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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (06/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G35/G39/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 6 de diciembre de 2003 15.4Las demás que le correspondan según su natura- leza. Capítulo II SECRETARÍA TÉCNICA Artículo 16º .- SECRETARÍA TÉCNICA El Consejo Nacional de la Competitividad contará con una Secretaría Técnica como su órgano operativo, a cargo del Director Ejecutivo. Artículo 17º .- FUNCIONES La Secretaría Técnica tendrá las siguientes funciones: 17.1Proponer al Consejo Directivo la Estrategia Na- cional de Competitividad y el diseño de los planes de ac-ción para la ejecución del Plan Nacional de Competitivi-dad, que de ella se derive; 17.2 Proponer las medidas normativas necesarias para alcanzar los objetivos, políticas y metas trazadas en el Plan Nacional de Competitividad por el Consejo Nacional de la Competitividad; 17.3Representar al Consejo Directivo por delegación de su Presidente, en el ámbito de sus competencias; 17.4Liderar la ejecución del Plan Nacional de Compe- titividad en el marco de las políticas fijadas por el Consejo Directivo y en coordinación con los agentes clave involu- crados y las unidades ejecutoras de la Presidencia delConsejo de Ministros; 17.5Elaborar los informes correspondientes al desarro- llo e implementación del Plan Nacional de Competitividad; 17.6Monitorear las actividades establecidas en el Plan Nacional de Competitividad correspondientes a los orga- nismos públicos involucrados en su ejecución; 17.7Promocionar el desarrollo del Plan Nacional de Competitividad; 17.8Prestar apoyo técnico, administrativo y legal al Consejo Directivo para el cumplimiento de sus objetivos; y, 17.9 Otras actividades que, dentro de su ámbito de competencia, le encargue o solicite el Consejo Directivo. Artículo 18º.- ESTRUCTURA DE LA SECRETARÍA TÉCNICA Para el cumplimiento de sus funciones la Secretaría Técnica estará conformada por: 18.1Director Ejecutivo; y, 18.2Secretario Ejecutivo. Artículo 19º.- DIRECTOR EJECUTIVO El Director Ejecutivo será propuesto por los demás miembros del Consejo Directivo y su designación será for-malizada por el Presidente del Consejo de Ministros me-diante Resolución Ministerial. Compete al Director Ejecutivo lo siguiente: 19.1 Cumplir con las funciones asignadas a la Secreta- ría Técnica; 19.2 Organizar el trabajo de la Secretaría Técnica;19.3 Ser el vocero oficial del Consejo Directivo;19.4 Evaluar los resultados de la Estrategia Nacional de Competitividad; y, 19.5 Proponer las medidas necesarias para la optimi- zación de la Secretaría Técnica. Artículo 20º.- SECRETARIO EJECUTIVO El Secretario Ejecutivo será designado por el Presidente del Consejo de Ministros mediante Resolución Ministerial. Compete al Secretario Ejecutivo lo siguiente: 20.1 Apoyar y asesorar al Director Ejecutivo en el des- empeño de sus funciones; 20.2Coordinar y supervisar el trabajo del equipo de Especialistas y Analistas que se asigne, a través de la Pre- sidencia del Consejo de Ministros o de Proyectos, en apo- yo a la Secretaría Técnica y al Consejo Nacional de la Com-petitividad. Este equipo brindará asistencia técnica espe-cializada en temas de interés relacionados con la puestaen marcha del Plan Nacional de la Competitividad y ejecu-tará las acciones de seguimiento, monitoreo y evaluación de las actividades del Plan.20.3Coordinar las actividades de los Grupos Consul- tivos y Técnicos que se constituyan por mandato del Con-sejo Directivo; y, 20.4 Llevar las Actas del Consejo, para lo cual asiste a las sesiones del Consejo Directivo con derecho a voz,mas no a voto. 22832 MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G61/G20/G45/G45/G2E/G55/G55/G2E /G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G63/G6F/G6F/G72/G64/G69/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G75/G6E/G69/G64/G65/G6E/G73/G65/G73/G20/G70/G72/G65/G76/G69/G61/G73/G20/G61/G6C/G69/G6E/G69/G63/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G54/G72/G61/G74/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G4C/G69/G62/G72/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G73/G65/G20/G70/G61/GED/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 453-2003-MINCETUR/DM Lima, 3 de diciembre de 2003 Visto el Memorándum Nº 591-2003-MINCETUR/VMCE, del Viceministro de Turismo, encargado del Viceministerio de Comercio Exterior. CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los literales b) y c) del artícu- lo 4º de la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, son funcio- nes de este sector las de obtener las mejores condicionesde acceso y competencia para una adecuada inserción delpaís en los mercados internacionales, y desarrollar lasacciones que permitan la óptima participación del país enlas negociaciones comerciales internacionales; Que, el Perú ha sido formalmente notificado por el Re- presentante Comercial de los Estados Unidos de Américasobre la intención del Poder Ejecutivo de dicho país denegociar un Tratado de Libre Comercio con el Perú y otrospaíses de la región Andina, mediante anuncio del 18 denoviembre de 2003; Que, debe tenerse en cuenta que, de acuerdo a la Ley de Promoción de Comercio de los Estados Unidos de Nor-teamérica, a partir de dicha notificación, el Congreso delos Estados Unidos de Norteamérica tiene un plazo de no-venta (90) días calendario para aprobar el inicio de nego-ciaciones; Que, en consecuencia, es necesario acreditar a un fun- cionario del MINCETUR, a fin de que realice acciones decoordinación ante diversas entidades del gobierno de di-cho país, previas al proceso de aprobación por el Congre-so de los Estados Unidos de Norteamérica del inicio de lasnegociaciones de un tratado de libre comercio con el Perú; Que, con tal fin, debe autorizarse el viaje del señor Al- varo Díaz Bedregal, funcionario del Viceministerio de Co-mercio Exterior, a la ciudad de Washington D.C., del 7 al 12de diciembre de 2003; Que, en cumplimiento del artículo 18º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2003, los viajes se autorizan por razones estrictamente indispen- sables, para cumplir las metas y objetivos del sector; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgen-cia Nº 017-2003; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor ALVARO DIAZ BEDREGAL, funcionario del Viceministerio de ComercioExterior, en calidad de representante del Ministerio de Co- mercio Exterior y Turismo, a la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos de América, del 7 al 11 de diciembre de2003, para los fines expuestos en la parte considerativa dela presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: