TEXTO PAGINA: 41
PÆg. 237135 NORMAS LEGALES Lima, domingo 12 de enero de 2003 o) Aprobar los cuadros de asignación de personal y formu- lar los cuadros de remuneraciones; p) Supervisar la gestión administrativa y económica de los órganos ejecutivos; q) Aprobar los mecanismos de recaudación del De- recho por Explotación; r) Aprobar las contrataciones y operaciones de la en- tidad, de acuerdo a las normas internas que apruebe; s) Delegar sus atribuciones en la Secretaría Ejecu- tiva, bajo su estricta supervisión; Capítulo III De la Secretaría Ejecutiva Artículo 14º.- La Secretaría Ejecutiva es el órga- no de ejecución de los acuerdos y directivas adopta-dos en la Junta de Administración de la AutoridadAutónoma del Proyecto Playa Hermosa - Tumbes y contará con un Secretario Ejecutivo designado por la Junta de Administración a propuesta de su Presi-dente. Artículo 15º.- El Secretario Ejecutivo tiene las siguientes funciones y atribuciones: a) Ejecutar los acuerdos de la Junta de Administra- ción; b) Proponer a la Junta el proyecto de Presupuesto;c) Ejecutar el presupuesto institucional, informando periódicamente a la Junta de Administración; d) Proponer y ejecutar la política para el desarrollo de la actividad turística en la Zona de Desarrollo del Pro- yecto Playa Hermosa; e) Representar a la Autoridad Autónoma y contratar de conformidad con la normatividad vigente sobre lamateria, dentro de los límites aprobados por la Junta deAdministración; f) Coordinar y concertar con las autoridades competentes acciones destinadas a promocionar elProyecto Playa Hermosa - Tumbes en el Perú y elextranjero; g) Supervisar la ejecución y cumplimiento del Plan Maestro de Desarrollo de la Zona del Proyecto de Playa Hermosa - Tumbes; h) Supervisar el cumplimiento de las obligaciones asu- midas por los concesionarios en los contratos de conce-sión, en especial las derivadas del cumplimiento de loscompromisos de inversión; i) Supervisar y monitorear las actividades que se rea- licen en la zona; j) Velar por el cumplimiento de los estudios de im- pacto ambiental, conforme al Plan Maestro de Desarro-llo y las directivas que dicte la Autoridad Autónoma alrespecto; k) Dirigir la marcha administrativa de la Autoridad Au- tónoma; l) Proponer a la Junta de Administración la desig- nación de los funcionarios que ocupen cargos de confian-za; m) Emitir opinión técnica previa para las autoriza- ciones o licencias que conforme a ley corresponde otor- gar al MINCETUR y someterlas a consideración de la Junta de Administración; n) Coordinar con las instituciones públicas del Go- bierno Central, Gobiernos Regionales y GobiernosLocales que intervengan o participen de manera di-recta o indirecta en la gestión y desarrollo de las ac- tividades en la Zona del Proyecto Playa Hermosa - Tumbes, para que éstas presten toda su asistenciapara cumplir con los objetivos de la creación de lazona, dando cuenta a la Junta de Administración delas acciones realizadas; o) Imponer en primera instancia las sanciones administrativas que correspondan en caso de infrac- ciones; p) Velar por los intereses de los turistas dentro de la Zona del Proyecto Playa Hermosa - Tumbes; q) Resolver cualquier controversia o reclamación en primera instancia que pudieran presentar los concesio- narios en la Zona del Proyecto de Playa Hermosa-Tum- bes;r) Cualquier otra que establezca la Ley y los Regla- mentos del Proyecto Playa Hermosa-Tumbes; s) Las demás que le corresponden de acuerdo con su naturaleza. Capítulo IV Régimen Laboral Artículo 16º.- El régimen laboral de los trabajadores de la Autoridad Autónoma es el de la actividad privada. Artículo 17º.- La escala remunerativa del perso- nal de la Autoridad Autónoma, se aprobará a propues- ta de la Junta de Administración, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía yFinanzas. TÍTULO III De la Inversión en la Zona del Proyecto Playa Hermosa - Tumbes Capítulo I Plan Maestro de Desarrollo de la Zona del Proyecto Playa Hermosa - Tumbes Artículo 18º.- El Plan Maestro de Desarrollo de la Zona del Proyecto de Playa Hermosa - Tumbes es elinstrumento técnico normativo que establece los linea-mientos generales, normas específicas y la programa- ción de inversiones requeridas para promover, orientar y controlar las acciones del sector público y privado, enprocura del desarrollo de la Zona del Proyecto PlayaHermosa - Tumbes. El Plan Maestro de Desarrollo, entre otros aspectos, establecerá: a) Las políticas y propuestas de desarrollo de la zona, considerando el Proyecto como base para el desarrolloy explotación de los productos eco-turísticos ubicadosen ella y la orientación de la actividad productiva de laRegión hacia una economía estable basada en un desa- rrollo sostenible; así como punto de partida o destino final de los circuitos turísticos nacionales y, de maneraespecífica del Circuito Turístico Norte - Nor Oriental; b) La Zonificación y la Reglamentación de usos del suelo y del mar, incluyendo la delimitación de las áreasno edificables en la Zona del Proyecto Playa Hermosa - Tumbes, así como la estructuración del sistema vial; c) El plano de lotización de la Zona de Desarrollo del Proyecto de Playa Hermosa - Tumbes, con la delimitaciónen coordenadas UTM de cada unidad y descripción deárea y linderos y medidas perimétricas; d) El Reglamento de Habilitación, Construcción y Me- dio Ambiente de la Zona del Proyecto de Playa Hermo- sa - Tumbes, incluido el tratamiento paisajista; conside-rando eventuales áreas protegidas y hábitats críticos; e) El proyecto integral de infraestructura básica en saneamiento y electrificación; f) La identificación de proyectos prioritarios de desa- rrollo y sus fuentes de financiamiento; g) Las normas para la administración del área del Proyecto; h) Las condiciones para que las instalaciones y las edificaciones sean dispuestas y ejecutadas con lascaracterísticas que aseguren visibilidad desde la vía cir- cuito de playas hacia el mar; i) Otras que consideren necesarias las autoridades que lo formulen. Artículo 19º.- El Plan Maestro de Desarrollo de la Zona del Proyecto de Playa Hermosa - Tumbes, aproba- do por Resolución Ministerial del MINCETUR, será de cumplimiento obligatorio para todas las personas, enti-dades y empresas ubicadas dentro de la Zona del Pro-yecto Playa Hermosa - Tumbes a que se refiere el Nu-meral 1.1. del artículo 1º de la Ley. Artículo 20º.- El Plan Maestro de Desarrollo estará sujeto a evaluación permanente por parte de la Junta de Administración de la Autoridad Autónoma. Sus modifi-