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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G33/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de diciembre de 2003 C. DE LA INVERSION EXTRANJERA A REGISTRARSE EN: C.2 Transferencia de Acciones, Participaciones o Derechos (Acompañar Anexo 2)C.1 Constitución o aumento del capital de empresas (Acompañar Anexo 1) C.4 Inversiones destinadas a la adquisición de títulos, documentos y papeles financieros cotizados en bolsa de valores o certificados de depósito bancario en moneda nacional o extranjera (Acom pañar Anexo 4 )C.3 Contratos de asociación en participación o similares (Acompañar Anexo 1) C.2 Bienes ubicados físicamente en el territorio de la República (Acompañar Anexo 3) D. DOCUMENTOS SUSTENTATORIOS: D.1 CONSTITUCIÓN DE EMPRESAS O AUMENTOS DE CAPITAL, O APORTES DESTINADOS A ASOCIACIONES EN PARTICIPACIÓN O SIMILARES. D.1.1 Cuando se trate de aportes en moneda libremente convertible, en los casos de constitución de empresas o aumento de capita l de empresas, inversiones en bienes ubicados físicamente en el territorio nacional y en contratos de asociación o similares, se aco mpañará copia fotostática del documento o documentos que certifiquen la canalización de los aportes provenientes del exterior al país, a trav és del Sistema Financiero Nacional. En el caso de aportes destinados a la constitución de empresas, podrá acreditarse el giro a nombre del mandatario o apoderado d el inversio- nista, debiendo certificarse tal condición. D.1.2 En el caso de la capitalización de obligaciones privadas con el exterior, deberá acreditarse la existencia de la obligaci ón pendiente de pago, mediante presentación de copia de los documentos contables correspondientes y, cuando se trate de préstamos, deberá acred itarse la canalización de los fondos desde el exterior al país a través del Sistema Financiero Nacional. En los casos que el inversionista requiera que la capitalización de tales préstamos sea tomada en cuenta para el cumplimiento d e los compro- misos de inversión contenidos en un convenio de estabilidad jurídica, deberá presentarse un informe de una sociedad auditora de bidamente registrada que certifique que los recursos han sido canalizados al país a través del Sistema Financiero Nacional, así como su capitalización. D.1.3 Cuando se trate de aportes en bienes físicos o tangibles en los casos de constitución o aumento de capital de empresas, o en el caso de contratos de asociación en participación o similares, se acompañará copia de la Factura Comercial, libre de pago, y de la Póliz a de Importación emitida por la Administración de la Aduana correspondiente D.1.4 Cuando se trate de aportes en contribuciones tecnológicas intangibles, se acompañará copia del certificado de registro de la marca, patente u otro elemento de la propiedad industrial, expedido por el INDECOPI, que acredite el derecho, vigente, a nombre del in versionista, así como copia del Acta de la Junta de Directorio o de la Junta de Accionistas, donde conste la confirmación de la valorización efe ctuada, o copia del contrato correspondiente, en el caso de asociaciones en participación o similares. D.1.5 Cuando se trate de aportes en moneda nacional con derecho a giro, por concepto de utilidades, dividendos, regalías u otro tipo de acreencias devengadas deberá acreditarse, mediante copia de los documentos contables pertinentes, la disponibilidad de los recu rsos con derecho a giro. Adicionalmente, en el caso de regalías, deberá adjuntarse copia de la Resolución de Registro, ante el organismo nacional competente, del contrato que generó la obligación. D.1.6 En el caso de capitalización de utilidades, así como de cuentas de reserva, deberá presentarse proporcionarse información complemen- taria sobre el origen de los fondos (p.e.ejercicio al cual pertenecen las utilidades) D.1.7 En el caso de prima de emisión, deberá proporcionarse información sobre la emisión de las acciones, su valor nominal y va lor de transacción. El registro contable de la inversión se acreditará mediante el asiento contable en la cuenta capital adicional. D.1.8 En el caso de reorganización de empresas, adjuntar copia del Testimonio de Escritura Pública de reorganización de la empr esa receptora de inversión, debidamente inscrita ante el registro que corresponda; o, por lo menos la Escritura Pública en proceso de inscrip ción, lo que se acreditará mediante la presentación del parte o título correspondiente En todos los casos deberá presentarse copia del asiento contable de capitalización correspondiente Cualquier otra modalidad no considerada (presentar documentación según corresponda). D.2 TRANSFERENCIA DE ACCIONES D.2.1 En el caso de adquisición de acciones a un inversionista nacional, se acompañará copia fotostática del documento o doc umentos que certifiquen la canalización de los aportes a través del Sistema Financiero Nacional, en los que debe figurar el nombre o razón social del inversionista adquirente, como girador en el exterior, contra cuenta abierta en banco o entidad financiera del exterior, a nomb re del vendedor de las acciones, y copia del asiento correspondiente en el Libro de Registro y Transferencia de Acciones. D.2.2 En caso de transferencia de acciones entre inversionistas extranjeros, se presentará copia del asiento correspondiente en el Libro de Registro y Transferencia de Acciones. La información proporcionada tiene carácter de Declaración Jurada, las copias fotostáticas deberán ser refrendadas por el repre sen- tante del solicitante _________________________________________ Firma del Representante Legal del Solicitante