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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 7

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G38/G34/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de diciembre de 2003 ECONOMÍA Y FINANZAS /G45/G78/G6F/G6E/G65/G72/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G79/G20/G61/G20/G6C/G61/G73 /G44/G69/G72/G65/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6C/G75/G64/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F /G64/G69/G73/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4C/G65/G79/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G30/G33/G34/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G6C/G61/G2D /G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G68/G69/G62/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G72/G65/G61/G6A/G75/G73/G74/G65/G73/G20/G72/G65/G6D/G75/G6E/G65/G72/G61/G2D/G74/G69/G76/G6F/G73 DECRETO SUPREMO Nº 181-2003-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 28034, se dictaron medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gastopúblico, con la finalidad de liberar recursos que se puedan orientar, bajo condiciones de severa restricción fiscal, a una rigurosa priorización; Que, la situación actual de los servicios de salud a ni- vel nacional se encuentra en situación de emergencia; Que, es responsabilidad y compromiso del Estado alcanzar el bienestar de la persona, así como su desarro- llo humano, por lo que las competencias y las funciones del Sector Salud resultan una prioridad a nivel nacional,dada su incidencia en el desarrollo de la persona a tra- vés de la promoción, protección, recuperación y rehabilitación de la salud y el desarrollo en un entornosaludable; Que, se requiere efectuar acciones de personal en el Sector Salud que permitan mejorar la atención en salud,específicamente en lo relacionado con la aplicación del Decreto Supremo Nº 024-2001-SA; De conformidad con lo dispuesto en la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28034, Ley que dicta medidas com- plementarias de austeridad y racionalidad del gasto público y con la opinión favorable de la Dirección Nacional de PresupuestoPúblico del Ministerio de Economía y Finanzas; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE DECRETA: Artículo 1º.- De la exoneración Exonérese al Ministerio de Salud y a las Direcciones Regionales de Salud de lo dispuesto en el numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley Nº 28034, en lo relativo a la prohibi-ción de reajustes remunerativos para el cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria y Final del Decreto Supremo Nº 024-2001-SA. Artículo 2º.- De los refrendos El presente Decreto Supremo es refrendado por el Mi- nistro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, a los diez días del mes de diciembre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 23064 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G76/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G2D /G74/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G42/G61/G72/G63/G69/G6E/G6F/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 252-2003-EF Lima, 10 de diciembre de 2003 Visto el Expediente Nº 023-2003/SBN-JAD, por el cual la Empresa Transportes Barcino S.A. solicita la adjudica-ción en venta directa del terreno de 36 087,00 m2 ubicado a la altura del Km. 54,70 de la carretera Arequipa-Matara-ni, Zona Lomas de Lluta, distrito y provincia de Islay, de- partamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno de 36 087,00 m 2 ubicado a la altura del Km. 54,70 de la carre- tera Arequipa-Matarani, Zona Lomas de Lluta, distrito y provincia de Islay, departamento de Arequipa, inscritoen la Partida Electrónica Nº 00954646 del Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa-Zona Registral Nº XII y registrado en el Asiento Nº 3834 del Sistema deInformación Nacional de los Bienes de Propiedad Es- tatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Arequipa; Que, la Empresa Transportes Barcino S.A., median- te escrito recepcionado por la Superintendencia de Bie- nes Nacionales, con fecha 4 de junio de 2002, solicitala adjudicación en venta directa del terreno descrito en el párrafo precedente, para destinarlo a almacén y de- pósito de los productos transportados por dicha em-presa, en el cual se ha realizado una inversión consis- tente en la construcción del cerco perimétrico y una pequeña edificación en el interior del terreno solicitadoen venta; Que, la solicitud de venta tiene como antecedente el procedimiento de adjudicación promovido ante el Con-sejo Transitorio de Administración Regional Región Are- quipa antes de 18 de julio del 2001, cuyo trámite se adecua a lo dispuesto por el artículo 34º inciso d) delDecreto Supremo Nº 154-2001-EF, Reglamento Gene- ral de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, modificado por el Decreto SupremoNº 107-2003-EF, concordado con el numeral 3.2.4 de la Directiva Nº 002-2002/SBN, aprobada por Resolución Nº 019-2002/SBN, por cuyo mérito normativo se esta-blecen los casos en que procede la venta directa de predios de dominio privado del Estado de libre disponi- bilidad; Que, el artículo 34º del Reglamento acotado, esta- blece que la venta directa de un terreno de dominio pri- vado del Estado se aprobará mediante Resolución Su-prema, siempre que se cuente con informe favorable de la Superintendencia de Bienes Nacionales; Que, mediante Oficio Nº 577-2003-VIVIENDA-9321, de fecha 11 de marzo de 2003, el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, informa que el terreno antes re- ferido tiene un valor comercial de realización de US$22 112,50 (Veintidós Mil Ciento Doce y 50/100 Dólares Americanos); Que, la solicitante mediante documentos recepcio- nados con fechas 26 y 27 de marzo del presente año, manifestó su conformidad respecto del valor de la refe- rida tasación y de la forma de pago al contado; Que, conforme al marco legal vigente, mediante In- forme Técnico Legal Nº 175-200/SBN-GO-JAD, de fe- cha 26 de setiembre de 2003, la Superintendencia deBienes Nacionales opina favorablemente por la adjudi- cación en venta directa del terreno antes referido; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 107- 2003-EF. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la adjudicación en venta di- recta a favor de la Empresa Transportes Barcino S.A., del terreno de 36 087,00 m 2 ubicado a la altura del Km. 54,70 de la carretera Arequipa-Matarani, Zona Lomas de Lluta, distrito y provincia de Islay, departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Electrónica Nº 00954646del Registro de la Propiedad Inmueble de Arequipa - Zona Registral Nº XII y registrado en el Asiento Nº 3834 del Sistema de Información Nacional de los Bienes dePropiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al depar- tamento de Arequipa. Artículo 2º.- El valor del terreno cuya venta se aprueba asciende a US$ 22 112,50 (Veintidós Mil Cien- to Doce y 50/100 Dólares Americanos), conforme a la valorización efectuada por el Consejo Nacional de Ta-