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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 4

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G38/G34/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de diciembre de 2003 Que, mediante Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM se aprue- ba el Cronograma de transferencia para el año 2003, a los Go- biernos Regionales y Locales de Fondos, Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Proyectos deInversión en Infraestructura Productiva de alcance Regionales; Que, en el anexo del artículo 1º del Cronograma aprobado, mediante Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, se establece enel numeral 3 que la transferencia de los Proyectos del Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONAMACHCS, estará sujeta a acuerdo con elJBIC, lo que implica la modificación de los Contratos de Présta- mo con el gobierno japonés y requiere la aprobación y negocia- ción de las condiciones contractuales originalmente pactadas porparte de ambos contratantes; Que, el artículo 13º de la Ley de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 27658, autoriza al Poder Eje-cutivo a fusionar direcciones, programas, dependencias, entidades, organismos públicos descentralizados, comisio- nes y en general toda instancia de la Administración Públi-ca Central, mediante Decreto Supremo, con el voto apro- batorio del Consejo de Ministros; Que, constituye un objetivo estratégico asegurar la eficacia y eficiencia de los programas sociales de alivio a la pobreza a car- go del Poder Ejecutivo, así como apoyar el proceso de la descen- tralización creando capacidad en el nivel local; Que, teniendo en cuenta el principio de especialidad como elemento integrador de las funciones y competen- cias para la fusión por absorción, conforme a lo estableci-do en la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, Ley Nº 27658, resulta conveniente que el Progra- ma Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Con-servación de Suelos - PRONAMACHCS continúe con la ejecución de los proyectos a su cargo hasta la transferencia de los mismos a los gobiernos regionales y locales; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Estado, la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783 y la Ley Orgánica de GobiernosRegionales, Ley Nº 27867, modificada por la Ley Nº 27902; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- De la derogación del Decreto Supremo Nº 036-2002-PCM Deróguese el Decreto Supremo Nº 036-2002-PCM, que estableció la fusión por absorción de diversos ProyectosProductivos Agrarios administrados por el Programa Na- cional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conservación de Suelos - PRONAMA CHCS, a fav or del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social - FONCODES. Artículo 2º.- Dela modificación del Decreto Supre- mo Nº 036-2003-PCM Modifíquese el Anexo del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 036-2003-PCM, que aprueba del cronograma de transferencia para el año 2003 de Fondos, Proyectos Sociales, ProgramasSociales y Proyectos de Inversión a los Gobiernos Regionales y Locales; excluyendo de sus alcances a los Proyectos del Progra- ma Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y Conserva-ción de Suelos - PRONAMACHCS. Artículo 3º.- De la derogación Deróguese las disposiciones que contravengan lo es- tablecido en el presente dispositivo. Artículo 4º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Agri- cultura, el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social. Dado en la Casa de Gobierno, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del InteriorEncargado de la Presidencia del Consejo de Ministros FRANCISCO GONZÁLEZ GARCÍA Ministro de Agricultura JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas ANA ELENA TOWNSEND DIEZ CANSECO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 23063MINCETUR /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G6C /G56/G69/G63/G65/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72 /G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G72/G65/G75/G6E/G69/GF3/G6E/G20/G62/G69/G6C/G61/G74/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6E/G65/G67/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6E/G20/G55/G72/G75/G67/G75/G61/G79 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 459-2003-MINCETUR/DM Lima, 10 de diciembre de 2003Visto el Memorándum Nº 602-2003-MINCETUR/VMCE del Viceministro de Comercio Exterior. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo es el encargado de definir, formular, dirigir, supervisar y evaluar la política de negociaciones comerciales internacionales,de acuerdo a la política general del Estado. En este senti- do, el Viceministerio de Comercio Exterior debe participar activamente en las reuniones dentro del contexto de lasnegociaciones comerciales internacionales; Que, en la ciudad de Montevideo, República Oriental de Uruguay, se llevará a cabo el 12 de diciembre de 2003,la "Reunión Bilateral de Negociación entre el Perú y el Uru- guay", en el marco del Acuerdo de Alcance Parcial de Com- plementación Económica suscrito entre los Países Miem-bros del MERCOSUR y nuestro país; Que, dicha Reunión tiene por objetivo la elaboración de los Anexos del referido Acuerdo, por lo cual es importanteautorizar la participación de un representante del Vicemi- nisterio de Comercio Exterior en dicha reunión, con el ob- jetivo principal de exponer y defender los intereses comer-ciales y económicos del país, así como acordar términos mutuamente aceptables que a su vez sean ventajosos para el país; Que, en cumplimiento del artículo 18º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2003, los viajes se autorizan por razones estrictamente indispen-sables, para cumplir las metas y objetivos del sector; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgen-cia Nº 017-2003; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora Silvia Ho- oker Ortega, Asesora Legal de la Dirección Nacional deIntegración y Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Montevideo, República Oriental de Uruguay, del 11 al 13de diciembre de 2003, a fin de que participe en la reunión a que se refiere la parte considerativa de la presente Reso- lución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo alsiguiente detalle: Pasajes US$ 818,00 Viáticos US$ 400,00 Tarifa CORPAC US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje, la funcionaria au- torizada mediante el Artículo 1º, presentará al Titulardel Sector un informe detallado sobre las acciones rea- lizadas y los logros obtenidos en la reunión a la que asistirá y la correspondiente rendición de cuentas deacuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no li- bera ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua-neros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 23040