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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G39/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de diciembre de 2003 Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, estará a cargo de asegurar las condicionesadecuadas para el cumplimiento de la misión encomenda-da, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina, que- da facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total estableci- do. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 22671 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G61/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G75/G61/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G6E/G64/G6F/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G4E/G61/G76/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G63/G75/G72/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G65/G6E/G20/G50/G61/G72/G61/G2D/G67/G75/G61/G79 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1720-2003-DE/MGP Lima, 17 de noviembre de 2003 Visto el Oficio P.500-2187 del Director General del Per- sonal de la Marina, de fecha 8 de setiembre del 2003; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, Artículo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones la departicipar y fomentar la implementación de políticas y acuer- dos internacionales, destinados a garantizar la Defensa Regional y Seguridad Hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y de- fensa nacional tiene directa relación con los temas de polí-tica exterior en el contexto del sistema de seguridad colec-tiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativa en el ámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la imple-mentación de políticas y acuerdos bilaterales o multila-terales destinados a garantizar la Defensa Regional y laSeguridad Hemisférica; Que, estas variables plantean el desafío de las Fuerzas Armadas profesionalizadas para que desarrollen sus activi-dades en el marco del accionar conjunto e interoperativo, enobservancia de los estándares internacionales en la misiónconstitucional conferida a estos cuerpos de seguridad; Que, en atención a los lineamientos que en materia militar han sido diseñados por la Organización de las Na- ciones Unidas y la Organización de Estados Americanos,reviste importancia la interrelación en el ámbito castrense,la misma que es sugerida por el Consejo de SeguridadHemisférica de la OEA; Que, el Informe Final de la Comisión de Reestructu- ración Integral de las Fuerzas Armadas, aprobado por Re- solución Suprema Nº 038-DE/SG de fecha 8 de marzo del2002, incluye un Capítulo relacionado a "Aspectos de Polí-tica Exterior en relación a la Defensa Nacional" en el quese hace referencia entre otros a la importancia de un siste-ma colectivo de Seguridad Regional; Que, el Sector Defensa en cumplimiento a lo dispuesto por el Supremo Gobierno, respecto a las medidas de aus-teridad y racionalidad del gasto en el Sector Público, hareducido al mínimo indispensable las autorizaciones de viajedel Personal Subalterno para que presten servicios en lasAgregadurías de Defensa y/o Navales acreditadas en el extranjero; Que, los Agregados de Defensa y personal respectivo dependen del Jefe de Misión y actúan como asesores deéste, en toda negociación y gestión que competa a su es-pecialización, debiendo cumplir además las instruccionesque les impartan, entre las que deben destacarse las se- ñaladas en los considerandos precedentes;Que, por Resolución Ministerial Nº 1797 DE/MGP de fecha 29 de noviembre del 2002, se nombró en Misión Di-plomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exterio-res, al Técnico 1ro. Tulio Silvano QUISPE Guizado, paraque preste servicios en la Agregaduría Naval a la Embaja-da del Perú en Bolivia y concurrente en Paraguay, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2003; Que, es necesario ampliar el nombramiento en Misión Diplomática del referido Técnico, para que continúe pres-tando servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada delPerú en Bolivia y concurrente en Paraguay, por el períodode UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2004; Que, el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG de fecha 4 de diciembre de 1987, el Decreto Supremo Nº 034 DE/SGde fecha 21 de junio del 2001 y la Resolución Ministerial Nº1062 DE/CCFFAA de fecha 1 de diciembre de 1994, regu-lan los conceptos que se abonan al Personal Militar y Civilde las Fuerzas Armadas que viaja al exterior en Misión Diplomática; y, Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Ampliar el nombramiento en Misión Diplo- mática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores,al Técnico 1ro. Tulio Silvano QUISPE Guizado, CIP02716525, para que continúe prestando servicios en laAgregaduría Naval a la Embajada del Perú en Bolivia yconcurrente en Paraguay, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero del 2004. Artículo 2º.- El citado Técnico continuará revistando a órdenes de la Dirección General del Personal de la Marinade Guerra del Perú, por el período que dure la Misión Di-plomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, estará a cargo de asegurar las condiciones adecuadas para el cumplimiento de la misión encomenda-da, de acuerdo a la normatividad legal vigente. Artículo 4º.- El Comandante General de la Marina, que- da facultado para variar la fecha de inicio y/o término de laMisión Diplomática, sin exceder el período total estableci- do. Regístrese, comuníquese y publíquese.AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 22672 /G41/G6D/G70/G6C/GED/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G6D/G62/G72/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G64/G69/G70/G6C/G6F/G6D/GE1/G74/G69/G63/G61/G20/G64/G65/G20/G74/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G69/G6E/G75/G61/G72/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G6E/G64/G6F/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G6C/G61/G20/G41/G67/G72/G65/G67/G61/G64/G75/G72/GED/G61/G20/G4E/G61/G76/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G62/G61/G6A/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1722-2003-DE/MGP Lima, 17 de noviembre de 2003 Visto el Oficio P.500-2187 del Director General del Per- sonal de la Marina, de fecha 8 de setiembre del 2003; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa, artículo 4º inciso (f) ha previsto entre sus funciones la departicipar y fomentar la implementación de políticas y acuer-dos internacionales, destinados a garantizar la DefensaRegional y Seguridad Hemisférica; Que, la concepción contemporánea de seguridad y de- fensa nacional tiene directa relación con los temas de polí-tica exterior en el contexto del sistema de seguridad colec-tiva en el ámbito regional y de seguridad cooperativa en elámbito hemisférico; Que, en tal sentido y en atención al nuevo marco legal del Sector Defensa es prioritario el fomento de la imple- mentación de políticas y acuerdos bilaterales o multila-