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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2003 (18/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 82

PÆg. 237608 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de enero de 2003 Amplían plazo para presentar documen- tación a fin de obtener la prórroga delicencias para agencias generales, marí-timas, fluviales y lacustres, así como empresas y cooperativas de estiba y desestiba RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2003-MTC/13 Lima, 13 de enero de 2003 CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento a los Artículos 31º y 32º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 707, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-99-MTC, referido a las prorro- gas anuales de las Licencias otorgadas a las AgenciasGenerales, Agencias marítimas, Fluviales y lacustre; así como de las Empresas y Cooperativas de Estiba y De- sestiba, se expidió la Resolución Directoral Nº 260-2002-MTC/13 (19.NOV.02), mediante la cual se estableció los procedimientos y plazos para la presentación de la docu- mentación pertinente; Que, mediante la acotada Resolución Directoral para la presentación de la documentación indicada en los lite- rales b) y c), el plazo fijado vence el 15 de enero del2003; Que, siendo el caso que el Gobierno mediante el De- creto Supremo Nº 121-2002-PCM (27.NOV.2002), decre-to excepcionalmente período vacacional comprendido entre el 16 de diciembre del 2002 al 3 de enero del 2003, para el goce de vacaciones de los funcionarios y servi-dores públicos del Poder Ejecutivo, período que para los efectos del computo de los plazos regulados para los pro- cedimientos administrativos ha sido considerado comodías inhábiles, según el Art. 4º del referido Decreto Su- premo; Que, en concordancia a lo expuesto en los considerán- doos precedentes, se debe ampliar el plazo para la presentación de la documentación a fin de obtener la pro- rroga de las Licencias para el período 2003, por lo cualse debe expedir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27791 - Ley de Organi- zaciones y Funciones del Ministerio de Transportes y Co-municaciones, Artículo 49º del Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 707 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 010-99-MTC, modificado porDecreto Supremo Nº 010-2001-MTC y Decreto Supremo Nº 121-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Para los efectos de la prorroga de las Licencias para el período 2003, de las Agencias Genera- les, Agencias Marítimas, Fluviales y Lacustres, así como de las Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba,ampliase el plazo para la presentación de la documenta- ción a que se refieren los literales b) y c) del Art. 1º de la Resolución Directoral Nº 260- 2002-MTC/13 (19.NOV.2002), hasta el 3 de febrero del 2003. Artículo 2º.- Precisar que las Cartas Fianza o Póli- zas de Seguro de Caución que deben presentar las Agen-cias, Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba, como parte de los requisitos para la prorroga de sus Li- cencias o la expedición de nuevas Licencias, deben es-tar emitidas a favor de la Dirección General de Transpor- te Acuático del Ministerio de Transportes y Comunicacio- nes de acuerdo a la Ley Nº 27779- Ley Orgánica quemodifica la organización y funciones de los Ministerios. Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia a partir del día siguiente de su publica-ción en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EFRAÍN COLL CALDERÓN Director GeneralDirección General de Transporte Acuático 00919VIVIENDA Designan representante del ministerio ante la Comisión Especial que formu- larÆ el Plan de Igualdad de Oportu- nidades para las Personas con Discapa-cidad RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 009-2003-VIVIENDA Lima, 16 de enero de 2003 Visto el Oficio Múltiple Nº 03-2003-MIMDES-DM del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2003-PCM, se ha declarado al año 2003 como "Año de los Derechos de la persona con Discapacidad y del Centenario del Nacimien- to de Jorge Basadre Grohmann"; Que, asimismo, el citado dispositivo modifica el Artícu- lo 3º del Decreto Supremo Nº 049-2002-PCM en el sentido que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (MIMDES) a través del Consejo Nacional de Integración de la Perso- na con Discapacidad (CONADIS), conjuntamente con los Ministerios de Trabajo y Promoción del Empleo, Educación, Salud, Vivienda, Construcción y Saneamiento y Transpor- tes y Comunicaciones, formulará dentro de los treinta pri- meros días hábiles del año 2003, un Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad; Que, en consecuencia y en concordancia con el Oficio de visto, es necesario designar al representante del Minis- terio de Vivienda, Construcción y Saneamiento que con- formará la indicada Comisión Especial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27792, Decreto Supremo Nº 001-2003-PCM y el Decreto Supre- mo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Dr. Arturo Delgado Viz- carra, Secretario General, como representante del Mi- nisterio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante la Comisión Especial, que tendrá como función formular el Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 01051 Establecen valor del Bono Familiar Habitacional - BFH para adquisición deviviendas nuevas RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2003-VIVIENDA Lima, 16 de enero de 2003 CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27829, se creó el Bono Familiar Habitacional - BFH como subsidio directo del Estado en el marco de la Política Sectorial del Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento, que se otorga por una sola vez a los beneficiarios y que se destinará exclusi- vamente a la adquisición, construcción en sitio propio o mejoramiento de una vivienda de interés social; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º de la citada Ley una Vivienda de Interés Social es una solu- ción habitacional, cuyo valor máximo es de US$ 12 000,00, priorizándose las viviendas cuyo valor no es superior a US$ 8 000,00;