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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2003 (27/08/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 64

PÆg. 250398 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 27 de agosto de 2003 modificaron los artículos 8º, 9º y 10º de la Ordenanza Nº 044-MML modificada por Ordenanza Nº 216-MML, Re-glamentaria que Norma el Procedimiento para la Crea-ción de Municipalidades de Centros Poblados Menoresde la Provincia de Lima; Que, el artículo 12º de la precitada Ordenanza esta- blece que "el Comité Electoral Especial está conformado por tres miembros; dos designados por la MunicipalidadMetropolitana de Lima"; Que, al respecto es necesaria la designación de los representantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima,para la conformación del Comité Electoral Especial que organice y dirija la consulta popular para la elección de las primeras autoridades del Centro Poblado Menor deHuachipa; Estando a lo dispuesto por el artículo 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; RESUELVE: Artículo Único.- Desígnese a partir de la fecha, al señor doctor JOSÉ CARLOS JUÁREZ ESPEJO, Directorde la Oficina de Organizaciones Vecinales, y al señor in-geniero ERNESTO LADINES ZELAYA, como repre- sentantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima, para la conformación del Comité Especial Electoral que orga-nice y dirija la consulta popular para la elección de lasprimeras autoridades del Centro Poblado Menor de Hua-chipa. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 15820 Imponen sanción de destitución a ex servidor y servidores RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 18239 Lima, 12 de noviembre de 2002 VISTO, la Resolución de Alcaldía Nº 15393 de fecha 24 de setiembre del 2002, mediante la cual se resolvió Instaurar Proceso Administrativo Disciplinario al Sr. DA-VID JAVIER GUTIÉRREZ VALDIVIA ex servidor contra-tado por Servicios Personales de esta Institución. CONSIDERANDO: Que, con la Resolución de Alcaldía Nº 15393 de fe- cha 24 de setiembre del 2002 se resolvió Instaurar Pro-ceso Administrativo Disciplinario el Sr. DAVID JAVIERGUTIÉRREZ VALDIVIA, al haber incurrido en falta admi-nistrativa disciplinaria establecido en el Art. 21º incisosa) y b) y Art. 28º Incisos b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 de la Ley de Carrera Administrativa; Que con Carta Notarial de fecha 2.20.2002, el procesa- do fue notificado a su domicilio respecto a la Resoluciónde Alcaldía que le lnstauró Proceso Administrativo; asi-mismo, se remitió por correo certificado al Oficio Nº 044-2002-CPPAEO-MML al cual se adjuntaba copia de la mencionada Resolución la misma que fue rechazada por su madre, indicando que don DAVID JAVIER GUTIÉRREZVALDIVIA ya no vivía ahí; Que, de conformidad a los Artículos 167º, 168º, 169º del Decreto Supremo Nº 05-90-PCM se otorgó al procesa-do el plazo de Ley, a fin de que presente el descargo correspondiente, sin que hasta la fecha se haya acerca- do a esta Comisión Permanente a desvirtuar lasimputaciones por las que se le Instauró Proceso Admi-nistrativo; Que de la revisión de las antecedentes del ex trabaja- dor se advierte que fue sancionado anteriormente con Destitución mediante Resolución de Alcaldía Nº 11509 de fecha 25.6.2002, por otra Infracción administrativa; Que, considerando, que los informes de los órganos de control tienen la condición de prueba preconstituida,debe evaluarse la conducta del ex servidor en el presen- te proceso y disponer la sanción correspondiente; Estando acreditada la gravísima negligencia por par- te del procesado la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos ha recomendado por unanimidad la máxi-ma sanción administrativa de DESTITUCIÓN al Sr. DA- VID JAVIER GUTIÉRREZ VALDIVIA, al haber incurrido en falta administrativa disciplinaria establecido en el Art.21º incisos a) y b) y Art. 28º incisos b) y d) del DecretoLegislativo Nº 276 de la Ley de Carrera Administrativa,de acuerdo a los considerandos que señala la Resolu-ción de Alcaldía Nº 15393 que le Instauró Proceso Admi- nistrativo; Estando a lo dispuesto por el Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades y al Art. 155ºInc. d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y a lo reco-mendado por la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer la sanción de DESTITU- CIÓN al Sr. DAVID JAVIER GUTIÉRREZ VALDIVIA exservidor empleado contratado por Servicios Personales da esta Institución, en base a los considerandos expues- tos en la presente Resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría Gene- ral del Concejo la publicación en el Diario Oficial El Pe-ruano de la presente Resolución de conformidad a loseñalado en el Inc. d) del Art. 1º del Decreto Supremo Nº 074-95-PCM. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Perso- nal el cumplimiento de la presente Resolución, así comohacerle de conocimiento de la Inspectoría General de estaInstitución y de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de LimaEncargado de la Alcaldía 15815 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 18818 Lima, 21 de noviembre de 2002 VISTO, la Resolución de Alcaldía Nº 15401 de fecha 25.9.2002. mediante la cual se resolvió Instaurar Proce-so Administrativo Disciplinario el Sr. PEDRO DÍAZ SAU-CEDO, servidor empleado de esta institución; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 15401 de fecha 25.9.2002 se resolvió Instaurar ProcesoAdministrativo Disciplinario al Sr. PEDRO DÍAZ SAU-CEDO el haber incurrido en falta administrativa disci-plinaria, infracción contemplada en el Art. 28º Inc. k) del Decreto Legislativo Nº 276 de la Ley de Carrera Administrativa; Que con fecha 4.10.2002 se remitió por Correo Certifi- cado el Oficio Nº 038-2002-CPPAEO-MML el cual se ad-juntaba una copia de la Resolución de Alcaldía que teinstauró Proceso Administrativo; asimismo, con fecha 9.10.2002 se remitió copia de la Resolución en mención por medio de una Carta Notarial, la misma que fue de-cepcionada por el Sr. Ricardo Garay quien manifestó serfamiliar del procesado; Que, de conformidad el los Artículos 167º, 168º, 169º del Decreto Supremo Nº 05-90-PCM se otorgó al procesa- do el plazo de Ley, a fin de que presente el descargo correspondiente, sin que hasta la fecha se haya acerca-do a esta Comisión Permanente a desvirtuar lasImputaciones par las que se lo instauró Proceso Admi-nistrativo; Estando a lo dispuesto por el Art. 47º de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades y al Art. 155º Inc. d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y a lo