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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2003 (05/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 236579 NORMAS LEGALES Lima, domingo 5 de enero de 2003 ventud, para el uso de la infraestructura municipal en apoyo a los planes de acción de la juventud. j) Prestar apoyo logístico al Comité Metropolitano de Políticas de Juventud de la Ciudad de Lima para el diseñode las políticas de juventud, así como en la ejecución desus planes y programas de actividades. Artículo 18º.- Las Municipalidades Distritales asignarán las funciones y competencias establecidas en la presente Ordenanza para el PROMEJ, al órgano que corresponda ocrearán un organismo similar al Promej, cuyos lineamientosgenerales serán los de normar, promover, dirigir, coordinar,ejecutar y supervisar las actividades orientadas a laparticipación y protagonismo juvenil en el distrito, implemen- tando para ello las estrategias necesarias. CAPÍTULO IV COORDINADORA METROPOLITANA DE PROGRAMAS MUNICIPALES DE JUVENTUD Artículo 19º.- La Coordinadora Metropolitana de Pro- gramas Municipales de Juventud, es una instancia colegia-da de coordinación y articulación de los Programas Munici-pales de Juventud -o sus equivalentes- con las siguientesfunciones: a) Facilitar la conformación de redes y el intercambio de experiencias entre los programas municipales de jóvenes. b) Ejecutar acciones de ámbito metropolitano o en asun- tos relacionados con la juventud y su participación. c) Fomentar la información y formación para el ejercicio de la ciudadanía por parte de los jóvenes. d) Promover la ampliación del acceso de los jóvenes a bienes y servicios. e) Desarrollar campañas preventivo-promocionales so- bre salud sexual y reproductiva, problemas asociados a lasdrogas, alcoholismo, violencia, etc. f) Mejorar las posibilidades de integración social y ejer- cicio de la ciudadanía por parte de los jóvenes. Artículo 20º.- La Coordinadora Metropolitana de Progra- mas Municipales de Juventud, tendrá dos órganos de di-rección: a) Asamblea General b) Junta Coordinadora Artículo 21º.- La Asamblea General es el órgano de máxima decisión de la Coordinadora, sus acuerdos obligan a los integrantes. Está conformada por todos los represen- tantes de los Programas Municipales de Juventud miem-bros de la Coordinadora. Artículo 22º.- La Junta Coordinadora es el órgano de dirección, planificación, coordinación y organización de lasactividades y asambleas de la Coordinadora. Artículo 23º.- La Junta Coordinadora está integrado por 5 miembros. La Coordinación General estará a cargo delresponsable del PROMEJ, en representación del AlcaldeMetropolitano de Lima. Los otros 4 miembros serán elegi-dos por un período de un año por todos los miembros de laCoordinadora, quienes asumirán el cargo de Coordinado- res Conales. Entre los 4 Coordinadores Conales, la Asam- blea General elegirá la Subcoordinación General. CAPÍTULO V CONSEJO METROPOLITANO DE PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD DE LA CIUDAD DE LIMA Artículo 24º.- El Consejo Metropolitano de Participación de la Juventud de la ciudad de Lima, es un organismo cole-giado, autónomo, de carácter social, cuyos fines son pla-near, coordinar y supervisar las estrategias, políticas y pro-gramas de atención hacia la juventud en las entidades pú-blicas y privadas en Lima Metropolitana. El CONSEJO más que un ente planificador y ejecutor de políticas, tiene como finalidad principal el fomentar lacapacidad de la juventud para pensar en sus propios pro-blemas, desarrollar su capacidad de iniciativa y ejercer supropia representación. Artículo 25º.- El CONSEJO METROPOLITANO, tendrá las siguientes funciones: a) Actuar como instancia válida de interlocución y con- sulta ante la Municipalidad Metropolitana de Lima y, la Coor-dinadora Metropolitana de Programas Municipales de Ju-ventud, así como de las entidades públicas nacionales ylas organizaciones privadas, en los temas concernientes a la juventud y el desarrollo de la ciudad; b) Cogestionar planes y programas dirigidos a la juven- tud y autogestionar recursos que contribuyan al desarrollode los mismos. c) Proponer a las respectivas autoridades, planes y programas para el cabal desarrollo de los jóvenes; d) Establecer las estrategias y procedimientos para que los jóvenes participen en el diseño de políticas, planes, pro- gramas y proyectos de desarrollo dirigidos a la juventud, yejercer veeduría en la ejecución de los mismos; e) Promover y motivar la participación juvenil en la pla- nificación, seguimiento y evaluación de las políticas nacio-nales de juventud que les afectan. f) Propiciar la valoración de prácticas positivas individua- les o grupales de jóvenes, en especial de aquellos de sec-tores urbanos pobres, en los medios de comunicación y enespecial en la televisión. g) Desarrollar campañas en torno al desarrollo de conductas y actitudes democráticas respetuosas de los derechos ciudadanos y pacíficas, propiciando que los jóve- nes rechacen las acciones destructivas y violentas queindividuos o grupos realizan; h) Promover la promoción y la difusión y el ejercicio de los derechos humanos, civiles, políticos y sociales. i) Apoyar la emergencia de iniciativas comunicacionales, artísticas y culturales de los propios jóvenes, favoreciendo su propia expresión, así como haciéndola visible a la opi-nión pública. j) Fomentar la creación de organizaciones y movimientos juveniles; k) Dinamizar la promoción, la formación integral y la participación de la juventud. l) Elegir representantes ante otras instancias de participa- ción juvenil y en general, ante aquellas cuyos estatutos yregulaciones así lo dispongan. m) Adoptar su propio reglamento de organización y funcionamiento. Artículo 26º.- El Consejo Metropolitano de Participación de la Juventud de la ciudad de Lima tendrá dos órganos dedirección: a) Asamblea General b) Junta Directiva Artículo 27º.- La Asamblea General es el órgano de máxima decisión del Consejo, sus acuerdos obligan a losintegrantes. Está conformado por cada uno de los secreta-rios generales de los Concejos Distritales de Participación de la Juventud. Asimismo, forman parte aquellas asociacio- nes y grupos juveniles, federaciones juveniles, seccionesjuveniles de aquellas asociaciones civiles que conformaninstancias específicas de juventud de ámbito metropolitano,las cuales deben tener por lo menos presencia en un terciodel territorio de la provincia de Lima. Artículo 28º.- La Junta Directiva es el órgano de direc- ción, planificación, coordinación, organización y evaluaciónde las actividades y asambleas del Consejo. Artículo 29º.- La Junta Directiva está integrado por 5 miem- bros y todos los cargos son por elección por el período de unaño. Será dirigido por el Secretario General quien será electo en la Asamblea General por todos los miembros. Los otros 4 miembros serán elegidos cada uno en su cono. Entre los 4secretarios conales, todos los miembros del Consejo elegiránal Subsecretario General. El que resultará electo SecretarioGeneral deberá dejar la secretaría general del Consejo Distri-tal de Juventudes del cual proviene. CAPÍTULO VI LOS CONCEJOS DISTRITALES DE PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD Artículo 30º.- Los Concejos Distritales de Participación de la Juventud, son organismos colegiados, autónomos, de ca-rácter social, cuyos fines son planear, coordinar y supervisarlas estrategias, políticas y programas de atención hacia la ju-ventud en las entidades públicas y privadas en el distrito. El CONSEJO más que un ente planificador y ejecutor de políticas, tiene como finalidad principal el fomentar la capacidad de la juventud para pensar en sus propios pro-blemas, desarrollar su capacidad de iniciativa y ejercer supropia representación. Artículo 31º.- El CONSEJO DISTRITAL, tendrá las si- guientes funciones: a) Actuar como instancia válida de interlocución y con- sulta ante la Municipalidad distrital, así como de las entida-