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PÆg. 250300 NORMAS LEGALES Lima, lunes 25 de agosto de 2003 Aprueban Convenio con el ITP para eje- cución de seguridad alimentaria en elConsumo de Productos Hidrobiológicosa favor de Clubes de Madres y Comedo- res Populares de Lima y Callao RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 307-2003-PRODUCE Lima, 21 de agosto del 2003CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 150-2000- PE, del 17 de mayo de 2000, se aprobó el Plan Estratégi-co Institucional (PEI) del ex Ministerio de Pesquería, hoyMinisterio de la Producción, para el período 2001-2005,siendo uno de sus objetivos estratégicos efectuar la pro-moción con otras Entidades del Estado, la implementaciónde un plan de abastecimiento de pescado dirigido a co-medores populares y clubes de madres; Que, el Estado a fin de continuar con los esfuerzos emprendidos para facilitar el suministro de productos hi-drobiológicos a los clubes de madres y comedores popu-lares, desarrolla acciones estratégicas a través del Sec-tor Producción, aplicando políticas de promoción para elconsumo de recursos hidrobiológicos, conforme a lo es-tablecido en el literal e) del Artículo 11º del Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de la Pro-ducción, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE y modificatoria; Que, en concordancia con lo antes indicado, se hace necesario aunar esfuerzos entre el Ministerio de la Pro-ducción y el Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP)para la ejecución de un Convenio de Seguridad Alimen-taria a través del consumo de productos hidrobiológicos; Con la visación de las Oficinas Generales de Aseso- ría Jurídica, Desarrollo y Planeamiento Estratégico y deAdministración; Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, Ley Nº 27879, Ley de Pre-supuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, LeyNº 27209, Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; y,en uso de las atribuciones conferidas por los literales i),m) y p) del Artículo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE - Reglamento de Organización y Fun-ciones del Ministerio de la Producción y modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, el Convenio de Apoyo Interinstitucional entre el Ministeriode la Producción y el Instituto Tecnológico Pesquero delPerú (ITP), para la ejecución de la Seguridad Alimentariaen el Consumo de Productos Hidrobiológicos a favor delos Clubes de Madres y Comedores Populares de Lima yCallao. Artículo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesquería, para que en representación del Ministerio de la Produc-ción, suscriba el Convenio a que se refiere el artículoprecedente. Artículo 3º.- Las Oficinas Generales de Administra- ción y de Desarrollo y Planeamiento Estratégico delMinisterio de la Producción, quedan facultados a adoptarlas acciones respectivas, dentro del ámbito de suscompetencias funcionales, para asegurar el cumplimientode los objetivos del Convenio aprobado mediante el Artí-culo 1º de la presente Resolución. Artículo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, se afectará al presupuestodel Pliego 038: Ministerio de la Producción, Función 12:Pesca, Programa 044: Promoción de la Producción Pes-quera, Subprograma 0117: Fomento a la Pesca, Activi-dad 1.00345: Normar, promover y desarrollar la actividadpesquera, Componente 3.0491: Desarrollo de Investiga-ción Tecnológica Aplicada, Meta 00001: 00975 Investiga-ción Científica y Tecnológica, Fuente de Financiamiento09: Recursos Directamente Recaudados, Año Fiscal 2003. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 15751 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viaje de inspector de la Direc- ción General de AeronÆutica Civil aPanamÆ para realizar inspección tØcni-ca a estación de empresa de transporteaØreo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 649-2003-MTC/02 Lima, 18 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi-cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá publicarse en el DiarioOficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excep- ción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gas- tos al Estado; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050- 2001-MTC, establecen que la Autoridad Aeronáutica Ci-vil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el cumplimiento delas funciones que señalan la Ley y su Reglamento; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internaciona-les establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia- ción Civil y poder conservar la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe mantener un programa anual de vigi- lancia sobre la seguridad operacional a través de la eje- cución de inspecciones técnicas a los explotadores aé-reos en el país, basado en las disposiciones estableci- das en el citado Convenio y en los estándares de la Or- ganización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los Inspectores debidamenteidentificados a que refiere la Ley son competentes, se- gún su especialidad, para verificar las capacidades exigi- das a los titulares de las autorizaciones para realizar ac-tividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aé- reas, se verifica, entre otras formas, a través de inspec-ciones técnicas a las estaciones de los explotadores aé- reos ubicadas en el extranjero; Que, con Carta ACQ GO Nº 140-2003, del 5 de agos- to del 2003, en el marco del Procedimiento Nº 12 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aero- náutica Civil (Inspección Técnica a Bases y Estacionesde Operaciones para Establecimiento o Actualización de Especificaciones de Operación), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Aero Continen- te S.A. solicita a la Dirección General de Aeronáutica Ci-vil, efectuar la inspección técnica de su estación en la ciudad de Panamá, República de Panamá;