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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 8

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G38/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de diciembre de 2003 saciones - CONATA, el mismo que será cancelado al contado. Artículo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del inmueble constituirán recursos del Tesoro Público y dela Superintendencia de Bienes Nacionales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos ope- rativos y administrativos. Artículo 4º.- La Superintendencia de Bienes Naciona- les, en nombre y representación del Estado, otorgará la Escritura Pública de transferencia a favor de la EmpresaTransportes Barcino S.A. Artículo 5º.- La Zona Registral Nº XII - Sede Arequipa de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicosinscribirá la transferencia de propiedad a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, por el mérito de la correspondiente Escritura Pública. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será re- frendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 23051 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G76/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G69/G72/G65/G63/G2D /G74/G61/G20/G64/G65/G20/G74/G65/G72/G72/G65/G6E/G6F/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G50/G75/G6E/G74/G61/G20/G4E/G65/G67/G72/G61/G2C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61/G2C/G20/G61/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G61/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 253-2003-EF Lima, 10 de diciembre de 2003 Visto el Expediente Nº 026-2002/SBN-JAD, por el cual la Asociación Country Club "El Bosque" solicita la adjudi-cación en venta directa del terreno de 95 543,65 m² ubica- do a la altura del kilómetro 46,40 de la antigua carretera Panamericana Sur, distrito de Punta Negra, provincia ydepartamento de Lima; CONSIDERANDO:Que, el Estado es propietario del terreno de 95 543,65 m² ubicado a la altura del kilómetro 46,40 de la antigua carretera Panamericana Sur, distrito de Punta Negra, pro-vincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Elec- trónica Nº 11399393 de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicosy registrado en el Asiento Nº 12764 del Sistema de Infor- mación Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SI- NABIP, correspondiente al departamento de Lima; Que, la Asociación Country Club "El Bosque", median- te escrito recepcionado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, con fecha 10 de junio de 2002, solicita la adju-dicación en venta directa del terreno descrito en el consi- derando precedente, en el cual han edificado el centro de esparcimiento de playa para sus asociados; Que, la solicitud de venta directa tiene como antecedente la afectación en uso aprobada mediante Resolución Minis- terial Nº 060-90-VC-5600, de fecha 26 de febrero de 1990,a favor de la Asociación Country Club "El Bosque", del te- rreno de propiedad estatal de 46 094,00 m², denominado Lote Nº 4, ubicado en la margen derecha de la antigua ca-rretera Panamericana Sur, entre los kilómetros 44 y 45, distrito de Punta Negra, provincia y departamento de Lima, el que en mayor extensión es utilizado por la Asociaciónsolicitante; Que, el artículo 34º del Decreto Supremo Nº 154-2001- EF, "Reglamento General de Procedimientos Adminis-trativos de los Bienes de Propiedad Estatal", establece que la venta directa de un terreno de dominio privado del Esta- do, se aprobará mediante Resolución Suprema, siempreque se cuente con informe favorable de la Superintenden- cia de Bienes Nacionales; Que, mediante Oficio Nº 2742-2003-VIVIENDA-9321, de fecha 5 de agosto de 2003, el Consejo Nacional de Ta-saciones - CONATA, informa que el terreno antes referido tiene un valor comercial de US$ 477 718,25 (Cuatrocien- tos setenta y siete mil setecientos dieciocho y 25/100 Dó- lares Americanos); Que, mediante Oficio Nº 5524-2003/SBN-GO-JAD, de fecha 20 de agosto de 2003, se comunicó a la Aso- ciación Country Club "El Bosque", el valor comercialdel predio y la forma de pago al contado a realizarse al momento de suscribir el contrato de compraventa, quien manifestó su correspondiente conformidad mediante eldocumento recepcionado con fecha 3 de setiembre de 2003; Que, conforme al marco legal vigente, mediante el In- forme Técnico Legal Nº 185-2003/SBN-GO-JAD, de fecha 30 de octubre de 2003, la Superintendencia de Bienes Nacionales opina favorablemente por la adjudicación enventa directa del terreno antes referido; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27395, Decreto de Urgencia Nº 071-2001 y Decreto Supremo Nº154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 107- 2003-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la adjudicación en venta directa a favor de la Asociación Country Club "El Bosque", del terre- no de 95 543,65 m² ubicado a la altura del kilómetro 46,40 de la antigua carretera Panamericana Sur, distrito de Pun-ta Negra, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Electrónica Nº 11399393 de la Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de losRegistros Públicos y registrado en el Asiento Nº 12764 del Sistema de Informacion Nacional de los Bienes de Propie- dad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamentode Lima. Artículo 2º.- El valor del terreno cuya venta se aprueba asciende a US$ 477 718,25 (Cuatrocientos setenta y sietemil setecientos dieciocho y 25/100 Dólares Americanos), conforme a la valorización efectuada por el Consejo Na- cional de Tasaciones - CONATA, el mismo que será cance-lado al contado. Artículo 3º.- Los ingresos que se obtengan de la venta del inmueble constituirán recursos del Tesoro Público y dela Superintendencia de Bienes Nacionales en un 97% y 3%, respectivamente, una vez deducidos los gastos ope- rativos y administrativos. Artículo 4º.- La Superintendencia de Bienes Naciona- les, en nombre y representación del Estado, otorgará la Escritura Pública de transferencia a favor de la AsociaciónCountry Club "El Bosque". Artículo 5º.- La Zona Registral Nº IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ins-cribirá la transferencia de propiedad a que se refiere el ar- tículo 1º de la presente Resolución, por el mérito de la co- rrespondiente Escritura Pública. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas 23052 /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G6F/G72/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G45/G63/G6F/G6E/G6F/G6D/GED/G61/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G2C/G20/G43/G6F/G6D/G70/G65/G74/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G65/G20/G49/G6E/G76/G65/G72/G73/G69/GF3/G6E/G50/G72/G69/G76/G61/G64/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 706-2003-EF/43 Lima, 10 de diciembre de 2003CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 071-2001-EF, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 093 y 215-2001-EF se