Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2003 (27/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de diciembre de 2003

Que lo expuesto en dichos informes justifican tecnica y legalmente la exoneracion del MORDAZA de seleccion para el Servicio de Mensajeria y Transporte de Carga a Nivel Nacional, cumpliendose asi con lo establecido en el articulo 113º del mencionado Reglamento; Que asimismo, la Oficina General de Planificacion del SENASA se ha pronunciado sobre la existencia de disponibilidad presupuestal para la presente contratacion; Estando a lo expresado y de conformidad con lo dispuesto en los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 y en los articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, y en uso de las facultades conferidas en el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 02495-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del SENASA, y con los vistos de los Directores Generales de Administracion, Planificacion y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Mensajeria y Transporte de Carga a Nivel Nacional, por un plazo de cuatro (4) meses calendario, contado a partir del 10 de diciembre del 2003, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion en tanto se lleve a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda. Articulo 2º.- Exonerar de la Adjudicacion Directa Selectiva la contratacion a que se refiere el articulo primero, que se realizara a traves del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion de Menor Cuantia, hasta por un monto MORDAZA de S/. 21,854.00 (Veintiun mil ochocientos cincuenta y cuatro y 00/100 Nuevos Soles), incluido el Impuesto General a las Ventas, con cargo a los recursos de la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, el mismo que se encontrara a cargo de la Direccion Logistica de la Oficina General de Administracion del SENASA. Articulo 3º.- La presente contratacion se regulara por las disposiciones contenidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su reglamento y normas complementarias y modificatorias de la materia. Articulo 4º.- Disponer que la Direccion General de Administracion remita copias de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias naturales siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefe 24048

res y explosivos del sistema de fragilizacion de la cupula de los aviones T-27 (Tucano); CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aerea del Peru, ha programado en su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de caracter Publico del Ano Fiscal 2003, realizar el MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional, para la adquisicion de los cartuchos para los asientos eyectables, inspecciones overhaull para asientos de eyeccion, material para el reemplazo por condicion en la inspeccion overhaull, material para equipos auxiliares y explosivos del sistema de fragilizacion de la cupula de los aviones T-27 (Tucano); Que, mediante el Informe Tecnico Nº 001-2003 de fecha 7 de agosto del 2003, suscrito por el Jefe del Departamento de Abastecimiento del Servicio de Material de MORDAZA de la Fuerza Aerea del Peru, considera la necesidad de adquirir los bienes que se han nombrado en el considerando precedente necesarios para la operatividad de los aviones T-27 (Tucano), materiales que solo pueden ser suministrados por los unicos fabricantes de estos, la compania MORDAZA BAKER AIRCRAFT LIMITED de Inglaterra, fabricante de Kits de asientos de eyeccion y la Empresa BRASILEIRA DE AERONAUTICA S.A. del Brasil (EMBRAER), fabricante de la aeronave T-27 (Tucano); Que, la Fuerza Aerea del Peru, sustenta la exoneracion del MORDAZA de Licitacion Publica Internacional para la adquisicion de los bienes ya referidos en la carta de fecha 23 de octubre del 2003, formulada por el Mayor Funcionario Comercial, representante de la Compania MORDAZA BAKER AIRCRAFT LIMITED, dirigida al Jefe del Servicio de Material de MORDAZA, senalando que dicha Compania es el fabricante del Equipo Original (OEM) de sistemas de la tripulacion del avion en el servicio activo por la Fuerza Aerea Peruana, tambien, en la carta de fecha 24 de octubre del 2003, suscrito por el Gerente de la Empresa EMBRAER S.A., dirigida al Jefe del Servicio de Material de MORDAZA, manifiesta que la Empresa BRASILEIRA AERONAUTICA S.A. es el unico distribuidor de los explosivos para el Sistema de Fragilizacion de la cupula del avion T-27 (Tucano), lo que se corrobora con el citado Informe Tecnico que determina que las mencionadas companias son las unicas fabricantes en su genero de dichos bienes; Que, el Informe Legal Nº 001-2003 de fecha 7 de agosto del 2003 formulado por el Asesor Legal del Servicio de Material de MORDAZA de la referida Institucion Armada, establece que es procedente gestionar la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional, por la causal de bienes que no admiten sustitutos, para la adquisicion de cartuchos de asientos eyectables, inspecciones overhaull para asientos de eyeccion, material para el reemplazo por condicion en la inspeccion overhaull y material para equipos auxiliares, y explosivos del sistema de fragilizacion de cupula de los aviones T-27 (Tucano), a la Compania MORDAZA BAKER AIRCRAFT LIMITED de Inglaterra y a la Empresa BRASILEIRA DE AERONAUTICA S.A. del Brasil (EMBRAER) por encontrarse enmarcada dentro de los alcances del inciso f) del articulo 19º, del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los articulos 105º y 116º del Reglamento de dicha Ley; Que, el inciso f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM del 12 de febrero del 2001, dispone entre otros aspectos, que: "estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos"; Que, los articulos 105º y 116º del citado Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado disponen que la Contratacion por Bienes que no Admiten Sustitutos, se efectua mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, para tal efecto la entidad compe-

DEFENSA
Autorizan adquisicion de bienes para aviones mediante adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 2114-2003-DE/FAP MORDAZA, 22 de diciembre de 2003 Visto, el Oficio V-67-COFA-SACFA Nº 509 del 2 de setiembre del 2003, de la Comandancia General de la Fuerza Aerea del Peru solicitando la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica Internacional para la adquisicion de los cartuchos de asientos eyectables, inspecciones overhaull para asientos de eyeccion, material para el reemplazo por condicion en la inspeccion overhaull, material para equipos auxilia-

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