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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G39/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de diciembre de 2003 el Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguien- te detalle: Pasajes US$ 1,744.39 Viáticos US$ 1,100.00 Tarifa aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Encargar el Despacho del Ministro de Jus- ticia al señor Eduardo Iriarte Jiménez, Ministro de Trans-portes y Comunicaciones, a partir del 8 de diciembre de 2003 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libe- ra ni exonera del pago del impuesto o derechos aduane-ros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros FAUSTO ALVARADO DODERO Ministro de Justicia 22846 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G2D /G6D/GED/G61/G20/G79/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G73/G20/G61/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G20/G79/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E /G73/G75/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G6C/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G65/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 358-2003-PCM Lima, 5 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Corporación Andina de Fomento (CAF), invita al se- ñor Ministro de Economía y Finanzas, señor Jaime QuijandríaSalmón, para que asista a la CXVI reunión del Directorio, que se llevará a cabo en la sede de la institución en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, el 9 de diciembre de 2003; Que, en consecuencia, es necesario autorizar dicho viaje, el mismo que no irroga gasto con cargo al presu-puesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, asimismo, es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto LegislativoNº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en misión oficial del Mi- nistro de Economía y Finanzas, señor Jaime QuijandríaSalmón, a la ciudad de Caracas, República de Venezuela,los días 8 y 9 de diciembre de 2003, para los fines expues-tos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente autorización no irroga gastos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, asimismo, no otorga derecho a exoneración o liberación deimpuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 3º.- Encargar la Cartera de Economía y Fi- nanzas al señor Allan Wagner Tizón, Ministro de Relacio-nes Exteriores, a partir del 8 de diciembre de 2003 y mien- tras dure la ausencia del Titular. Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros 22847/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G2D /G63/G69/G6F/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G79/G20/G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F/G20/G61/G20/G56/G65/G6E/G65/G7A/G75/G65/G6C/G61/G20/G79/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G6E/G20/G73/G75/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 359-2003-PCM Lima, 5 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta DSCC/413-2003, de fecha 4 de noviembre de 2003, la Corporación Andina de Fomento - CAF, ha convocado al Ministro de Comercio Exterior y Tu-rismo, señor ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO, a laCXVI Reunión del Directorio de la Institución, a realizarseel día 9 de diciembre de 2003, en la ciudad de Caracas,República de Venezuela; Que, la Agenda de dicha Reunión incluye temas como la evaluación preliminar de la gestión 2003, actividades ypresupuesto para el año 2004, autorización de endeuda-miento para el año 2004, y otros temas de interés para elpaís como miembro de la CAF; Que, por tanto, es conveniente autorizar el viaje del Minis- tro de Comercio Exterior y Turismo cuyos gastos por concep- to de pasajes aéreos serán sufragados por la CAF; y, conse-cuentemente, disponer la encargatura de su Despacho; De conformidad con el artículo 127º de la Constitución Política del Perú, Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619,Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgen- cia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor ALFREDO FERRERO DIEZ CANSECO, Ministro de Comercio Exte-rior y Turismo, a la ciudad de Caracas, República de Vene-zuela, del 8 al 9 de diciembre de 2003, a fin de que partici-pe en la reunión a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, estarán a cargo delMinisterio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo alsiguiente detalle: Viáticos US $ 600,00 Tarifa CORPAC US $ 28,24 Artículo 3º.- La presente Resolución no libera ni exo- nera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cual-quiera fuere su clase o denominación. Artículo 4º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo, al señor JAVIER EDMUNDO REÁTEGUI ROS-SELLÓ, Ministro de la Producción, a partir del 8 de diciem-bre de 2003 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 22848 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G66/G6F/G72/G6D/G75/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E /G45/G73/G74/G72/G61/G74/GE9/G67/G69/G63/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G34/G20/G2D/G20/G32/G30/G30/G36/G63/G6F/G72/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G64/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 390-2003-PCM Lima, 30 de noviembre de 2003