Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2003 (05/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, MORDAZA 5 de enero de 2003
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, en la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, se llevara a cabo la Reunion de Coordinacion MORDAZA y la "II Reunion del Grupo Ad Hoc de Reglas de Origen", del 7 al 10 de enero de 2003, en el MORDAZA del MORDAZA de negociaciones del Area de Libre Comercio de las Americas - ALCA; Que, la Agenda de dichas reuniones contempla la revision del informe del Comite Tripartito sobre el procesamiento de las propuestas recibidas y consideraciones sobre la matriz comparativa; asimismo, se definira un lenguaje comun o codificacion para el tratamiento de las propuestas sobre reglas de origen especificas y la negociacion de las reglas de origen especificas de los capitulos 1 al 24 del Sistema Armonizado; Que, los asuntos que se revisaran y negociaran en dichas Reuniones, son de interes para el MORDAZA como miembro del MORDAZA, razon por la cual es necesario autorizar la participacion de representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el inciso b) del literal 3.1 del Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002 establece medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el ano 2002 y senala que se puede autorizar viajes al exterior con cargo a recursos publicos cuando los viajes tienen por finalidad efectuar acciones de promocion y/o negociacion economica y comercial de importancia para el Peru; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley Nº 27619, Decreto de Urgencia Nº 030-2002 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora de Acceso a MORDAZA, de la Direccion Nacional de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, del 6 al 11 de enero de 2003 y de la senorita Ina MORDAZA Casasola, funcionaria de la Direccion de Acceso a Mercados, del 7 al 11 de enero de 2003, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, con el objeto que asistan a las reuniones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ 442.50 US$ 1,000.00 US$ 25.00

VISTO, el Informe Nº 81-2002-DIRSAN.PNP/JEM del 27DIC2002 formulado por el Estado Mayor de la DIRSAN PNP en relacion a la Resolucion Nº 884-2002-TC.S1 del 19NOV2002 emitido por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, respecto de la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 187-2002-DIRSAN-PNP/CEP .UA sobre Contratacion de Servicio de Limpieza en el local del Hospital MORDAZA B. MORDAZA PNP en la que se hace mencion a deficiencias en que se ha, bria incurrido en dicho MORDAZA acarreando de oficio la nulidad; CONSIDERANDO: Que, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que son nulos los actos administrativos cuando son dictados por organo incompetente, contravengan las normas legales, contengan un imposible juridico o prescindan de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable; Que, el Comite Especial Permanente otorgo la Buena Pro en la Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 1872002-DIRSAN-PNP/CEP-UA al postor Consorcio Zagaro S.A.C. - Zace E.I.R.L. por el monto de su propuesta ascendente a S/. 97,760.00, seguido del postor SERVIGEN SMPF SRL con el objeto de contratar los servicios de limpieza en el local del Hospital MORDAZA B. MORDAZA PNP Lima; Que, acatando el pronunciamiento del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado por ser el Organo Superior en Contrataciones y Adquisiciones del Estado, al haber considerado que el Comite Especial Permanente encargado de llevar a cabo el procesos de seleccion convoco sin que exista una aprobacion de las Bases, infringiendo lo establecido en el Art. 25º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y que posteriormente al presentar dichas Bases, las mismas que adolecen de diversas deficiencias tales como consignar un puntaje total de 170 puntos, 70 adicionales al puntaje total, asi como no se observa que la evaluacion efectuada por el Comite para el otorgamiento de la Buena Pro se condiga con el detalle de los factores de evaluacion de sus Bases; Que, por otro lado no se evidencia que el Comite Especial Permanente MORDAZA analizado debidamente las funciones que estarian a cargo de cada una de las Empresas Zagaro S.A.C. Zace E.I.R.L., teniendo en cuenta que Zace EIRL, no se encontraria facultada para realizar intermediacion laboral en los terminos previstos en la Ley Nº 27626 ni inscrita en el Registro Nacional de Empresas y entidades que realicen actividades de intermediacion laboral, razon por la cual su participacion deberia circunscribirse a actividades que carezcan de impedimento; Que, por tal motivo resulta necesario, conforme lo dispone el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 187-2002-DIRSAN-PNP-CEP/UA, en razon de las deficiencias anotadas en la Resolucion Nº 884-2002-TC.S1 del 19NOV2002, retrotrayendose el mismo a la etapa inicial; es decir, a la elaboracion de Bases; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 19850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 00122001-PCM, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Resolucion Ministerial Nº 469-2002-EF/10; Lo informado por la Oficina de Asesoria Juridica de la DIRSAN PNP con Dictamen Nº 946-2002-PNP-DIRSAN.OAJ del 22NOV2002; Lo propuesto por el MORDAZA Odo. PNP Jefe de Estado Mayor; Lo opinado por el Subdirector de la Direccion de Sanidad de la PNP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar de oficio la Nulidad del MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia Nº 1872002-DIRSAN-PNP/CEP-UA, en razon de las deficiencias anotadas en la Resolucion Nº 884-2002-TC.S1 del 19NOV2002, por los argumentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, retrotrayendose el MORDAZA a la etapa inicial; es decir, a la elaboracion de Bases. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion Directoral, dentro de los CINCO (5) dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIEGUEZ MORDAZA Director de Sanidad PNP 00159

INA MORDAZA CASASOLA Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC US$ US$ US$ 395.96 800.00 25.00

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a la realizacion del viaje, las funcionarias autorizadas mediante el Articulo 1º, presentaran al Titular del Sector un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos en las reuniones a las que asistiran. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VILLARAN DE LA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 22966

INTERIOR
Declaran la nulidad de procesos de seleccion convocados para la contratacion de servicios de limpieza en hospitales y clinica de la PNP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 052-2002-DIRSAN PNP/SEC.UT MORDAZA, 28 de diciembre del 2002

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