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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2003 (27/12/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G38/G33/G34/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 27 de diciembre de 2003 /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G53/G75/G62/G2D /G70/G72/G65/G66/G65/G63/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 2251-2003-IN-1501 Lima, 23 de diciembre del 2003 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0017-2002-IN-1501 de fecha 10 de enero del 2002 se designó a don Edgar GONZALES POLAR, en el cargo público de confianza deSubprefecto de la provincia de Arequipa del departamento de Arequipa; Que, es necesario dar por concluida la designación, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27594 de fecha 13 de diciembre del 2001, y lo dispuesto en elartículo 25º del Decreto Legislativo Nº 370 -Ley Orgánica del Ministerio del Interior-; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- DAR POR CONCLUIDA la designa- ción de don Edgar GONZALES POLAR, en el cargo públi- co de confianza de Subprefecto de la provincia de Arequi-pa del departamento de Arequipa, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ROSPIGLIOSI C. Ministro del Interior 24055 PRODUCE /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G74/GFA/G6E DECRETO SUPREMO Nº 038-2003-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley Ge- neral de Pesca, establece que son patrimonio de la Naciónlos recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas juris- diccionales del Perú y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racionalde dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que mediante Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODU- CE, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, estableciéndose en su artículo 6º la posibilidad del acceso de los buques de bandera extranjera a la ex-tracción de atunes en aguas jurisdiccionales peruanas; Que a efectos de coadyuvar al cumplimiento de la nor- matividad pesquera por parte de los armadores de buquesatuneros de bandera extranjera, se hace necesario modifi- car el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2003-PRO-DUCE; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8º del artículo 118º de la Constitución Política y el Reglamentode la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2001-PE; DECRETA: Artículo 1º.- Modificar el artículo 7º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado mediante De- creto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, incluyéndose unséptimo numeral, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “7.7. No se otorgarán permisos de pesca, ni se renova- rán los ya obtenidos, a los armadores de buques atunerosde bandera extranjera que mantengan procedimientos ad- ministrativos pendientes con el Ministerio de la Producción, incluido el procedimiento de cobranza coactiva. De la mis-ma manera, no se renovarán los permisos de pesca a los armadores de buques atuneros de bandera extranjera que habiendo suscrito el Convenio de Abastecimiento a que sehace referencia en el numeral 7.5. del presente artículo, no cumplan con destinar el producto de la extracción a esta- blecimientos industriales con licencia de operación otorga-da por el Ministerio de la Producción para la elaboración de conservas, congelados o curados.” Artículo 2º.- Modificar el numeral 10.1 del artículo 10º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, apro- bado mediante Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE,el cual quedará redactado de la siguiente manera: “10.1. La Dirección Nacional de Extracción y Procesa- miento Pesquero (DNEPP), llevará el control de las autori- zaciones de incremento de flota y de los permisos de pes- ca otorgados a los armadores de embarcaciones pesque-ras atuneras con relación al plazo de vigencia, monto de los derechos abonados, cumplimiento de los Convenios de Abastecimiento suscritos por armadores de buques atune-ros de bandera extranjera al amparo de lo establecido en el artículo 17º del Reglamento de la Ley General de Pesca y demás especificaciones que el Ministerio de la Produccióndetermine.” Dado en la Casa de Gobierno a los veintitrés días del mes de diciembre del año 2003. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la Producción 24068 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 SBS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G68/G6F/G2D /G72/G72/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G72/G65/G71/G75/G69/G70/G61/G20/G65/G6C/G20/G74/G72/G61/G73/G6C/G61/G64/G6F /G64/G65/G20/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G75/G62/G69/G63/G61/G64/G61/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G63/G69/G75/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G49/G6C/G6F RESOLUCIÓN S.B.S. Nº 1739-2003 Lima, 17 de diciembre de 2003 El Superintendente Adjunto de Banca VISTA:La solicitud presentada por la Caja Municipal de Are- quipa (CMAC-AREQUIPA), para que se le autorice el tras-lado de su Oficina ubicada en el jirón Zepita Nº 222 con Dos de Mayo Nº 216 de la ciudad de Ilo, departamento de Moquegua, a su nueva ubicación, sito en el jirón Zepita Nº301-311-315 esquina con calle Dos de Mayo Nº 219 de la ciudad de Ilo, departamento de Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de la referida Oficina, conforme lo establece el Procedimiento12º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente;