Norma Legal Oficial del día 12 de enero del año 2003 (12/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, MORDAZA 12 de enero de 2003

NORMAS LEGALES

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tes y actuados correspondientes, incluyendo el informe tecnico sustentatorio, para aprobar la desafectacion en uso y/o reversion segun sea el caso. Dichas Resoluciones tendran merito para inscripcion en los Registros Publicos. Quinta.- Precisase que la reserva a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley no constituye impedimento alguno para el irrestricto ingreso y uso de la playa y MORDAZA adyacente a Playa MORDAZA Tumbes por el publico en general. Sexta.- En lo no previsto por la Ley y el presente Reglamento, sera de aplicacion supletoria el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM, Texto Unico Ordenado de las normas con rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos, el Decreto Legislativo Nº 809, Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 818, y las normas ampliatorias, modificatorias y reglamentarias correspondientes a cada uno de ellos. 00588

dor para su aprobacion, en un plazo que no excedera de 90 (noventa) dias utiles, contados a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo; b) Realizar el seguimiento y la evaluacion de la implementacion del Plan Estrategico Nacional Exportador; y, c) Proponer toda modificacion del Plan Estrategico Nacional Exportador que posteriormente resulte necesaria, para su aprobacion por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Articulo 3º.- De la Conformacion La Comision Multisectorial Mixta Permanente, en adelante la Comision, estara conformada por: a) Dos representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, uno de los cuales la presidira; b) El Director Ejecutivo del Consejo Nacional de la Competitividad; c) Un representante de cada una de las siguientes Instituciones. 1) Presidencia del Consejo de Ministros; 2) Ministerio de Relaciones Exteriores; 3) Ministerio de Economia y Finanzas; 4) Ministerio de la Produccion; 5) Ministerio de Transportes y Comunicaciones; 6) Comision para la Promocion de Exportaciones PROMPEX; 7) Asociacion de Exportaciones - ADEX; 8) Sociedad de Comercio Exterior - COMEX; 9) Camara de Comercio de MORDAZA - CCL; y, 10) Sociedad Nacional de Industrias - SNI. En caso de ausencia del Presidente de la Comision, asumira sus funciones el otro representante del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. La Comision contara con una Secretaria Tecnica, la que estara a cargo de la Comision para la Promocion de Exportaciones - PROMPEX. Articulo 4º.- De la Acreditacion y Designacion Cada una de las entidades indicadas en el articulo anterior designara a su representante mediante resolucion del titular de la entidad, en el plazo de siete (7) dias utiles contados a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo. En el mismo plazo, los representantes de las Instituciones privadas que integran la Comision seran acreditados ante el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el cual expedira la Resolucion Ministerial correspondiente para formalizar su participacion. En ambos casos, la representacion concedida tendra caracter indelegable. Articulo 5º.- Participacion de los Grupos de Trabajo La Comision esta facultada para invitar a las siguientes Instituciones a participar en los grupos de trabajo que se conformen: a) Ministerio de Energia y Minas; b) Ministerio de Agricultura; c) Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME; d) Agencia de Promocion de la Inversion - PROINVERSION; y, e) Otros gremios e instituciones publicas y privadas cuya participacion considere de interes. Articulo 6º.- Reglamento Interno y Disposiciones Complementarias Por Resolucion Ministerial expedida por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo,a propuesta de la Comision, en un plazo no mayor de 15 (quince) dias utiles contado a partir de la publicacion del presente Decreto Supremo, se aprobara su Reglamento Interno y se dictaran las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion del presente dispositivo.

Crean comision multisectorial encargada de elaborar y proponer el Plan Estrategico Nacional Exportador
DECRETO SUPREMO Nº 002-2003-MINCETUR

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, MINCETUR, conforme a la Ley Nº 27779 - Ley Organica que modifica la Organizacion y Funciones de los Ministerios y de acuerdo con su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27790, es el Organismo Rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la politica de comercio exterior y de turismo, teniendo entre otras responsabilidades la de promover las exportaciones; Que, el Comercio Exterior es una actividad interconectada que vincula a diversas entidades del sector publico y privado, por lo cual siendo politica del Gobierno posicionar al Peru como MORDAZA exportador a traves de la ampliacion de su oferta exportable, resulta necesario articular las acciones de los diversos agentes involucrados, facilitando su participacion en dicho proposito; Que, conforme al Acuerdo Nacional, es obligacion del Estado promover el planeamiento estrategico concertado, las politicas de desarrollo sectorial y regional fomentando el perfeccionamiento del potencial humano, la inversion, el empleo y las exportaciones, en el MORDAZA de una politica economica de equilibrio fiscal y monetario y de una politica tributaria que permita financiar adecuadamente el desarrollo del pais; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 18º del Decreto Legislativo Nº 560 modificado por la Ley Nº 27779; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Del Objeto Crease la Comision Multisectorial Mixta Permanente encargada de elaborar, proponer y monitorear el Plan Estrategico Nacional Exportador. Articulo 2º.- De las Funciones Son funciones de la Comision las siguientes: a) Elaborar y proponer al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Plan Estrategico Nacional Exporta-

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