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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (11/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G36/G38/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de diciembre de 2003 SECCIÓN II Estatuto del diplomático CAPÍTULO I Derechos de los funcionarios diplomáticos Artículo 19º.- De conformidad con el Artículo 8º de la Ley, los funcionarios del Servicio Diplomático gozan de los derechos que el ordenamiento jurídico peruano y los con- venios internacionales vigentes otorgan a los ciudadanosy a los trabajadores de la administración pública. Adicio- nalmente, tienen los derechos siguientes: a) Ejercer libremente sus derechos ciudadanos, obser- vando la obligación de confidencialidad de la información a la cual tenga acceso por su función. Los funcionarios di-plomáticos ejercerán este derecho de manera compatible con los deberes a que se refiere el Artículo 9º de la Ley. b) A no ser excluidos del Servicio Diplomático ni des- poseídos de su categoría, ni removidos de sus cargos, sino por las causales y de conformidad a los procedimientos establecidos en el capítulo IX de la Ley y el presente regla-mento. El ejercicio de este derecho incluye el pleno respe- to al debido proceso. c) A gozar de estabilidad en el cargo, no pudiendo ser trasladados a la Cancillería sin expresión de causa antes del término de sus funciones en el exterior. El presente reglamento, en su artículo 87º, establece las razones parael término de las funciones en el exterior. d) A desarrollar su carrera de acuerdo a las necesida- des institucionales y sus expectativas profesionales. Lasexpectativas profesionales deberán estar fundadas en méritos y grado de especialización. e) A expresar opinión ante las instancias correspon- dientes de la Cancillería sobre los cargos que podría des- empeñar tanto en Lima como en el exterior. La Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos estableceráun sistema para que los funcionarios puedan hacer llegar sus preferencias. f) A su capacitación y desarrollo profesional con apoyo del Estado de acuerdo con lo previsto en el presente regla- mento. g) A recurrir a la Comisión de Personal cuando consi- deren que se presentan situaciones que afecten sus dere- chos o que puedan comprometer el cumplimiento de sus deberes. Con este fin, los funcionarios en esa situacióndeberán dirigir una petición al presidente de la Comisión de Personal dentro de los quince (15) días hábiles de pro- ducido el hecho. La Comisión de Personal deberá resolverdentro de los treinta (30) días de recibida dicha petición, sin perjuicio de recomendar anteladamente, si la situación así lo amerita, medidas apropiadas de carácter cautelar afavor del recurrente. h) Al debido proceso por las vías administrativa y judi- cial de conformidad con lo previsto en la Constitución, lasleyes sobre la materia, así como en las Convenciones so- bre Derechos Humanos de las cuales el Perú es parte. El Ministerio de Relaciones Exteriores garantiza el debidoproceso en la vía administrativa. i) A la preservación de la unidad familiar, la protección y el bienestar de sus dependientes, así como al desarrolloprofesional de los cónyuges. Los funcionarios diplomáti- cos cónyuges serán nombrados a prestar servicios en el exterior en un mismo país y en una misma ciudad, en unamisión o misiones distintas, o en ciudades cuya proximi- dad promueva la unidad familiar. Los cónyuges no podrán ser nombrados en la misma misión si uno de ellos ejercesu jefatura. Ambos funcionarios diplomáticos percibirán las re- muneraciones que corresponden a su categoría, con ex-cepción de los gastos de traslado e instalación que se otorgarán a uno de ellos, de acuerdo al principio de la unidad familiar. La cónyuge percibirá la bonificación fa-miliar así como la bonificación especial por familia, con- forme lo establece la ley. Uno de ellos percibirá el se- senta por ciento de la asignación por servicio exterior.Para dicho fin ambos cónyuges deberán comunicar a la Dirección General de Desarrollo de Recursos Humanos cual de ellos lo recibirá. La Cancillería considerará la posibilidad de acceder al pedido de los funcionarios diplomáticos de servir durante todo su período en el exterior en un solo destino o país afin de preservar su unidad familiar. Asimismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores continuará promoviendo la sus- cripción de acuerdos con otros Estados para facilitar quelos cónyuges y familiares dependientes del personal acre- ditado en todas las misiones del Perú en el exterior puedan realizar labores remuneradas en sus territorios. j) A obtener el reconocimiento oficial en el Perú de los estudios realizados en el exterior por el funcionario diplo- mático y sus dependientes, cualquiera que sea el grado o naturaleza de éstos. La Dirección General de Desarrollode Recursos Humanos, con el apoyo de la Oficina de Asun- tos Legales y en coordinación con el Ministerio de Educa- ción y la Asamblea Nacional de Rectores, establecerá elprocedimiento sobre el particular. k) Al otorgamiento y uso del pasaporte diplomático, ex- tensivo a su cónyuge y sus dependientes. Tienen derechoal pasaporte diplomático los hijos e hijas menores de 18 años y aquellos mayores de 18 años que se encuentren estudiando una profesión u oficio. Adicionalmente, goza-rán de ese derecho, siempre que residan con el funciona- rio, las hijas solteras y los hijos e hijas mayores con disca- pacidad que no se encuentren en aptitud de atender a susubsistencia, así como el padre o la madre en estado de viudez que sean sus dependientes. Artículo 20º.- Los funcionarios diplomáticos, desde la categoría de Tercer Secretario hasta Ministro, tienen la obligación de devolver su pasaporte diplomático ylos de sus dependientes dentro de los treinta (30) días posteriores a su pase al retiro y, de inmediato, tendrán derecho al pasaporte especial. Sin embargo, si incum-plen el plazo de entrega, perderán su derecho a dicho pasaporte. Los pasaportes diplomáticos tendrán una validez de seis años y serán autorizados por la Dirección Nacional de Pro- tocolo y Ceremonial del Estado, bajo responsabilidad, pre- via confirmación del cumplimiento de las normas estable-cidas en la Ley y en el presente reglamento. Los pasapor- tes expedidos a los funcionarios desde la categoría de Ter- cer Secretario hasta Ministro serán firmados por el Direc-tor General de Desarrollo de Recursos Humanos. Los pa- saportes diplomáticos de los Embajadores y sus depen- dientes seguirán, para su expedición, el mismo procedi-miento, siendo firmados por el Viceministro Secretario Ge- neral, así como los correspondientes a los embajadores en retiro y sus cónyuges. La renovación de los pasaportes diplomáticos se- guirá el mismo procedimiento de su expedición. Pue- den renovarse en el exterior por una sola vez, exclusi-vamente por el jefe de Misión Diplomática correspon- diente, previa autorización de la Cancillería en el térmi- no de la distancia. La pérdida de un pasaporte diplomático deberá ser ob- jeto de una denuncia policial, la misma que deberá adjun- tarse a la comunicación dando cuenta del hecho. Esa co-municación deberá remitirse a la Cancillería en un plazo no mayor de 72 horas, bajo responsabilidad. CAPÍTULO II Deberes de los funcionarios Artículo 21º.- Por la responsabilidad que les compete y la labor de representación que ejercen, los funcionarios del Servicio Diplomático tienen los siguientes deberes yobligaciones: a) Respetar la Constitución, las leyes de la República y los instrumentos internacionales ratificados por nuestro país. b) Guardar lealtad a la Nación y al Estado y cautelar sus derechos e intereses. c) Contribuir al fortalecimiento de la democracia y pro- mover el respeto de los derechos humanos. d) Asistir a los nacionales en el exterior, supervisando, promoviendo y ejecutando permanentemente la defensa de sus derechos, sean personas naturales o jurídicas. e) Cumplir los principios y normas que rigen el Servicio Diplomático y contribuir al fortalecimiento y defensa insti- tucionales. f) Observar las normas que regulan la confidencialidad de la información que por su función conozcan aun cuando dejaran de estar en situación de actividad. g) Capacitarse y perfeccionarse profesionalmente, en el marco de un proceso de mejora permanente. h) Cumplir eficientemente sus funciones para el logro de los objetivos de la política exterior del Perú. i) Ejercer responsablemente la autoridad que se les sea conferida, respetando los derechos de sus colaboradores.