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PÆg. 237308 NORMAS LEGALES Lima, martes 14 de enero de 2003 En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 33º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, concordante con losartículos 19º, 21º y 27º del Estatuto de la UNE y los alcan-ces de la Resolución Nº 06-2002-AU-UNE y con cargo adar cuenta al Consejo Universitario; SE RESUELVE:Artículo 1º.- EXONERAR del Proceso de LICITACIÓN PÚBLICA al Proyecto denominado "PABELLÓN DE ELEC-TRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES DE LA UNE", siendoel valor referencial para la ejecución de la obra de UN MI-LLÓN OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL SEISCIENTOS CUA-RENTINUEVE con 66/100 Nuevos Soles (S/. 1'816,649.66) yla fuente de financiamiento para dicha obra los recursos di-rectamente recaudados y recursos ordinarios correspondien-te al Presupuesto Institucional de la Universidad. Artículo 2º.- AUTORIZAR a la Dirección de Adquisiciones y Contrataciones para que, en coordinación con la Direcciónde Infraestructura y la Oficina de Asesoría Legal de esta CasaSuperior de Estudios realice los procedimientos administrati-vos necesarios para la suscripción del Contrato con la Uni-versidad Nacional de Ingeniería para ejecutar la obra: "PABE-LLÓN DE ELECTRÓNICA Y TELECOMUNICACIONES DELA UNE", por un monto de UN MILLÓN SETECIENTOS CUA-RENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES con17/100 Nuevos Soles (S/. 1'743,983.17) con un plazo de eje-cución de 150 días calendario. Artículo 3º.- EL EGRESO que genere la presente Re- solución afectará al Mnemónico de la Estructura FuncionalProgramática y Cadena de Gasto correspondiente al Pre-supuesto Institucional de la Universidad Nacional de Edu-cación Enrique Guzmán y Valle para el Ejercicio Presupues-tal 2002. Artículo 4º.- ENCARGAR a la Oficina Central de Adquisi- ciones y Contrataciones de esta Casa Superior de Estudiosla publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial ElPeruano, así como la remisión a la Contraloría General de laRepública dentro de los plazos que estipula la Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MANUEL ALEJANDRO SOLÍS GÓMEZ Rector (e) JUAN MIGUEL MALPARTIDA ROBLES Secretario General (e) 00651 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS I R T P Aprueban contratación de servicios personalísimos mediante proceso deadjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 152-2002-IRTP Lima, 30 de diciembre de 2002 Visto; el Informe Técnico Legal Nº 027-2002/IRTP de la Oficina General de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante De-creto Supremo Nº 012-2002-PCM, se señala que las contra-taciones de servicios personalísimos, se encuentran exone-rados de los procesos de Licitaciones Públicas, ConcursosPúblicos o Adjudicaciones Directas, procediendo su contrata-ción a través de Procesos de Adjudicación de Menor Cuantíaconforme a lo establecido por el artículo 20 de dicha Ley; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece las condicio-nes que debe reunir la contratación para poder acceder a lacausal de exoneración por servicios personalísimos, seña-lando que ésta está referida a los contratos de Locación deServicios celebrados con personas naturales o jurídicas,cuando para dicha contratación se haya tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea porsus características inherentes, particulares o especiales opor su determinada calidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, los artículos 105º y 116º del referido Reglamento establecen los procedimientos a que deben someterse lascontrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesosde selección antes aludidos, precisando que, una vez apro-bada la exoneración, la contratación deberá realizarse me-diante acciones inmediatas sobre la base de la obtención deuna cotización que cumpla los requisitos establecidos en lasBases, debiendo indicarse en la Resolución Exoneratoria elórgano que se encargará de llevar a cabo la contratación; Que, el artículo 20º de la mencionada Ley, concordante con los artículos 111º y 113º al 116º del Reglamento acotado, esta-blecen que la exoneración en referencia se aprobará medianteResolución del Titular del Pliego siendo esta facultad indelega-ble, debiendo además sustentarse con un informe técnico-legalemitido por las áreas técnica y de asesoría de la entidad; Que, el IRTP, se encuentra a cargo de la operación de medios de Radiodifusión Sonora y por Televisión de propie-dad del Estado, en cuyo mandato debe ofrecer programaseducativos, culturales, deportivos, de esparcimiento y perio-dísticos con participación de los líderes de opinión pública através de programas de calidad que promuevan los valoresnacionales y personales, para lo cual requiere de personasde amplia experiencia, con cualidades especiales, de recono-cido prestigio en la conducción de programas de calidad; Que, en el Informe Técnico Legal Nº 027-2002/IRTP, se ha determinado luego de la evaluación correspondiente, quela contratación de las personas que se especifican en elAnexo que forma parte del citado Informe, reúnen las ca-racterísticas señaladas en los considerandos precedentes,para realizar la conducción de programas televisivos y ra-diales de calidad, toda vez que se trata de personas conhabilidades calificadas en función a la naturaleza de lasprestaciones a realizar, de reconocido prestigio y ampliaexperiencia, cuyas cualidades personales, hacen que és-tas sean únicas en su especialidad, por lo que es reco-mendable su contratación para prestar servicios personalí-simos contemplados en la normatividad vigente; Que, lo expuesto en el Informe Técnico Legal aludido, justifica técnica y legalmente la contratación de los servi-cios especializados mediante la exoneración de los res-pectivos procesos de selección antes señalados, cumplién-dose así con lo estipulado en el artículo 113º del Regla-mento antes mencionado; Que la Oficina de Finanzas ha señalado que existe dis- posición presupuestal para atender la contratación materiade la presente Resolución; Estando de acuerdo a lo expresado y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19º y 20º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM,y con los artículos 111º y 113º al 116º de su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección correspondiente para la contratación de losServicios Personalísimos de las siguientes personas: Cecilia Augusta, Barraza Hora ConductoraRicardo, Belmont Casinelli Conductor/productorLorena Yolanda, Caravedo Vásquez ConductoraFabián Mauricio, Cortez Gálvez Director/conductorMarco Aurelio, Denegri Santa Gadea Conductor/directorGuillermo, Giacosa Antelo ConductorErnesto, Hermoza Denegri Conductor/productorVíctor Bernardo, Peñaloza Campos ConductorWulfert Omar, Ruiz De Somocurcio ConductorDiosdado Adolfo, Gaitán Castro Conductor/productorPedro Rodolfo, Gaitán Castro Conductor/productorMariela Sonaly, Tuesta Altamirano ConductoraMaría Jesús, Rodríguez Núñez Conductora La contratación de la prestación de servicios de las per- sonas antes indicadas se efectuará mediante el procesode Adjudicación de Menor Cuantía, a cargo del ComitéEspecial Permanente. Artículo Segundo.- En cumplimiento del artículo 20º del D.S. Nº 012-2001-PCM y del artículo 115º del D.S. Nº013-2001-PCM, dispóngase la publicación de la presenteResolución en el Diario Oficial El Peruano y la remisión a laContraloría General de la República de la misma y del In-forme Técnico - Legal que sustenta esta exoneración, den-