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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G38/G34/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de diciembre de 2003 DEFENSA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G6D/G69/G6C/G69/G74/G61/G72/G20/G62/G72/G69/G74/GE1/G6E/G69/G63/G6F/G20/G70/G61/G72/G61 /G65/G66/G65/G63/G74/G75/G61/G72/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G63/G61/G6D/G62/G69/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G20/G65/G6C/G20/G45/G73/G63/G75/G61/G64/G72/G6F/G6E /G43/G61/G6E/G62/G65/G72/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46/G41/G50/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G50/G69/G73/G63/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 488-2003-DE/SG Lima, 6 de diciembre de 2003 CONSIDERANDO:Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requi- sitos para la Autorización y Consentimiento para el In-greso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Repú- blica-, establece que la autorización de ingreso al terri- torio peruano del personal militar extranjero sin armasde guerra por razones protocolares, de asistencia cívi- ca, actividades académicas, de entrenamiento o simi- lares debe ser otorgada mediante Resolución Supre-ma, en la que se debe especificar los motivos, la iden- tificación del personal militar, la relación de equipos tran- seúntes y el tiempo de permanencia en el territorio pe-ruano; Que, con Facsímiles (DGS-ENL) Nºs. 609 y 627 de fechas 25 y 27 de noviembre del 2003, respectivamen-te, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, en mérito a la información proporcionada por la Embajadadel Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el Perú, solicita se expida la autorización para el ingre- so, sin armas de guerra de personal militar británico,del 8 al 10 de diciembre del presente año, el citado per- sonal militar se transportará en cuatro (4) aeronaves británicas no artilladas, para efectuar un intercambiocon el Escuadrón Canberra de la Fuerza Aérea del Perú en la ciudad de Pisco; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar bri- tánico, cuyos nombres se indican en el Anexo que for-ma parte de la presente Resolución, del 8 al 10 de di- ciembre del 2003, los mismos que se transportarán en cuatro (4) aeronaves británicas no artilladas, con la fi-nalidad de efectuar un intercambio con el Escuadrón Canberra de la Fuerza Aérea del Perú en la ciudad de Pisco. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen-cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horas de su expedición, conforme lo estipula el artículo 5º dela Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio- res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 22979/G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G69/G6E/G67/G72/G65/G73/G6F/G20/G61/G6C/G20/G74/G65/G72/G72/G69/G74/G6F/G72/G69/G6F/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G72/G6D/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G55/G72/G75/G2D/G67/G75/G61/G79/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6E/G66/G65/G72/G65/G6E/G2D/G63/G69/G61/G20/G49/G6E/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /G45/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G55/G4E/G49/G54/G41/G53/G20/G34/G35/G2D/G30/G34 /G46/G61/G73/G65/G20/G41/G6E/G66/G69/G62/G69/G61 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 489-2003-DE/SG Lima, 6 de diciembre de 2003CONSIDERANDO: Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 -Ley de Requi- sitos para la Autorización y Consentimiento para el In-greso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Repú- blica-, establece que la autorización de ingreso al terri- torio peruano del personal militar extranjero sin armasde guerra por razones protocolares, de asistencia cívi- ca, actividades académicas, de entrenamiento o simi- lares debe ser otorgada mediante Resolución Supre-ma, en la que se debe especificar los motivos, la iden- tificación del personal militar, la relación de equipos tran- seúntes y el tiempo de permanencia en el territorio pe-ruano; Que, con Facsímil (DGS-ENL) Nº 616 de fecha 26 de noviembre del 2003, el Director General para Asun-tos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relacio- nes Exteriores, en mérito a la información proporciona- da por la Embajada de la República Oriental del Uru-guay en el Perú, solicita se expida la autorización para el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, de personal militar de la Armada del Uruguay,del 8 al 14 de diciembre del presente año, con la finali- dad de participar en la Conferencia Inicial de Planea- miento para el Ejercicio Multinacional UNITAS 45-04Fase Anfibia, actividad programada por la Marina de Guerra del Perú; y, De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Re- pública, sin armas de guerra, a dos (2) Oficiales de la Ar- mada del Uruguay, cuyos nombres se indican en el Anexoque forma parte de la presente Resolución, en el período comprendido del 8 al 14 de diciembre del 2003, con la fina- lidad de participar en la Conferencia Inicial de Planeamien-to para el Ejercicio Multinacional UNITAS 45-04 Fase Anfi- bia. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta del contenido de la presente Resolución Suprema a laComisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligen- cia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24 horasde su expedición, conforme lo estipula el artículo 5º de la Ley Nº 27856. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros, elMinistro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exterio- res. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Relaciones Exteriores 22980