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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2003 (12/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 40

PÆg. 237134 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de enero de 2003 dad Autónoma es un Organismo Público Descentra- lizado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior yTurismo - MINCETUR, tiene su domicilio en la Ciu-dad de Tumbes y plazo de duración indefinido. Inicia-rá sus funciones una vez que se constituya su Juntade Administración. Artículo 7º.- Son funciones de la Autoridad Autóno- ma: a) Definir políticas y acciones destinadas a la super- visión del cumplimiento de las obligaciones contenidasen los contratos de concesión y a la adecuada ejecu- ción de las disposiciones contenidas en el Plan Maestro de Desarrollo; b) Definir la política para el desarrollo de la actividad turística dentro de la Zona del Proyecto Playa Hermosa- Tumbes, de acuerdo al Plan Maestro de Desarrollo; c) Gestionar y canalizar la cooperación técnica y finan- ciera internacional para el cumplimiento de sus funcio- nes, en coordinación con la Agencia Peruana de Co-operación Internacional; d) Coordinar y concertar con las autoridades compe- tentes acciones destinadas a promocionar el ProyectoPlaya Hermosa - Tumbes en el Perú y el extranjero; e) Promover la ejecución de programas, proyectos y obras para desarrollar el Proyecto Playa Hermosa - Tum-bes, concluidas las funciones encargadas a PROIN-VERSIÓN; f) Brindar servicios de información en el ámbito de su competencia; g) Las demás que resulten necesarias o convenien- tes para el desarrollo de sus fines. Artículo 8º.- La estructura, organización y funciones correspondientes a la Autoridad Autónoma del ProyectoPlaya Hermosa - Tumbes que no se determinen en el presente Reglamento, se establecerá en su Reglamen- to de Organización y Funciones, el mismo que seráaprobado por Decreto Supremo con el voto aprobatoriodel Consejo de Ministros. Capítulo II De la Junta de Administración Artículo 9º.- Los representantes del MINCETUR ante la Junta de Administración serán designados porel Ministro de Comercio Exterior y Turismo medianteResolución Ministerial, en la misma que se precisará a cual de ellos corresponde ejercer la Presidencia. El representante de la Municipalidad Provincial de Tumbes será elegido por el Concejo Municipal; elrepresentante del Gobierno Regional, será designa-do por el Consejo Regional. El representante de laCámara de Comercio y de la Producción de Tumbes será elegido por su Directorio; y, el representante de los Colegios Profesionales será elegido por los Deca-nos de estos. El período de duración de la Junta de Administración será de dos años, al término de los cuales se renovará,incluyendo a aquellos miembros que fueron elegidos para completar períodos. Sus miembros continuarán en fun- ciones, bajo responsabilidad, aun cuando hubiese con-cluido su período, mientras no se produzca la designaciónde su reemplazo. Artículo 10º.- Están impedidos de ser miembros de la Junta de Administración: a) Los incapaces; b) Los quebrados;c) Los que tengan pleito pendiente con el Estado, sea como demandantes o demandados, y los que esténimpedidos por mandato de una medida cautelar dictada por autoridad judicial o arbitral; d) Los accionistas, directores, gerentes, administra- dores, funcionarios, trabajadores o asesores de lasempresas que sean concesionarias u operen en la Zonadel Proyecto Playa Hermosa-Tumbes; los cónyuges, con-vivientes o los parientes de estos hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad; así como, quienes estén vinculados económicamente, directa o in-directamente, con las empresas y personas antes men- cionadas. Artículo 11º.- Sin perjuicio de lo establecido en el artículo precedente los miembros de la Junta de Admi-nistración no podrán por si mismos, ni por intermedio deotra persona ser directores, gerentes administradores o funcionarios de las empresas que operen en la Zona de Desarrollo del Proyecto Playa Hermosa - Tumbes. Asícomo tampoco podrán tener vinculación económica al-guna con dichas empresas; para determinar la existen-cia de vinculación económica se aplicarán los supues-tos establecidos en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo Nº 122-94- EF. La limitación dispuesta en el párrafo precedente se aplica de igual manera para el cónyuge, conviviente olos parientes hasta el segundo grado de consanguini-dad y de afinidad de los miembros de la Junta de Administración. Los miembros de la Junta de Administración que transgredan lo dispuesto en este artículo serán separa-dos inmediatamente del cargo, sin perjuicio del inicio delas acciones legales que correspondan. Artículo 12º.- La Junta de Administración es la máxi- ma autoridad; tiene a su cargo la dirección, administra- ción y control de la Autoridad Autónoma y cuenta conlas atribuciones y poderes requeridos para su representa-ción y manejo. Artículo 13º.- Son funciones y atribuciones de la Jun- ta de Administración: a) Aprobar la Política para el desarrollo de la acti- vidad turística dentro de la Zona del Proyecto PlayaHermosa - Tumbes de acuerdo al Plan Maestro deDesarrollo y en coordinación con el Viceministerio deTurismo del MINCETUR; así como las acciones destinadas a la supervisión de las obligaciones asu- midas por los concesionarios en los contratos deconcesión y la adecuada ejecución del Plan Maestrode Desarrollo. b) Aprobar el presupuesto de la Autoridad Autóno- ma; c) Aprobar la memoria y los Estados Financieros del ejercicio, sin perjuicio de las responsabilidades que co-rresponden a la instancia ejecutiva; d) Cuando corresponda conforme a Ley, proponer a PROINVERSION -y, en su defecto a quien haga sus ve-ces- la convocatoria a licitaciones públicas internaciona- les o concursos públicos de proyectos integrales para el otorgamiento de concesiones en la Zona del Proyectode Playa Hermosa-Tumbes; e) Coordinar con PROINVERSION, cuando corres- ponda, los procesos de otorgamiento de las concesio-nes de la Zona del Proyecto de Playa Hermosa-Tum- bes; f) Promover la ejecución de programas, proyectos y obras para desarrollar el Proyecto Playa Hermosa - Tum-bes, concluidas las funciones encargadas a PROIN-VERSIÓN; g) Expedir las directivas necesarias para la adecua- da implementación del Plan Maestro de Desarrollo; h) Evaluar y proponer las modificaciones al Plan Maestro de Desarrollo; i) Aprobar el procedimiento para la entrega en conce- sión a terceros de servicios incluidos en los contratosde concesión suscritos; j) Elegir entre sus miembros a un Vicepresidente, quien reemplazará al Presidente en caso de ausencia,licencia, enfermedad, impedimento o incumplimiento fun-cional, y siempre será uno de los miembros designadospor el MINCETUR; k) Aprobar las directivas necesarias para la gestión y el desarrollo de la Zona del Proyecto Playa Hermosa - Tumbes; l) Proponer la estructura orgánica de la Autoridad Autónoma de Playa Hermosa; m) Nombrar al Secretario Ejecutivo, conforme al procedimiento previsto en el artículo 14º; n) Designar y remover a los funcionarios que ocupen cargos de confianza;