Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2003 (27/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, miercoles 27 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 39º de la Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Municipal debe sesionar ordinariamente cuando menos una vez cada quince dias; De conformidad con lo previsto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, su modificatoria Ley Nº 26317, y con el MORDAZA aprobatorio del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Establecer que el monto neto de la Dieta que percibiran los Regidores de la Municipalidad Distrital de Hongos durante el Ejercicio del Ano Fiscal 2003, por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo sera el monto neto de Ciento Sesentisiete y 00/100 Nuevos Soles (S/. 167.00) para cada Sesion, abonandose hasta por un MORDAZA de tres (3) sesiones al mes; pudiendo sin embargo celebrarse un mayor numero de sesiones al mes segun las necesidades de la Municipalidad, en cuyo caso es obligatoria para los Regidores su asistencia a las mismas. Articulo Segundo.- Establecer que la Remuneracion que percibira la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Hongos durante el Ejercicio del Ano Fiscal 2003, sera el monto de Mil Doscientos y 00/100 Nuevos Soles (S/. 1,200.00), sin incluir los descuentos y retenciones de Ley. Articulo Tercero.- Encarguese a los diferentes organos para el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 15830

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA
Declaran en situacion de emergencia la ejecucion de obras en centro educativo del A.H. "Las Palmeras"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 014-2003-MDE La MORDAZA, 23 de junio del 2003 VISTO, en Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 9 de junio del 2003, el pedido de declarar en Situacion de Emergencia las obras del C.E. Nº 82071 del A.H. "Las Palmeras" de este distrito; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los organos de Gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, los mismos que como Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Art. 191º de la Constitucion Politica, modificada por la Ley de la Reforma Constitucional Nº 27680, concordante con lo que disponen los articulos I y II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 9 de junio del 2003 aprobo por unanimidad declarar en Situacion de Emergencia las obras del cerco perimetrico, servicios higienicos con su respectiva instalacion de agua y desague y la construccion de cinco (5) aulas del Centro Educativo Nº 82071 del A.H. Las Palmeras, debiendose de ejecutar las acciones correspondientes que el caso requiere; Que, mediante Informe Nº 285-2003-MDE-DDU, el Director de Desarrollo MORDAZA de esta Municipalidad indica que el 50% de alumnos en el presente ano no se han matriculado por cuanto el referido Centro Educativo

no cuenta con la infraestructura suficiente y necesaria, y que los alumnos que asisten lo hacen en condiciones totalmente antipedagogicas en aulas construidas precariamente y que las inclemencias del frio y la lluvia vienen afectando la salud de los alumnos con problemas gripales y bronquiales cuyo costo aproximado equivale a $ 150,000 dolares americanos; Que, del mismo modo en el indicado informe senala que el mencionado Centro Educativo no cuenta con los servicios basicos de agua y desague, ni energia electrica, y teniendo en cuenta que la poblacion escolar es mixta hacen sus necesidades a la intemperie, exponiendose a enfermedades infectocontagiosas que puedan resultar lamentables; por lo que recomienda en forma urgente aprobar el financiamiento presupuestal para la ejecucion de las siguientes obras: siete (7) aulas; servicios higienicos para alumnos y profesores; cerco perimetrico; un tanque elevado y un tanque septico; pavimentacion del patio de formacion de los alumnos y la instalacion de agua, desague y luz electrica, recomendando que es procedente se declare en Situacion de Emergencia la mencionada obra, tal como lo dispone el Art. 19º literal "C" del D.S. Nº 012-2001-PCM; informe que concuerda con el Informe Tecnico Nº 050-2003-STDC-MDE-JCP emitido por el Secretario Tecnico de Defensa Civil de esta Municipalidad que obra a fs. 31 y 32 de este expediente; Que, por otro lado se ha recepcionado el Informe Legal Nº 058-03-ALE del Asesor Legal Externo, el Informe Nº 358-2003-MDE/OPPR de la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion de esta Municipalidad y el Informe Nº 113-2003-MDE/UC de la Unidad de Contabilidad de esta Municipalidad, donde informa y adjunta un cuadro sobre disponibilidad financiera al 9 de junio del 2003, documento que corre a fs. 36 y 37 de estos actuados donde indica la disponibilidad financiera para la ejecucion de obras en el monto de S/. 401,517.00 Nuevos Soles; Que, el inciso "c" del Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 012-2001-PCM, precisa que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situaciones de emergencia o de urgencia, declaradas conforme a Ley; Que, el Art. 113º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que las Resoluciones de Seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Art. 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, requieren obligatoriamente Informe Tecnico Legal previo, emitido por las areas Tecnicas y de Asesoria Juridica de la entidad, requisito que se ha cumplido con los informes ya anotados; Estando a lo expuesto, a lo acordado en forma unanime, en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta; SE ACORDO: Articulo 1º.- DECLARAR EN SITUACION DE EMERGENCIA la Ejecucion de Obras en el Centro Educativo Nº 22071 del A.H. "Las Palmeras" de este distrito, consistente en la construccion del cerco perimetrico, servicios higienicos con su respectiva instalacion de agua y desague y cinco (5) aulas, por haberse declarado en Situacion de Emergencia. Articulo 2º.- EXONERAR, en forma excepcional a la Municipalidad Distrital de La MORDAZA del MORDAZA de Seleccion correspondiente. Articulo 3º.- ENCARGAR, al Comite Especial Permanente de Contratacion y Consultoria de Obras del ano 2003 de esta Municipalidad, la implementacion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para la contratacion de la persona natural o juridica que debe llevar a cabo las obras que se indican en el articulo precedente en forma inmediata. Articulo 4º.- ENCARGAR, a la Oficina de Imagen Institucional de esta Municipalidad, lleve a cabo la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el modo y forma como indica la Ley Organica de Municipalidades y lo

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