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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (23/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G30/G32/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 23 de agosto de 2003 contribución efectiva al bien común y a la equidad entre las generaciones actuales y futuras. 2.- Velar por la plena vigencia de la libertad de la in- vestigación, por el reconocimiento de los aportes perua- nos y por la protección de los derechos de los investiga-dores e inventores regionales y nacionales. 3.- Reconocer el valor social del desarrollo científico tecnológico, así como sus repercusiones en la culturaregional y nacional y en la posición del país en el contex- to mundial. 4.- Asumir el planeamiento de CTI en armonía con las exigencias económico-sociales del presente y con la visión colectiva. Artículo 5º.- Propósitos Los propósitos de la acción del Gobierno Regional en materia de ciencia, tecnología e innovación, son: 1.- Desarrollar la capacidad endógena de generación y transparencia del conocimiento, propiciando una capa-citación científica-tecnológica acorde con las exigencias, recursos y potencialidades de la región, y con una inte- gración beneficiosa en el país y en la economía mundial. 2.- Contribuir a la seguridad humana y al desarrollo regional, con la superación de las desigualdades, el cen- tralismo y los problemas sociales y productivos, así comoa la prevención de desastres naturales. 3.- Contribuir al desarrollo de la cultura y a la integra- ción y unidad de la nación, con la valoración de la diver-sidad etno-cultural y ecológica de la región y con la difu- sión, democratización y uso social de conocimiento. Artículo 6º.- Ámbito de aplicación La disposiciones de la presente Ordenanza Regional son de aplicación en el ámbito de la ciencia, la tecnolo-gía y la innovación. Comprende a las instituciones, enti- dades, personas, programas, proyectos, actividades y procesos vinculados a la investigación, promoción, inter-cambio, difusión o adaptación científico-tecnológica y a la formación de recursos humanos altamente calificados. Para los propósitos de esta iniciativa entiéndase por: a) Investigación Científica y Desarrollo Experi- mental: Comprende el trabajo creativo llevado a cabo en una forma sistemática para incrementar el volumen de conocimientos, incluido el conocimiento del hombre, la cultura y la sociedad, y el uso de estos conocimien-tos para derivar nuevas aplicaciones. Puede incluir el desarrollo de prototipos y plantas piloto. Comprende la investigación Básica y aplicada y el Desarrollo Experi-mental. b) Innovación Tecnológica: Es la interacción entre las oportunidades del mercado y el conocimiento basede la empresa y sus capacidades; implica la creación, desarrollo, uso y difusión de un nuevo producto, proceso o servicio nuevo y los cambios tecnológicos significati-vos de los mismos. Implica también cambios en formas de organización y administración: Métodos de organiza- ción, reingeniería de procesos, planteamiento estratégi-co, control de calidad, etc. c) Servicios Científicos y Tecnológicos: Engloba las actividades relacionadas con la investigación y el desa-rrollo experimental que contribuyen a la producción, difu- sión y aplicación de conocimientos científicos y técnicos. CAPÍTULO SEGUNDO De la Promoción de la Ciencia, Tecnología e Innovación Artículo 7º.- Factor Considérese de interés regional la gestión científica, tecnológica y de innovación como factor fundamental deldesarrollo, cuya promoción por el Gobierno Regional cons- tituye mandato legal. Artículo 8º.- Promoción El Gobierno Regional promueve el desarrollo científi- co-tecnológico y de la innovación, a partir de la revalora-ción de los aportes regionales al conocimiento universal y de la mejora de la calidad educativa en todos los nive- les, estructurando y racionalizando su acción en un es-quema proporcional integrado que articule los mecanis-mos de carácter nacional con los instrumentos de ges- tión y planeamiento y de disponibilidades y recursos decarácter regional. Artículo 9º.- Auspicio El Gobierno Regional propicia la descentralización, coordinación y articulación de las actividades de CTI a nivel regional, así como la mayor accesibilidad y la másamplia difusión de servicios y mecanismos proporcio- nales del Estado, dentro de los límites de los recursos disponibles y en correspondencia con las prioridadesregionales. El Gobierno Regional auspicia la participa- ción amplia de todos los sectores en el campo de la CTI. CAPÍTULO TERCERO Del Consejo Consultivo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación Artículo 10º.- Conformación del Consejo El Consejo Consultivo Regional de Ciencia, Tecnolo- gía e Innovación es un Órgano Consultivo del Gobierno Regional en materia de Ciencia, Tecnología e Innovación. Estará integrado por 8 miembros de reconocida trayecto-ria académica y profesional, procedentes de las siguien- tes áreas de gestión regionales: 1. El Presidente del Gobierno Regional, quien lo pre- sidirá. 2. CONCYTEC.3. Institutos de Investigación. 4. Colegios Profesionales. 5. Universidades.6. Empresariados. 7. Organizaciones No Gubernamentales (ONG). 8. Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza. Cada área, en forma concertada con sus organiza- ciones, designará un representante al Consejo Regionalde CTI. Cuando el caso lo requiera, el representante del área será invitado por el Gobierno Regional. Artículo 11º.- Funciones Son funciones del Consejo Consultivo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación: a) Asumir las atribuciones y responsabilidades inhe- rentes como Órgano Consultivo del Gobierno Regionalen materia de ciencia, tecnología e innovación. b) Formular la política, planes y programas regiona- les de desarrollo científico, tecnológico, articulando laspropuestas sectoriales, regionales e institucionales del CTI con los planes de desarrollo socioeconómico y cultu- ral de la región y del país. c) Implementar mecanismos de convocatoria, consul- ta, colaboración, intercambio, coordinación y concerta- ción con las entidades públicas y privadas del CTI, elempresario, universidades, embajadas y otras entidades del país y del exterior. d) Identificar proyectos y empresas de base tecnoló- gica, así como cadenas productivas para la innovación y desarrollo de la competitividad en la región. e) Proponer al Gobierno Regional y a las instancias correspondientes las normas y las estrategias para el cumplimiento de los objetivos de desarrollo científico y tecnológico, así como la reglamentación y directivas, parala implementación de esquemas promociónales e incen- dios a nivel nacional. f) Promover y mantener nexos con el Sistema Nacio- nal de Ciencia y Tecnología. g) Las demás funciones y competencias compatibles con sus atribuciones, que sean necesarias para el cum-plimiento de su misión. Artículo 12º.- Secretaría Técnica La Gerencia Regional de Desarrollo Social del Go- bierno Regional actuará como Secretaría Técnica del Consejo Consultivo Regional. Artículo 13º.- Financiamiento Son recursos del Gobierno Regional de Ciencia y Tec- nología: