Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2003 (25/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 25 de agosto de 2003

Aprueban Convenio con el ITP para ejecucion de seguridad alimentaria en el Consumo de Productos Hidrobiologicos a favor de Clubes de Madres y Comedores Populares de MORDAZA y Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 307-2003-PRODUCE MORDAZA, 21 de agosto del 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 150-2000PE, del 17 de MORDAZA de 2000, se aprobo el Plan Estrategico Institucional (PEI) del ex Ministerio de Pesqueria, hoy Ministerio de la Produccion, para el periodo 2001-2005, siendo uno de sus objetivos estrategicos efectuar la promocion con otras Entidades del Estado, la implementacion de un plan de abastecimiento de pescado dirigido a comedores populares y clubes de madres; Que, el Estado a fin de continuar con los esfuerzos emprendidos para facilitar el suministro de productos hidrobiologicos a los clubes de madres y comedores populares, desarrolla acciones estrategicas a traves del Sector Produccion, aplicando politicas de promocion para el consumo de recursos hidrobiologicos, conforme a lo establecido en el literal e) del Articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0022002-PRODUCE y modificatoria; Que, en concordancia con lo MORDAZA indicado, se hace necesario aunar esfuerzos entre el Ministerio de la Produccion y el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP) para la ejecucion de un Convenio de Seguridad Alimentaria a traves del consumo de productos hidrobiologicos; Con la visacion de las Oficinas Generales de Asesoria Juridica, Desarrollo y Planeamiento Estrategico y de Administracion; Con la opinion favorable del Viceministro de Pesqueria; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, Ley Nº 27879, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; y, en uso de las atribuciones conferidas por los literales i), m) y p) del Articulo 11º del Decreto Supremo Nº 0022002-PRODUCE - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion y modificatoria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, en via de regularizacion, el Convenio de Apoyo Interinstitucional entre el Ministerio de la Produccion y el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru (ITP), para la ejecucion de la Seguridad Alimentaria en el Consumo de Productos Hidrobiologicos a favor de los Clubes de Madres y Comedores Populares de MORDAZA y Callao. Articulo 2º.- Autorizar al Viceministro de Pesqueria, para que en representacion del Ministerio de la Produccion, suscriba el Convenio a que se refiere el articulo precedente. Articulo 3º.- Las Oficinas Generales de Administracion y de Desarrollo y Planeamiento Estrategico del Ministerio de la Produccion, quedan facultados a adoptar las acciones respectivas, dentro del ambito de sus competencias funcionales, para asegurar el cumplimiento de los objetivos del Convenio aprobado mediante el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se afectara al presupuesto del Pliego 038: Ministerio de la Produccion, Funcion 12: Pesca, Programa 044: Promocion de la Produccion Pesquera, Subprograma 0117: Fomento a la Pesca, Actividad 1.00345: Normar, promover y desarrollar la actividad pesquera, Componente 3.0491: Desarrollo de Investigacion Tecnologica Aplicada, Meta 00001: 00975 Investigacion Cientifica y Tecnologica, Fuente de Financiamiento

09: Recursos Directamente Recaudados, Ano Fiscal 2003. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de la Produccion 15751

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Panama para realizar inspeccion tecnica a estacion de empresa de transporte aereo
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 649-2003-MTC/02 MORDAZA, 18 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0502001-MTC, establecen que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el cumplimiento de las funciones que senalan la Ley y su Reglamento; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder conservar la calificacion de Categoria I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los Inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, con Carta ACQ GO Nº 140-2003, del 5 de agosto del 2003, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 12 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica a Bases y Estaciones de Operaciones para Establecimiento o Actualizacion de Especificaciones de Operacion), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Aero Continente S.A. solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar la inspeccion tecnica de su estacion en la MORDAZA de Panama, Republica de Panama;

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