Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2003 (25/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de agosto de 2003

miento de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, ubicado en la avenida 28 de MORDAZA Nº 800, Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15753

Declaran nulo otorgamiento de buena pro de adjudicacion directa publica para adquisicion de emulsion asfaltica de rotura media
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 668-2003-MTC/02 MORDAZA, 21 de agosto de 2003 VISTO: El recurso de apelacion interpuesto por Bitumenes del Peru S.A.C. contra el otorgamiento de la buena pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZXIV; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Acta de Recepcion de Propuestas, Apertura y Evaluacion de propuestas y Otorgamiento de la Buena Pro de fecha 31 de MORDAZA del 2003, se llevo a cabo el acto privado de apertura de sobres de propuestas y otorgamiento de la buena pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZXIV, para la adquisicion de emulsion asfaltica de rotura media, modificada con polimeros, otorgandose la Buena Pro a Emulsiones Asfalticas E.I.R.L. al haber obtenido el puntaje de 109.02 puntos, quedando en MORDAZA lugar Bitumenes del Peru S.A.C. con 108 puntos; Que, con fecha 8 de agosto del 2003, Bitumenes del Peru S.A.C. interpone recurso de apelacion contra el otorgamiento de la buena pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZXIV, solicitando sea declarado desierto el MORDAZA de seleccion al no haberse convocado por lo menos a tres proveedores, segun la prevision del MORDAZA acapite del articulo 17º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, asimismo, el apelante manifiesta que su experiencia no ha sido objetivamente calificada de acuerdo a los documentos que han presentado, solicitando que la calificacion de los elementos tecnicos de su propuesta sea objetiva y responda al MORDAZA de imparcialidad; Que, el articulo 86º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las publicaciones de la convocatoria, la prorroga, la postergacion del MORDAZA y la declaratoria de desierto en las adjudicaciones directas publicas se realizaran obligatoriamente, por una sola vez, en el Diario Oficial El Peruano y, opcionalmente, en otro medio de circulacion nacional o local; Que, de acuerdo a los documentos remitidos se ha prorrogado la fecha de MORDAZA de propuestas y otorgamiento de la buena pro del 25 al 31 de MORDAZA del 2003, sin encontrarse entre los antecedentes alcanzados la publicacion de la prorroga mencionada; Que, de acuerdo a los cargos de notificacion de la Carta Circular Nº 014-2003-MTC/20-JZ XIV - CEP/P, por la cual se puso en conocimiento de los adquirentes de bases el cambio de fecha para la MORDAZA de propuestas y otorgamiento de la buena pro, uno de ellos ha sido notificado via fax, cuyo reporte senala documento atascado; Que, de acuerdo a lo senalado por el articulo 26º del Reglamento citado, el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por contravencion de las normas legales, debiendo

expresar en la resolucion que expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, en tal sentido, y habiendose verificado la infraccion del articulo 86º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, corresponde declarar nulo el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZXIV, debiendo retrotraerse el MORDAZA hasta la etapa de MORDAZA y entrega de propuestas, en consecuencia, debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano el MORDAZA Calendario de la Adjudicacion Directa Publica citada; Que, en consecuencia carece de objeto pronunciarse sobre el recurso de apelacion interpuesto por Bitumenes del Peru S.A.C.; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001PCM y sus modificatorias y las Bases de Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003-MTC/20.ZXIV; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar nulo el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0005-2003MTC/20.ZXIV, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendo retrotraerse el MORDAZA hasta la etapa de MORDAZA y entrega de propuestas, en consecuencia, debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano el MORDAZA Calendario de la Adjudicacion Directa Publica citada. Articulo 2º.- Declarar sin objeto pronunciarse sobre el recurso de apelacion interpuesto por Bitumenes del Peru S.A.C. Articulo 3º.- Transcribir a los miembros del Comite Especial Permanente la presente Resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias de su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 15739

Declaran nulo otorgamiento de la buena pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0001-2003-MTC/20.ZII
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 671-2003-MTC/02 MORDAZA, 21 de agosto de 2003 VISTO: Los recursos de apelacion interpuestos por Representaciones y Servicios MORDAZA E.I.R.L. y Asociacion Civil Forestacion MORDAZA - Paita contra el otorgamiento de la buena pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 00012003-MTC/20.ZII, MORDAZA Convocatoria; CONSIDERANDO: Que, con fecha 5 de agosto del 2003, se llevo a cabo el acto de Apertura de Sobres y Adjudicacion de la Buena Pro de la Adjudicacion Directa Publica Nº 0001-2003MTC/20.ZII, MORDAZA Convocatoria, para la contratacion del servicio de mantenimiento forestal para la Unidad Zonal II MORDAZA, tramo MORDAZA - Paita - Sullana - MORDAZA, 157.0 Km., otorgandose la Buena Pro a MORDAZA del Oriente S.R.L., al haber obtenido 94.60 puntos, quedando en MORDAZA lugar Representaciones y Servicios Generales MORDAZA E.I.R.L. con 93.90 puntos; Que, de acuerdo al Acta de fecha 5 de agosto del 2003, la propuesta del postor Asociacion Civil Forestacion MORDAZA - Paita fue descalificada al no haber alcanzado el puntaje minimo de 80 puntos en su propuesta tecnica;

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