Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (27/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 65

PÆg. 250399 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de agosto de 2003 recomendado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Imponer la sanción de DESTITU- CIÓN el Sr. PEDRO DÍAZ SAUCEDO servidor empleado de esta Institución al haber incurrido en falta adminis-trativa disciplinaria establecido en el Art. 28º Inc. k) delDecreto Legislativo Nº 276 de la Ley de Carrera Admi-nistrativa. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría Gene- ral del Concejo la publicación en el Diario Oficial El Pe- ruano de la presente Resolución de conformidad a loseñalado en el Inc. d) del Art. 1º del Decreto Supremo Nº074-95-PCM. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Perso- nal el cumplimiento de la presente Resolución, así como hacerla de conocimiento de la Inspectoría General de esta Institución y de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y cúmplase.GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 15816 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 19662 Lima, 19 de diciembre de 2002 VISTO, la Resolución de Alcaldía Nº 19127 de fecha 29.11.2002, mediante la cual se resolvió instaurar Pro- ceso Administrativa Disciplinario al Sr. GUILLERMOCRUZ MEJÍA servidor contratado por Servicios Persona-les de esta Institución, por haber omitido informar queregistraba antecedentes penales y judiciales. CONSIDERANDO: Que, el Sr. GUILLERMO CRUZ MEJÍA quien se en- cargaba de la ubicación de la documentación que se so-licitaba en la Oficina de Trámite Documentaria - Archivo Central, registra Antecedentes Judiciales y/o Policiales a la fecha, según se señala en las recomendaciones delInforme de Investigación Administrativa Nº 022-2002-MML/IG; Que, según Informe Nº 2002-II AA 03016 procedente del Registro de Condenas del Concejo Supremo de Jus- ticia Militar de fecha 23 de julio 2002, el mismo que fuera enviado mediante Oficio Nº 1878-S-CSJMIRCC2.1 del23.7.2002 procedente del Consejo Supremo de JusticiaMilitar en el que se remitieron los Antecedentes Judicia-les del ex S01.PNP CRUZ MEJÍA Guillermo Alfredo Mar-tín, adjuntando el Informe Nº 2002-HAA-03016 del 23.7.2002 se señala que el ex SOI.PNP SI Registra An- tecedentes Judiciales y/o Policiales a la fecha.-Expediente 211 8S par el Delito de Abandono de Desti-no-Zona Judicial de Ayacucho, Expediente Nº 323-11Stambién por Abandono de Destino - Zona Judicial delCusco y el Expediente Nº 334-12S por los Delitos de Desobediencia, Abuso de Autoridad, Abandono de desti- no, Fraude y Falta contra el Espíritu Militar y solicitan sucaptura a nivel nacional; Que, la Resolución de Alcaldía Nº 19127 de fecha 29.11.2002, fue notificada al procesado mediante OficioNº 057-2002-CPPAEO-MML el 6.12.2002, sin que hasta la fecha haya presentado el descargo correspondiente, por lo que se presume que no tiene excusa alguna frentea la infracción detectada; Que, asimismo, con Resolución de Alcaldía Nº 15617 del 30.9.2002 se dejó sin efecto contrato por ServiciosPersonales desde el 1.10.2002; Estando a la opinado por la Comisión Permanente de Procesos Administrativos, según lo hasta aquí expuestoy a las facultades conferidas por la ley Orgánica de Muni-cipalidades Ley Nº 23853; Dec. Leg. Nº 276 y el Dec.Sup. Nº 005-90-PCM.SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer la sanción de DESTITU- CIÓN al Sr. GUILLERMO CRUZ MEJÍA servidor contra-tado por Servicios Personales de esta institución el ha-ber incurrido en grave falta administrativa disciplinaria, infracción contemplada en el Art. 28º incisos a), j), l) del Decreto Legislativo Nº 276 de la Ley de Carrera Adminis-trativa. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría Gene- ral del Concejo la publicación en el Diario Oficial El Perua-no de la presente Resolución de conformidad a lo señala- do en el Inc. d) del Art. 1º del Decreto Supremo Nº 074- 95-PCM. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Perso- nal el cumplimiento de la presente Resolución, así comohacerla de conocimiento de la Inspectoría General de estaInstitución y de la Presidencia de! Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de LimaEncargado de la Alcaldía 15817 Abren procesos administrativos disci- plinarios contra servidores RESOLUCIÓN GERENCIA MUNICIPAL Nº 149 Lima, 15 de agosto del 2003 VISTA: El Acta Nº 003-2003-CPAD, de la Comisión Perma- nente de Procesos Administrativos Disciplinarios, conrelación a la solicitud de apertura de proceso adminis- trativo disciplinario contra el servidor Luis Alberto PIÉ- ROLA CARBONE, por presuntas ausencias injustificadas,referente al Expediente Nº 005-2003-CPAD; CONSIDERANDO: Mediante Carta Nº 599-2003-MML-DMA-OP, de fecha 26 de marzo del 2003, la Oficina de Personal de la Di- rección Municipal Administrativa solicita la apertura deproceso administrativo disciplinario contra el servidor LuisAlberto PIÉROLA CARBONE por presuntas ausenciasinjustificadas; señalando que el mencionado servidordebía reincorporarse de su descanso vacacional el 3 de marzo del año en curso; Que el señor PIÉROLA CARBONE presentó una solici- tud de Licencia sin goce de haber por 90 días a partir del3 de marzo del 2003, la misma que no contaba con elVºBº de su Jefe inmediato y fue presentada en formaextemporánea; Que mediante Carta Notarial Nº 228872, se comu- nicó al servidor PIÉROLA CARBONE el Oficio Nº 730-2003-MML-DMA-OP, de fecha 20 de marzo del 2003, indi-cándole la Dirección de la Oficina de Personal de la Di-rección Municipal Administrativa que su solicitud de Li-cencia sin goce de haber no procede, por no contar con el VºBº del Jefe inmediato, conforme lo estipulado en el artículo 42º del Reglamento de Control, Asistencia, Pun-tualidad y Permanencia del Personal de esta muni-cipalidad; Que con fecha 28 de marzo del 2003, el servidor PIÉROLA CARBONE presenta un escrito solicitando se reconsidere su pedido de Licencia sin goce de haber por noventa (90) días, del cual se desprende que tomó cono-cimiento de la Carta Notarial Nº 228872, señala que soli-citó la licencia por motivos personales, y adjunta docu-mentos que acreditan que tiene un familiar que se encuen-tra enfermo en los Estados Unidos de Norteamérica, que requiere de su presencia; Que de lo expuesto, se desprende que el servidor Luis Alberto PIÉROLA CARBONE habría incumplido con elprocedimiento establecido por el Reglamento de Control,