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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2003 (19/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 15

PÆg. 237653 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de enero de 2003 no directo, materia prima que será estibada a bordo en cajas con hielo; Que mediante la Resolución Ministerial Nº 130- 2002-PRODUCE, publicada el 23 de octubre del 2002, en el Diario Oficial El Peruano se establecen las con- diciones y requisitos, para que los armadores de em-barcaciones pesqueras de madera que se encuentrenen los alcances de la Ley Nº 26920, puedan solicitar yobtener los respectivos permisos de pesca y que di-chas embarcaciones pesqueras puedan efectuar fae- nas de pesca; Que mediante escrito de visto, la señora ESPERANZA LUZ MINAYA GRADOS, solicita permiso de pesca paraoperar la embarcación pesquera de madera "TIO SAM-BITO" de matrícula Nº CO-21016-CM, con Arqueo Netode 24.00 equivalente a 100.00 m3 de capacidad de bode- ga, en la extracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta, sardina, jurel y caballa, para el consumo hu-mano directo e indirecto; Que de la evaluación efectuada a los documentos alcanzados y que obran en el expediente sobre solicitudde permiso de pesca, para acceder a la extracción de los recursos anchoveta, sardina, jurel y caballa para consu- mo humano directo e indirecto, se ha determinado que larecurrente ha cumplido con los requisitos procesales y sus-tantivos de la Ley Nº 26920, Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE y normas complementarias, por lo queresulta procedente otorgar el permiso de pesca solicita- do, precisando que en razón al principio precautorio in- corporado a nuestro ordenamiento jurídico vigente proce- de únicamente destinar los recursos jurel, caballa y sardi- na, al consumo humano directo, con la finalidad de garan-tizar el aprovechamiento sostenido de dichos recursos,con respecto al recurso anchoveta podrá destinarse al di- recto e indirecto; Estando a lo informado por la Dirección de Administra- ción Pesquera mediante Informe Nº 056-2002-PRODU-CE/DNEPP-Dchi y con la visación de la Oficina Generalde Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003- 98-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE,Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE, modificado porDecreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE y la Resolu-ción Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE y demás normascomplementarias, el Texto Único de Procedimientos Ad- ministrativos del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, Decreto Supremo Nº012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 007-2002-PRODUCE;y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a la señora ESPERANZA LUZ MINAYA GRADOS, para operar la Em-barcación Pesquera de madera denominada "TIO SAM-BITO" de matrícula Nº CO-21016-CM, de Arqueo Neto24.00 y de 100.00 m3 de capacidad de bodega, en la ex- tracción del recurso hidrobiológico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recur-sos sardina, jurel y caballa, con destino al consumo hu-mano directo, utilizando redes de cerco con longitud míni-ma de abertura de malla de 1/2 y 1 1/2 pulgadas (13 mm.y 38 mm.) según corresponda, en el ámbito del litoral pe- ruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiológicosanchoveta y sardina y fuera de las 10 millas marinas ad-yacentes a la costa para el caso de los recursos jurel ycaballa. Artículo 2º.- Declarar improcedente la solicitud de permiso de pesca en el extremo referido a destinar la extracción de los recursos sardina, jurel y caballa, condestino al consumo humano indirecto, por las razonesexpuestas en la parte considerativa de la presente Re-solución. Artículo 3º.- La embarcación pesquera objeto de la presente resolución, conforme lo dispone el artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE, previoal inicio de sus faenas de pesca deberá contar a bordocon la plataforma/baliza del Sistema de Seguimiento Sa-telital (SISESAT) operativa, la que deberá emitir señalesde posicionamiento GPS (Global Positioning Sistem) en forma permanente, de acuerdo a lo dispuesto en el De-creto Supremo Nº 012-2001-PE y demás normas comple- mentarias. Artículo 4º.- El permiso de pesca otorgado en el artí- culo 1º de la presente Resolución queda sujeto a lo dis- puesto en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por DecretoSupremo Nº 003-2000-PE, Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE modificado por Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE, Resolución Ministerial Nº 130-2002-PRODU-CE y demás normas complementarias, normas de sani- dad, medio ambiente y al ordenamiento jurídico pesquero nacional. Artículo 5º.- La vigencia del permiso de pesca otorga- do por la presente Resolución está supeditada a la operati-vidad de la embarcación pesquera, y del Sistema de Se-guimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida em- barcación y al pago por concepto de derechos de pesca que acredite el armador con la respectiva constancia. Estepago será abonado por el armador pesquero conforme alo establecido por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, De-creto Supremo Nº 007-2002-PRODUCE y las normas quelo modifiquen o sustituyan y cuyo incumplimiento será causal de suspensión o caducidad del derecho otorgado según corresponda. Artículo 6º.- Incorporar el permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera "TIO SAMBITO" dematrícula Nº CO-21016-CM, a través de la presente Re-solución, en el literal B) del Anexo I de la Resolución Mi- nisterial Nº 191-2002-PRODUCE. Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías yGuardacostas del Ministerio de Defensa y a lasDirecciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piu-ra, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 01008 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 151-2002-PRODUCE/DNEPP Lima, 13 de diciembre del 2002Visto el escrito de registro Nº CE-02500002 de fecha 5 de noviembre del 2002, presentado por el señor José San- tos Vite Pingo en el que solicita permiso de pesca paraoperar la Embarcación Pesquera "MI DIONICIO 3" de ma-trícula Nº PT-3401-CM; CONSIDERANDO: Que la Ley Nº 26920, establece en su artículo 1º, que los armadores pesqueros que a la fecha de vigen- cia, cuentan con embarcaciones pesqueras de made- ra con una capacidad de bodega de hasta 110 m3 yrealizan sus faenas de pesca, están exceptuadas dela autorización de incremento de flota a que se refiereel artículo 24º del Decreto Ley Nº 25977, Ley Generalde Pesca, y podrán solicitar directamente el permiso de pesca; Que el Decreto Supremo Nº 005-2002-PRODUCE, en su artículo 1º modifica el artículo 6º del Decreto SupremoNº 004-2002-PRODUCE, estableciendo: "... que los arma-dores que cuenten con embarcaciones pesqueras de ma-dera con capacidad de bodega mayor a 32.6 m3 hasta 110 m3 y que hubiesen estado realizando faenas de pes- ca a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 26920,podrán solicitar permiso de pesca para la extracción delos recursos hidrobiológicos con destino para el consumohumano directo y/o indirecto y su ampliación correspon-diente, en un plazo de noventa (90) días calendario, con- tados a partir de la fecha en que entre en vigencia la Re- solución Ministerial que establezca el procedimiento y losrequisitos correspondientes"; Que el mencionado Decreto Supremo establece ade- más, que los armadores que soliciten permiso de pescaal amparo de la precitada Ley, quedan exceptuados de las disposiciones contenidas en el artículo 12º del Regla- mento General de Pesca aprobado por Decreto Supremo