Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2003 (27/12/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

REQUISITOS DERECHO DE PAGO EVALUACION PREVIA AUTOMATICA POSITIVO (30 dias habiles) (o quien haga sus veces) NEGATIVO FORMA DE PAGO COSTO DE LA UIT

CALIFICACION DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO

Nº de orden (o quien haga sus veces)

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE (VIA DOCUMENTAL)

AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE O AUTORIDAD COMPETENTE EN 1ERA. INSTANCIA

AUTORIDAD QUE RESUELVE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS O AUTORIDAD COMPETENTE EN 2DA. INSTANCIA

publicado el 02/09/91, Art. 42 del D.Leg. Nº 757, publicado el 13/11/91, Ley Nº 27391, publicada el 30/12/00, D.S. Nº 162-92-EF, publicado el 12/10/92, D.S. Nº 136-97-EF, publicado el 29/10/97 y D.S. Nº 033-2000-EF, publicado el 18/04/00).

2. Poderes donde se acredite las facultades del representante o los representantes para contratar en nombre del o los representados, o MORDAZA de los mismos. Los Poderes otorgados en el exterior deberan estar legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores.

El recurso de Apelacion es resuelto por el Director Ejecutivo (o quien haga sus veces)

3. El cesionario debera presentar el documento que acredite su existencia legal en el MORDAZA de domicilio, debidamente legalizado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores. X Efectivo 100% Procedimiento sujeto a Silencio Administrativo NEGATIVO (30 dias habiles) Mesa de Partes Jefe de la Direccion de El recurso de Reconsideracion es resuelto Promocion y Apoyo al por el Jefe de la Direccion de Promocion Inversionista Privado y Apoyo al Inversionista Privado (o quien haga sus veces) (o quien haga sus veces)

MORDAZA, sabado 27 de diciembre de 2003

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Suscripcion de Adenda de Convenio de Estabilidad Juridica por Fusion o Escision (D.Leg. Nº 662, publicado el 02/09/91, D.Leg Nº 757, publicado el 13/11/91, Ley Nº 27391, publicada el 30/12/00, D.S. 162-92-EF, publicado el 12/10/91, D.S. Nº 136-97-EF, publicado el 29/10/97, D.S. Nº 048-98-EF, publicado el 20/06/98 y D.S. Nº 033-2000-EF, publicado el 18/04/00).

1. Solicitud dirigida a la Direccion de Promocion y Apoyo al Inversionista Privado, en la cual se debera precisar la fecha en que se suscribio el convenio de estabilidad juridica. 2. En el caso que el representante legal de la empresas a fusionarse fuera el mismo que suscribiera el Convenio inicial, debera presentar: - Certificado de Vigencia de los Poderes.

Si fuera MORDAZA apoderado debera presentar: - Poder donde se acredite las facultades del representante para contratar en nombre del representado, o MORDAZA del mismo.

El recurso de Apelacion es resuelto por el Director Ejecutivo (o quien haga sus veces)

Los Poderes otorgados en el exterior deberan estar legalizados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores

3. Testimonio de Fusion o Escision segun corresponda, inscrito ante el registro correspondiente, o en MORDAZA de inscripcion, lo que se acreditara mediante la MORDAZA del parte o titulo pertinente. X Efectivo 20% Procedimiento sujeto a Silencio Administrativo NEGATIVO (Debe resolverse en el termino de 30 dias habiles) Mesa de Partes Jefe de la Direccion de Promocion y Apoyo al Inversionista Privado (o quien haga sus veces)

NORMAS LEGALES

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Recurso Administrativo 1. Recurso dirigido al Jefe de la Direccion de Promocion y Apoyo de Reconsideracion, aplicable a los al Inversionista Privado, cumpliendo con los requisitos numeros de orden del 1 al 10 del MORDAZA (Art. previstos en el articulo 113 de la Ley Nº 27444 . Debiendo 113, Art.208 y Art. 211 y sgtes. de la Ley Nº ser autorizado por letrado. 27444 publicada el 11/04/01, D.S. Nº 2. Nueva prueba. 028-2002-PCM publicado el 25/04/02 y D.S. Nº 095-2003-EF publicado el 04/07/03) Debe interponerse en el termino perentorio de 15 dias habiles, contado a partir del dia habil siguiente de la notificacion o la publicacion del acto administrativo. X Efectivo 20%

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Recurso Administrativo 1. Recurso dirigido al Jefe de la Direccion de Promocion y Apoyo de Apelacion, aplicable a los al Inversionista Privado, cumpliendo con los requisitos numeros de orden del 1 al 10 del MORDAZA previstos en el articulo 113 de la Ley Nº 27444 . Debiendo (Art. 113, Art.209 y Art. 211 y sgtes. de la Ley Nº ser autorizado por letrado. 27444 publicada el 11/04/01, Art. 3 del D.S. Nº 2. Diferente interpretacion de las pruebas producidas, o 028-2002-PCM publicado el 25/04/02 y Art. 4 trate de cuestiones de derecho. del D.S. Nº 095-2003-EF publicado el 04/07/03) 3. Autorizado por letrado. Debe interponerse en el termino perentorio de 15 dias habiles, contado a partir del dia habil siguiente de la notificacion o la publicacion del acto administrativo.

Procedimiento sujeto a Silencio Administrativo NEGATIVO (Debe resolverse en el termino de 30 dias habiles)

Mesa de Partes

Director Ejecutivo (o quien haga sus veces)

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NOTA : En todos los casos se aplicara: 1. Las Solicitudes tendran el valor de Declaracion Jurada, conteniendo los datos relacionados al requerimiento. En el caso de que el interesado delegue la facultad de ser representado por tercera persona, debera acreditar tal facultad mediante la MORDAZA de carta poder simple. 2. Si se presentan copias fotostaticas de los documentos solicitados, estas podran ser legalizadas por un Notario o autenticadas por el Fedatario de PROINVERSION. 3. Las solicitudes y formularios seran suministrados en la Mesa de Partes o descargadas en la siguiente direccion: http://www.proinversion.gob.pe. 4. Las adendas referidos a modificacion de errores materiales o formales no estaran sujetos a Derecho de Pago.

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