Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2003 (25/08/2003)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 25 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

Pag. 250293

Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 15723

del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion, conforme lo estipula el articulo 5º de la Ley Nº 27856. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, Ministro de Defensa y Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 15724

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de oficial instructor y cadetes de la Escuela MORDAZA de la Armada de MORDAZA para visitar la Escuela MORDAZA del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 269-DE/SG MORDAZA, 6 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de Requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el Ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece entre otros aspectos, que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA, por razones protocolares, asistencia civica, actividades academicas, entrenamiento o similares debe ser autorizado mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en territorio peruano; Que, con Facsimil (DSL-AMA) Nº 347 de fecha 23.julio.2003, el Secretario de Politica Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, adjunta la Nota Nº 274/03 de fecha 22.julio.2003, mediante el cual la Embajada de MORDAZA en el Peru hace conocer al Ministerio de Relaciones Exteriores - Direccion General para Asuntos de Seguridad y Defensa (DGS), que en el MORDAZA de los Acuerdos alcanzados en la Ronda de Conversaciones entre Altos Mandos de las Fuerzas Armadas de MORDAZA y Peru, la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA ha designado a UN (1) Oficial y CUATRO (4) Cadetes para participar en una navegacion a bordo del BAP "MARTE" de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, a realizarse del 25 al 31.agosto.2003; Que, con Oficio G.100-1830 de fecha 31.julio.2003, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA informa que la MORDAZA de MORDAZA del Peru es de opinion favorable para que se lleve a cabo la visita oficial a la Escuela MORDAZA del Peru y la navegacion a bordo del BAP "MARTE", que contribuira a estrechar los lazos de amistad entre MORDAZA Marinas, siendo necesario autorizar el ingreso al territorio de la Republica del citado Personal Militar, sin MORDAZA de guerra; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica a UN (1) Oficial Instructor y CUATRO (4) Cadetes de la Escuela MORDAZA "Arturo Prat" de la Armada de MORDAZA, sin MORDAZA de MORDAZA, del 25 al 31.agosto.2003, con la finalidad de efectuar una visita a la Escuela MORDAZA del Peru, asi como participar en una navegacion a bordo del BAP "MARTE", cuyos nombres figuran en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno e Inteligencia

Declaran infundada impugnacion contra el otorgamiento de la Buena Pro en Adjudicacion Directa Selectiva convocada para la adquisicion de verduras y tuberculos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1303-DE/SG MORDAZA, 20 de agosto de 2003 Visto el Recurso de Apelacion interpuesto por la empresa MORDAZA & SONS'S INTERNATIONAL POLI-SERVICE S.R.Ltda. contra el otorgamiento de la Buena Pro en la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0053-2003-MGP/DIABASTE; CONSIDERANDO: Que, el Comite Especial a cargo de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0053-2003- MGP/DIABASTE, llevo a cabo el MORDAZA de seleccion para la adquisicion de verduras y tuberculos, el cual luego de la evaluacion tecnica y economica de las propuestas presentadas por los postores en Acto Publico de fecha 18 MORDAZA 2003, y de acuerdo a lo establecido en las Bases, otorgo la Buena Pro a los postores que empataron en puntaje final, CODISA TRADING E.I.R.L., y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme se aprecia en el Acta de Otorgamiento de la Buena Pro de la misma fecha; Que, la empresa MORDAZA & SONS'S INTERNATIONAL POLI-SERVICE S.R.Ltda., interpuso Recurso de Apelacion con fecha 1 agosto 2003, subsanada con escrito de fecha 5 agosto, el cual fue recibido con fecha 6 del mismo mes, contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0053-2003-MGP/DIABASTE, el cual ha sido interpuesto dentro del plazo legal y con los requisitos de admisibilidad que dispone el articulo 168º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM de fecha 12 febrero 2001; Que, la empresa MORDAZA & SONS'S INTERNATIONAL POLI-SERVICE S.R.Ltda. en su recurso impugnativo expresa que el criterio evaluador no ha sido correcto dado que la MORDAZA de MORDAZA del Peru estaria perdiendo una cantidad aproximada de VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 24,455.00), adjudicando la Buena Pro a los postores CODISA TRADING E.I.R.L.y MORDAZA MORDAZA TIMANA; asimismo, indica que les sorprende que se MORDAZA tomado en cuenta elementos no muy MORDAZA para dar la Buena Pro a dichos postores sobre todo cuando dentro de las Bases el puntaje mayor se consideraba a los resultados de la Propuesta Economica donde superaban a favor de la MORDAZA la oferta; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 170º del Reglamento de la mencionada Ley de Contratacio-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.