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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2003 (19/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

PÆg. 237646 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de enero de 2003 CONSIDERANDO Que mediante Ley Nº 26920 se establece un régimen de excepción para los armadores de embarcaciones pesqueras construidas en madera con una capacidad de bodega de hasta 110 m3 que realizan faenas de pesca; Que de conformidad con el artículo 1º de la Ley Nº 26920, los armadores pesqueros que cuentan con embar-caciones pesqueras construidas de madera con una ca-pacidad de bodega de hasta 110 m3 y realizan sus fae- nas de pesca, estarán exceptuados de la autorización de incremento de flota a que se refiere el artículo 24º delDecreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca y podránsolicitar directamente el permiso de pesca; Que por Resolución Directoral Nº 051-2000-CTAR PIU- RA/DIREPE-DR de fecha 30 de octubre del 2000 se otor- gó permiso de pesca a plazo determinado a favor de HI- POLITO PANTA PANTA, para operar la embarcación pes-quera denominada "MI SAN MARTÍN I" de matrícula PT-4413-BM, de 43.49 m3 de volumen de bodega, para laextracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sar-dina con destino al consumo humano directo e indirecto y caballa para consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ y1 ½ pulgada; Que por Decreto Supremo Nº 003-98-PE se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 26920, para la operación de em-barcaciones pesqueras de madera con capacidad de bo- dega de hasta 110 m3, el mismo que fue modificado me- diante Decreto Supremo Nº 003-2000-PE; Que de conformidad con el artículo 9º del Reglamento de la Ley Nº 26920, modificado por el artículo 3º del De-creto Supremo Nº 003-2000-PE, los permisos de pescaotorgados al amparo de la Ley Nº 26920, no se conside- ran transferible, salvo por herencia. Esta norma precisa que sólo es válida la transferencia de las acciones y dere-chos adquiridos por herencia, entre los coherederos o susdescendientes; Que a través del escrito del visto, los señores DANIEL RUIZ ANTON y WILMA ROSAS MARTÍNEZ, solicitan cam- bio de titular del permiso de pesca de la embarcación pes- quera "MI SAN MARTÍN I" con matrícula PT-4413-BM envirtud de haber adquirido su propiedad tal como se des-prende del Contrato de Compra Venta celebrado con losanteriores propietarios Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se determina que la solicitud pre- sentada contraviene con lo dispuesto por el artículo 9º delReglamento de la Ley Nº 26920, modificado por el artícu-lo 3º del Decreto Supremo Nº 003-2000-PE por cuantolos recurrentes no han sustentado con prueba alguna, afi-nidad y/o parentesco con el señor HIPOLITO PANTA PAN- TA, titular del derecho de permiso de pesca de la embar- cación pesquera denominada "MI SAN MARTÍN I" con ma-trícula PT-4413-BM, asimismo los recurrentes no han cum-plido con los requisitos exigidos en el procedimiento 6 delTexto Único de Procedimientos Administrativos, aproba-do por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, por lo que se considera improcedente la solicitud presentada; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extraccióny Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 028-2002-PRODUCE/DNEPP-CHI de fecha 05 de noviembrede 2002 y contando con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, su Reglamento aproba-do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 26920,su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº003-98-PE y modificado por Decreto Supremo Nº 003- 2000-PE y el Procedimiento 6 del Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Pesquería (hoyMinisterio de la Producción) aprobado por Decreto Su-premo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente la solicitud presentada por los señores DANIEL RUIZ ANTON y WIL-MA ROSAS MARTÍNEZ sobre cambio de titular del permi-so de pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 051-2000-CTAR PIURA/DIREPE-DR, para operar la embarca-ción pesquera "MI SAN MARTÍN I" con matrícula PT-4413-BM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero 01019 Aprueban cambio de titular de licencia de operación a favor de empresa Corpo-ración Pesquera Inca S.A. para el proce- samiento de productos hidrobiológicos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 134-2002-PRODUCE/DNEPP Lima, 12 de diciembre del 2002 Visto; la solicitud de fecha 5 de noviembre con Regis- tro Nº CE-01343003 presentada por el Director Gerentede la empresa Corporación Pesquera Inca S.A. (COPEIN- CA). CONSIDERANDO. Que mediante la solicitud del visto, el recurrente solicita el cambio de titular de licencia de operaciónotorgada a Corporación del Mar S.A. en base a lo dis-puesto en la Resolución Directoral Nº 007-98-PE/DNPPde fecha 19 de enero de 1998, que otorgó a Corpora- ción del Mar S.A. licencia de operación para que de- sarrolle la actividad de procesamiento de productoshidrobiológicos a través de su planta de harina de pes-cado, en su establecimiento industrial pesquero ubi-cado en la caleta Vidal, distrito de Supe, provincia deBarranca, departamento de Lima, con una capacidad instalada de 50 t/h de procesamiento en materia pri- ma. Asimismo, solicita autorización para efectuar eltraslado físico de la citada planta al puerto de Malabri-go (Chicama), distrito de Rázuri, provincia de Ascope,departamento de La Libertad; Que, la solicitud está enmarcada en virtud a lo establecido en las Escrituras Públicas de fecha 30 de noviembre de 1998, contrato de compraventa y consti-tución de prenda dineraria sobre la planta de Corpora-ción del Mar S.A., suscrito entre Corporación del MarS.A. y Nuevo Mundo Leasing S.A. y Banco Nuevo Mun-do S.A.E.M.A; así como en el contrato de compraventa y arrendamiento financiero de fecha 31 de marzo del 2000, celebrado entre el Banco Nuevo Mundo y Corpo-ración del Mar S.A., sobre el inmueble donde funcionala Planta ubicada en Caleta Vidal s/n, distrito de Supe,provincia de Barranca, departamento de Lima, y Cor-poración Pesquera Inca S.A. celebra con Corporación del Mar S.A.; y en la cesión de posición contractual ce- lebrado entre Corporación del Mar S.A., CorporaciónPesquera Inca S.A. y el Banco Nuevo Mundo; Que, el artículo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que durante la vigencia de la licencia de operación de cada planta de procesamiento, la transfe- rencia en propiedad o cambio de posesión del estableci-miento industrial pesquero, conlleva la transferencia dedicha licencia en los mismos términos y condiciones enque fue otorgada; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 032-2002-PRODUCE/DNEPP-Dchi, por la Dirección Nacionalde Medio Ambiente, mediante Certificado Ambiental Nº031-2002-PRODUCE/DINAMA de fecha 17 de octubre del2002 y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, y su Reglamento apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y el DecretoSupremo Nº 004-2002-PE; En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE;