Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2003 (27/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de agosto de 2003

Asistencia, Puntualidad, Permanencia del Personal de esta municipalidad, aprobado por Resolucion de Alcaldia Nº 555, del ano 1994; Que el servidor MORDAZA MORDAZA PIEROLA CARBONE habria incurrido en la falta administrativa de presuntas ausencias injustificadas, que se encuentra prevista en el inciso k) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Por las precedentes consideraciones, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 166º del Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y a merito de las facultades delegadas por Resolucion de Alcaldia Nº 1344, de fecha 24 de junio del ano en curso; SE RESUELVE: Primero.- Abrir MORDAZA administrativo disciplinario contra el servidor MORDAZA MORDAZA PIEROLA CARBONE, por la falta administrativa de caracter disciplinario de presuntas ausencias injustificadas, que se encuentra prevista en el inciso k) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. Segundo.- Notificar al procesado con las formalidades de ley, a efectos que en el termino de cinco dias habiles contados a partir del dia siguiente de recibida la notificacion, presente el descargo que considere pertinente, dirigido a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en la Oficina de Tramite Documentario, Jr. MORDAZA de Superunda Nº 177 - Primer Piso - Cercado de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Municipal 15812 RESOLUCION GERENCIA MUNICIPAL Nº 150 MORDAZA, 15 agosto del 2003 VISTA: El Acta Nº 003-2003-CPAD, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios con relacion a la solicitud de apertura de MORDAZA administrativo disciplinario contra la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA por presuntas ausencias injustificadas, referente al Expediente Nº 004-2003-CPAD; CONSIDERANDO: Mediante Carta Nº 778-2003-MML-DMA-OP, la Oficina de Personal de la Direccion Municipal Administrativa solicita la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario contra la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA por presuntas ausencias injustificadas; Que mediante Resoluciones Directorales Nºs. 1262002; 228-2002 y 032-2002 se le concedio Licencias sin goce de haber a la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA durante los siguientes periodos: del 31 de enero del 2002 al 30 de MORDAZA del mismo ano; del 1 de MORDAZA del 2002 al 26 de diciembre del 2002; y del 27 de diciembre del 2002 al 26 de marzo del 2003; Que por Informe Nº 002-2003-OP-AACP, la Oficina de Control de Personal informa que la servidora MORDAZA MORDAZA no asiste a laborar desde el 27 de marzo del ano en curso; Que por las razones expuestas, se concluye que la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA habria incurrido en la comision de la falta administrativa de presuntas ausencias injustificadas, que se encuentra prevista en el inciso k) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Por las precedentes consideraciones, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 166º del Reglamento de

la Ley de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, y a merito de las facultades delegadas por Resolucion de Alcaldia Nº 1344, de fecha 24 de junio del ano en curso; SE RESUELVE: Primero.- Abrir MORDAZA administrativo disciplinario contra la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la falta administrativa de caracter disciplinario de presuntas ausencias injustificadas, que se encuentra prevista en el inciso k) del articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276. Segundo.- Notificar a la procesada con las formalidades de ley, a efectos que en el termino de cinco dias habiles contados a partir del dia siguiente de recibida la notificacion, presente el descargo que considere pertinente, dirigido a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en la Oficina de Tramite Documentario, Jr. MORDAZA de Superunda Nº 177 - Primer Piso - Cercado de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Municipal 15813 RESOLUCION GERENCIA MUNICIPAL Nº 151 MORDAZA, 15 de agosto del 2003 VISTA: El Acta Nº 003-2003-CPAD, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, con relacion a la solicitud de apertura de MORDAZA administrativo disciplinario contra la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por presuntas ausencias injustificadas, referente al Expediente Nº 003-2003-CPAD; CONSIDERANDO: Que mediante Carta Nº 1057-2003-MML-DMA-OP, la Oficina de Personal de la Direccion Municipal Administrativa solicita la apertura de MORDAZA administrativo disciplinario contra la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por mas de tres dias de presuntas ausencias injustificadas; Que mediante Resoluciones Directorales Nºs. 183, 615 y 095-2002, se le concede Licencia sin goce de haber a la mencionada servidora MORDAZA MORDAZA para asistir a un curso de ingles en el Estado de MORDAZA en los Estados Unidos de Norteamerica por los siguientes periodos: del 1 de MORDAZA del 2002 al 28 de setiembre del mismo ano; del 29 de setiembre del 2002 al 27 de diciembre del 2002 y del 28 de diciembre del 2002 al 27 de marzo del 2003; Que con fecha 24 de marzo del 2003, la senorita MORDAZA Luz MORDAZA Pena en representacion de su hermana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita ampliacion de la Licencia sin goce de haber, concedida mediante Resolucion Directoral Nº 095-03-MML-DMA-OP, que vencia el 27 de marzo del 2003 y por Oficio Nº 834-2003-MML-DMA-OP la Oficina de Personal de la Direccion Municipal Administrativa comunica que la solicitud de ampliacion de Licencia sin goce de haber no procede, por no contar con el VºBº del Jefe inmediato, conforme lo dispuesto por el articulo 42º del Reglamento de Control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia de Personal, aprobado por Resolucion de Alcaldia Nº 555, del ano 1994; Que evaluado el Informe Nº 004-OP-A-ACP, del Area de Administracion y Control en el que se senala que la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no se ha reincorporado a su centro de labores desde el dia 28 de marzo del ano en curso; en consecuencia habria incurrido en mas de tres dias de presuntas ausencias injustificadas, falta administrativa de caracter disciplinario que se encuentra prevista en el inciso k) del articulo 28º de la

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