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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (05/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 9

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G34/G37/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 5 de diciembre de 2003 de la obligación tributaria o, en su defecto, el último publi- cado. Artículo 12º.- DEL NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA La obligación tributaria nace: a) Al momento de efectuarse la acreditación o débito en las cuentas, a que se refiere el inciso a) del artí- culo 9º. b) Al momento de adquirirse los documentos a que se refiere el inciso c) del artículo 9º. c) Al cierre del ejercicio, en el supuesto a que se refie- re el inciso g) del artículo 9º. d) En todos los demás casos, al realizarse el pago, transferencia, acreditación o puesta a disposición delos respectivos fondos propios o de terceros. Artículo 13º.- DE LOS CONTRIBUYENTES Son contribuyentes del impuesto: a) Los titulares de las cuentas a que se refiere el inciso a) del artículo 9º. Tratándose de cuentas abiertas a nombre de más de una persona, ya sea en forma mancomunada o solidaria, seconsiderará como titular de la cuenta a la persona natural o jurídica, sociedad conyugal, sucesión indivisa, asocia- ción de hecho de profesionales, comunidad de bienes,fondos mutuos de inversión en valores, fondos de inver- sión, fideicomisos bancarios o de titulización, consorcio, joint venture u otra forma de contrato de colaboración em-presarial que lleve contabilidad independiente cuyo nom- bre figure en primer lugar. Dicho titular será, asimismo, el único autorizado a efectuar la deducción a que se refiereel artículo 16º. b) Las personas naturales, jurídicas, sociedades con- yugales, sucesiones indivisas, asociaciones de he-cho de profesionales, comunidad de bienes, fondos mutuos de inversión en valores, fondos de inversión, fideicomisos bancarios o de titulización, así comolos consorcios, joint ventures u otras formas de con- tratos de colaboración empresarial que lleven con- tabilidad independiente que: b.1) Realicen los pagos o transferencias, respecto de las operaciones a que se refiere el inciso b)del artículo 9 º. b.2) Adquieran los cheques de gerencia, certifica- dos bancarios, cheques de viajero u otros ins-trumentos financieros a que se refiere el inciso c) del artículo 9 º. b.3) Sean beneficiarias de la recaudación o cobran- za, u ordenen los pagos o transferencias, res- pecto de las operaciones a que se refiere el in- ciso d) del artículo 9 º. b.4) Ordenen las transferencias o envíos de dinero, respecto de las operaciones a que se refiere el inciso e) del artículo 9 º. b.5) Organicen el sistema de pagos a que se refiere el inciso f) del artículo 9º, sin perjuicio de la res- ponsabilidad solidaria que tendrá quien ordenela entrega o reciba los fondos, por las operacio- nes que ha realizado con el organizador. b.6) Realicen el pago, en el supuesto a que se refie- re el inciso g) del artículo 9 º. b.7) Reciban los pagos o fondos a que se refieren los numerales 1) y 3) del inciso h) del artículo9º. c) Las Empresas del Sistema Financiero, respecto de las operaciones gravadas que realicen por cuenta propia, a que se refieren los numerales 2) y 4) del inciso h) del artículo 9º. Artículo 14º.- DE LOS AGENTES DE RETENCIÓN O PERCEPCIÓN 14.1Son responsables del impuesto, en calidad de agentes retenedores o perceptores, según sea elcaso: a) Las Empresas del Sistema Financiero, por las operaciones señaladas en los incisos a), b), c), d),primer párrafo del inciso e) y numerales 1) y 3) del inciso h) del artículo 9 º.b) Las Empresas de Transferencias de Fondos o las personas o entidades generadoras de ren- tas de tercera categoría distintas a las Empre- sas del Sistema Financiero, por las operacio-nes señaladas en el segundo párrafo del inci- so e) del artículo 9º. La responsabilidad solidaria por la deuda tribu- taria surgirá cuando se debiten pagos de una cuenta en la que no existen o no existían fondossuficientes para cubrir el Impuesto correspon- diente a dichas operaciones o cuando se realice cualquier otra operación gravada sin que el con-tribuyente abone el Impuesto. 14.2Las empresas mencionadas en el numeral ante- rior deberán: a) Entregar al contribuyente el documento don- de conste el monto del Impuesto retenido opercibido. b) Efectuar la devolución de las retenciones y/o percepciones realizadas en forma indebidao en exceso. Lo establecido en el presente numeral se efec- tuará de acuerdo a lo que establezca el Regla- mento. Artículo 15º.- DE LA DECLARACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO El Impuesto será declarado y pagado por: a) Las Empresas del Sistema Financiero, por las ope- raciones detalladas en los incisos a), b), c), d), pri-mer párrafo del inciso e) e inciso h) del artículo 9 º. b) La Empresa de Transferencia de Fondos u otra per- sona o entidad generadora de renta de tercera cate-goría distinta a las Empresas del Sistema Financie- ro, por las operaciones señaladas en el segundo párrafo del inciso e) del artículo 9º. c) Las personas naturales, jurídicas, sociedades con- yugales, sucesiones indivisas, asociaciones de he- cho de profesionales, comunidad de bienes, fondosmutuos de inversión en valores, fondos de inversión, fideicomisos bancarios o de titulización, así como los consorcios, joint ventures u otras formas de con-tratos de colaboración empresarial que lleven con- tabilidad independiente que : c.1) Organicen el sistema de pagos a que se refie- re el inciso f) del artículo 9 º. c.2) Realicen el pago, en el supuesto a que se re- fiere el inciso g) del artículo 9 º. En estos supuestos, si el obligado no declara ni paga el Impuesto respectivo, deberán cumplir con esta obli- gación quienes hayan recibido o entregado el dine- ro, según corresponda. La declaración y pago del Impuesto se realizará en la forma, plazo y condiciones que establezca la SUNAT, ydeberá contener como mínimo la siguiente información: 1. Nombre, razón social o denominación del contribu- yente. 2. Número de Registro Único del Contribuyente o do- cumento de identificación, según corresponda. 3. Número de la cuenta en la cual se realiza la opera- ción gravada y/o exonerada, de corresponder. 4. Monto acumulado de los débitos y monto acumula- do de los créditos, gravados y/o exonerados, según corresponda, con indicación del Impuesto retenido o percibido. 5. Monto acumulado de las operaciones gravadas dis- tintas a las señaladas en el numeral anterior, con indicación del Impuesto retenido o percibido. La información señalada en el párrafo anterior también será proporcionada respecto de las operaciones exonera-das comprendidas en los literales b), c), d), e), h), i), j), k), l), m), o), s), t), u), v) y w) del Apéndice. Asimismo, las Empresas del Sistema Financiero deberán informar a laSUNAT sobre la Declaración Jurada a que se refiere el ar- tículo 10º, en la forma, plazo y condiciones que establezca el Reglamento.