Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2003 (05/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de diciembre de 2003

RESOLUCION LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 019-2003-CR
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

Comuniquese, publiquese y archivese. Dada en el Palacio del Congreso, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 22731

RESOLUCION QUE DECLARA HABER LUGAR A FORMACION DE CAUSA CONTRA EL SENOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA, EX MINISTRO DE DEFENSA
El Congreso de la Republica, de conformidad con el procedimiento previsto en el articulo 100º de la Constitucion Politica del Peru, y el inciso i) del articulo 89º de su Reglamento, ha resuelto: Declarar HABER LUGAR a formacion de causa contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Ministro de Defensa, por la presunta comision de los delitos de asociacion ilicita para delinquir y de colusion ilegal, previstos en los articulos 317º y 384º del Codigo Penal, respectivamente. Comuniquese, publiquese y archivese. Dada en el Palacio del Congreso, en MORDAZA, a los cuatro dias del mes de diciembre de dos mil tres. MORDAZA PEASE MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica 22730

PODER EJECUTIVO DECRETO LEGISLATIVO
DECRETO LEGISLATIVO Nº 939
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica por Ley Nº 28079 ha autorizado al Poder Ejecutivo para legislar en materia tributaria referida tanto a tributos internos como aduaneros por un plazo de noventa (90) dias habiles con el proposito, entre otros, de establecer disposiciones que permitan formalizar las operaciones economicas con participacion de las Empresas del Sistema Financiero para mejorar los sistemas de fiscalizacion y deteccion del fraude tributario y gravar determinadas transacciones realizadas a traves de las citadas empresas; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; Ha dado el Decreto Legislativo siguiente:

MEDIDAS PARA LA LUCHA CONTRA LA EVASION Y LA INFORMALIDAD
CAPITULO I MORDAZA GENERAL Y DEFINICIONES Articulo 1º.- REFERENCIAS Para efecto del presente Decreto Legislativo, cuando se mencionen capitulos o articulos sin indicar la MORDAZA legal a la que corresponden, se entenderan referidos al presente Decreto Legislativo, y cuando se senalen incisos o numerales sin precisar el articulo al que pertenecen, se entendera que corresponden al articulo en el que estan ubicados. Articulo 2º.- DEFINICIONES Para efecto del presente Decreto Legislativo, se entiende por: a) Medios de Pago : A los previstos en el articulo 5º. b) Empresas del : A las empresas bancarias, emSistema presas financieras, MORDAZA muniFinanciero cipales de ahorro y credito, cooperativas de ahorro y credito autorizadas a captar depositos del publico, MORDAZA rurales de ahorro y credito, MORDAZA municipales de credito popular y empresas de desarrollo de la pequena y micro empresa - EDPYMES a que se refiere la Ley General. Estan igualmente comprendidos el Banco de la Nacion, COFIDE y el Banco Agropecuario, asi como cualquier otra entidad que se cree para realizar intermediacion financiera relacionada con

RESOLUCION LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 020-2003-CR
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Resolucion Legislativa siguiente:

RESOLUCION QUE DECLARA HABER LUGAR A FORMACION DE CAUSA CONTRA EL EX PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI
El Congreso de la Republica, de conformidad con el procedimiento previsto en el articulo 100º de la Constitucion Politica del Peru, y el inciso i) del articulo 89º de su Reglamento, ha resuelto: Declarar HABER LUGAR a formacion de causa contra el ex Presidente de la Republica MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI, por la presunta comision de los delitos de malversacion de fondos, peculado, asociacion ilicita para delinquir y abuso de autoridad, previstos en los articulos 389º, 387º, 317º y 376º del Codigo Penal, respectivamente; y contra el derecho de sufragio, previsto en el articulo 385º de la Ley Nº 26859 - Ley Organica de Elecciones.

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