Norma Legal Oficial del día 02 de diciembre del año 2003 (02/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, martes 2 de diciembre de 2003

NORMAS LEGALES

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tuandose a los Institutos y Escuelas de Educacion Superior, en aquellas plazas directivas presupuestadas, vacantes y que estan actualmente cubiertas por encargatura; facultandose al Ministerio de Educacion para dictar las normas y las disposiciones que resulten necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el precitado Decreto; Que para la implementacion del mencionado Concurso Publico, resulta necesario contar con un listado de las correspondientes plazas vacantes presupuestadas, para facilitar un correcto MORDAZA de adjudicacion dentro del MORDAZA de las normas legales previstas para tal efecto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que las Direcciones Regionales de Educacion y las Direcciones de las Unidades de Gestion Educativa Local, segun corresponda, formulen su listado de plazas vacantes de Directores y Subdirectores de las Instituciones Educativas Publicas, exceptuandose a los Institutos y Escuelas de Educacion Superior, debiendo consignarse en dicho listado la siguiente informacion: a) Plaza vacante de Director y Subdirector (nombre de la Institucion Educativa Publica, lugar, Direccion Regional de Educacion y Unidad de Gestion Educativa Local). b) Documento que acredite el Presupuesto Analitico de Personal y el Codigo Presupuestario de cada plaza. c) Resolucion de Encargatura y nombre completo de la persona encargada de la Direccion de la Institucion Educativa.

Articulo 2º.- El listado a que se refiere el articulo precedente sera elevado, en version impresa y electronica, via la Direccion Regional de Educacion correspondiente, dentro del plazo de quince (15) dias a partir de la fecha de vigencia de esta Resolucion, a la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion. La version impresa debera ser suscrita por el Jefe de la Unidad Ejecutora correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MALPICA FAUSTOR Ministro de Educacion 22446

JUSTICIA
Autorizan viaje del Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE a MORDAZA para participar en evento de Autoridades Responsables de Politicas y Gestion Penitenciaria de MORDAZA y Europa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 467-2003-JUS MORDAZA, 1 de diciembre de 2003

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MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

COMUNICADO Nº 032-2003-EF/76.01
A LOS GOBIERNOS LOCALES
La Direccion Nacional del Presupuesto Publico, en razon de las numerosas consultas que se han recibido de los Gobiernos Locales en el MORDAZA del MORDAZA Presupuestario 2004, ha estimado conveniente efectuar las siguientes precisiones respecto a la Programacion y Formulacion Presupuestaria de los Gobiernos Locales correspondiente al Ano Fiscal 2004 y particularmente en lo referido al Fondo de Compensacion Municipal FONCOMUN. Segun lo informado a las Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales mediante el anexo adjunto al Oficio Circular Nº 007-2003-EF/76.15.2, a traves del cual se les comunico los montos a considerar para la formulacion de los Proyectos de Presupuesto Institucionales para el Ano Fiscal 2004, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 26º de la Directiva Nº 010-2003-EF/76.01, aprobada por Resolucion Directoral Nº 020-2003EF/76.01, en el caso del Fondo de Compensacion Municipal se muestra por separado la asignacion que por dicho concepto corresponde a la provincia para acciones de ambito provincial y la asignacion que corresponde a las municipalidades distritales, incluido el municipio del distrito capital, a fin de establecer con claridad las asignaciones presupuestarias referenciales para la ejecucion de las acciones (gasto corriente y gasto de capital) que se van a considerar en los Planes de Desarrollo Provincial y Distrital. En tal sentido, los recursos consignados a las Municipalidades Provinciales por concepto de Fondo de Compensacion Municipal, debe ser utilizado en forma concertada con todos los distritos que conforman la provincia, de manera tal que sea la Municipalidad Provincial quien ejecute las acciones consideradas en los Planes de Desarrollo Provincial que MORDAZA consistentes con el MORDAZA de Programacion Participativa en el cual las Municipalidades Provinciales y Distritales concertan sus planes de desarrollo. Considerando lo senalado en el parrafo precedente, las Municipalidades Provinciales determinaran en forma concertada y participativa los usos de la asignacion provincial comunicada en el anexo adjunto al Oficio Circular Nº 007-2003-EF/76.15.2, por la Fuente de Financiamiento : 07 Fondo de Compensacion Municipal, pudiendo orientar dichos recursos a gastos corrientes, gastos de capital o servicio de la deuda, segun corresponda y teniendo en cuenta lo dispuesto en el articulo 47º de la Ley Nº 27783 -Ley de Bases de la Descentralizacion.
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MORDAZA, 26 de noviembre del 2003 DIRECCION NACIONAL DEL PRESUPUESTO PUBLICO

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