de la Calificación delCurrículum Vitae, Aplicación de la Prueba Escrita y la Entrevista Personal de los postulantes, informando que la Eco. GLENYS VALENCIA POMAREDA, ha obtenido elPrimer Puesto en el Concurso Público efectuado; en tal sentido, corresponde emitir el correspondiente acto ad- ministrativo; Que, en tal razón, a efectos de otorgar viabilidad a la designación del nuevo Director Regional Sectorial de Pro- ducción del Gobierno Regional de Tacna, debe darse porconcluida las actividades del Director Regional actual- mente en funciones; Que, la Duodécima Disposición Transitoria Comple- mentaria y Final de la Ley Nº 27867 modificada por la Ley Nº 27902 dispone que la selección de los Directores Regionales Sectoriales está a cargo de los gobiernosRegionales; En el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27783 Ley de Bases de la Descentralización, Resolución Presiden-cial Nº 012-CND-P-2003 modificada por Resolución Pre- sidencial Nº 025-CND-P-2003; y, en uso de las atribucio- nes conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica deGobiernos Regionales, y, su modificatoria Ley Nº 27902; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA a partir de la fecha, la designación del Ing. LUIS ESPINOZARAMOS, en el cargo de Director Regional de Pesquería de Tacna, dándole las gracias por los servicios prestados al Estado. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir del 14 de agosto del 2003 a la Eco. GLENYS VALENCIA POMA- REDA en el cargo de confianza de DIRECTORA REGIO-NAL SECTORIAL DE PRODUCCIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA, por haber obtenido el primer puesto y ser declarada ganadora del Concurso Públicode Selección. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario de mayor circulación dela Región, así como en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- DÉJESE sin efecto las disposi- ciones que se opongan a la presente Resolución; y, Artículo Quinto.- NOTIFÍQUESE con la presente re- solución a los interesados, entes correspondientes del Gobierno Regional de Tacna, Consejo Nacional de Des-centralización, Ministerio de Producción e instancias res- pectivas. Regístrese y comuníquese. JULIO ALVA CENTURIÓN Presidente Regional 15688/G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G64/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65 /G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G75/G72/G62/G61/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F /G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G74/G69/G61/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G72/G63/G6F DIRECCIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO RESOLUCIÓN Nº 221-2003-MML-DMDU Lima, 5 de mayo de 2003 LA DIRECCIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Visto, el Expediente Nº 707554-97 y acumulados, se- guidos por la "ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS VIÑASDE SAN ANTONIO", con los que solicitan: a) Se declare cumplida la ejecución de las obras co- rrespondientes a la habilitación urbana para Uso Resi- dencial de Densidad Media "R-4" del Terreno de 52,300.00 m2 constituido por el Lote 13 y 14 del ex fundo San Anto-nio, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provin- cia y departamento de Lima. b) Se considere a la habilitación de tipo progresivo dejando pendiente la ejecución del saldo de las obras de pavimentación de calzadas, aceras y el sembrío y orna- mentación de parques, que serán ejecutadas por los ad-judicatarios de los lotes en un plazo máximo de 10 años. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 229-96-MLM-DMDU del 18 de setiembre de 1996 se aprobó los proyectos de Traza-do y Lotización, pavimentación de calzadas y aceras de la habilitación urbana para Uso Residencial "R-4" del te- rreno de 26,200.00 m2 constituido por el Lote 13 del exfundo San Antonio y se autorizó a la Asociación de Vi- vienda "Las Viñas de San Antonio" para ejecutar las obras correspondientes; Que, mediante Expediente Nº 707554-97 de fecha 24 de setiembre de 1997 la ASOCIACIÓN DE VIVIEN- DA "LAS VIÑAS DE SAN ANTONIO" solicitó la recep-ción de obras de habilitación urbana del terreno materia del presente trámite; es decir, con anterioridad a la da- ción de la Ley Nº 26878 de fecha 20 de noviembre de1997 y de las Ordenanzas Nºs. 133 y 273 de fechas 22 de diciembre de 1997 y 27 de mayo del 2000, respecti- vamente. Por lo tanto, en el presente caso, esta Corpo-ración Municipal es competente para conocer, resolver y concluir con el presente procedimiento administrativo, en aplicación del principio de No Retroactividad de lasleyes consagrado en el artículo 103º de la Constitución Política del Perú; Que, por Resolución Nº 356-97-MML-DMDU del 18 de diciembre de 1997 se aprobó los Proyectos Definiti- vos y se autorizó la Ejecución de Obras correspondiente a la habilitación urbana para Uso Residencial de Densi-dad Media "R-4" del terreno de 26,100.00 m2 constituido por el lote 14 del ex fundo San Antonio, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamentode Lima y se autorizó la ejecución de obras correspon- diente; Que, los terrenos mencionados en los considerandos precedentes han sido acumulados registralmente consti- tuyendo una nueva unidad inmobiliaria de 52,300.00 m2 denominado Lote 13 y Lote 14 del ex fundo San Antonio,figurando dicha inscripción en la Partida Electrónica Nº 11066003 de la Oficina Registral de Lima y Callao; Que, de la inspección ocular practicada por personal técnico de la Dirección de Habilitaciones Urbanas se ha constatado que el terreno de 52,300.00 m2, materia de recepción, cuenta con las obras correspondientes a las