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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2003 (19/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 18

PÆg. 237656 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de enero de 2003 Aceptan donación de planta portÆtil para tratamiento de agua de mar a fa-vor de ESSALUD, destinada al Hospi-tal II de Talara RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 011-2003-TR Lima, 17 de enero de 2003 VISTOS:El Oficio Nº 604-PE-ESSALUD-2002 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - EsSALUD, la Car- ta del consejero delegado de Aguas Saladas Puras S.L. España de fecha 26 de setiembre de 2002 dirigida al Cón-sul del Perú en España, la Carta Nº 468-OIAN-ESSALUDdel Jefe de Asuntos Internacionales del Seguro Social deSalud - EsSALUD, la Carta Nº 003043-GCLI-ESSALUD-2002 del Gerente Central de Logística e Infraestructura del Seguro Social de Salud - EsSalud, la Factura Nº 1347 emitida por DINOTEC S.A.M.A., S.L.; y, CONSIDERANDO:Que, el Consorcio Español de carácter mercantil priva- do "Aguas Saladas Puras, S.L." y "Dinotec S.A.M.A. S.L." con sede en la ciudad de Madrid - España, han dispuestola donación de una (1) Planta Potabilizadora Portátil parael Tratamiento de Agua de Mar, cuya relación de compo-nentes es la siguiente: 1 bomba de alimentación, 2 equi-pos de módulos de ósmosis inversa, 1 filtración automática de 520 mm. de diámetro, 3 portacartuchos de 20" - 5 mi- cras, 1 bomba de alta de pistones, 2 tubos portamembra-nas, 6 membranas 8" x 40", 2 dosificaciones, 1 depósito deFlushing, 1 cuadro eléctrico, 1 bancada soporte, 1 amorti-guador de pulsaciones, 4 cartuchos de 20" y 5 micras, 1presostato con accesorios, 1 nivel filsa, 2 electroniveles, 1 Tinox de 3/4", 1 Electroválvula SMC, 1 bote de glicerina, 1 analizador CL2-pH y 1 turbidímetro portátil, a favor del Se-guro Social de Salud - EsSalud, Hospital de Talara II, perte-neciente a la Gerencia Departamental de Piura, cuyo valorasciende aproximadamente a US$ 38,344.57 (treintiochomil trescientos cuarenticuatro y 57/100 dólares america- nos) o 38,344.57 (treintiocho mil trescientos cuarenticuatro y 57/100 euros) de acuerdo a la factura Nº 1347 emitidapor DINOTEC S.A.M.A., S.L., y con un peso de 1,800 kilo-gramos que se encuentran contenidos en tres (3) bultos,de acuerdo a la Guía Aérea Nº 07582941386 correspon-diente al vuelo Nº 6651 de fecha 20 de agosto de 2002, de IBERIA Línea Aéreas de España; Que, el Seguro Social de Salud es un organismo pú- blico descentralizado adscrito al Sector Trabajo y Promo-ción del Empleo, que tiene por finalidad brindar coberturaa los asegurados y sus derechos habientes, a través delotorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, entre otras; Que, el Artículo 172º del Reglamento General de Pro- cedimientos Administrativos de los Bienes de PropiedadEstatal aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001-EF,publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 18 dejulio de 2001, establece que la donación de bienes mue- bles que se efectúe a favor del Estado, será aceptada por resolución del titular de la entidad pública donataria, de-biendo especificarse en ella el valor de los bienes dona-dos; De conformidad con lo dispuesto en el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funcio- nes del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR yen el Reglamento General de Procedimientos Adminis-trativos de los Bienes de Propiedad Estatal, aprobado porDecreto Supremo Nº 154-2001-EF; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación de una (1) Planta Potabilizadora Portátil para el Tratamiento de Agua de Mar,cuya descripción se detalla en el expediente administrativoque forma parte de la presente Resolución, valorizada enUS$ 38,344.57 (treintiocho mil trescientos cuarenticuatro y 57/100 dólares americanos) equivalente a 38,344.57 (treintiocho mil trescientos cuarenticuatro y 57/100 euros),cuyo material se encuentra contenido en tres 3 (tres) bul-tos, donados por el Consorcio Español de carácter mer-cantil privado "Aguas Saladas Puras S.L." y "DINOTEC S.A.M.A., S.L." con sede en Madrid - España, a favor delSeguro Social de Salud - EsSalud, la cual será destinadaal Hospital II de Talara, perteneciente a la Gerencia De- partamental de Piura. Artículo 2º.- Transcríbase la presente Resolución Mi- nisterial, a la Superintendencia Nacional de Bienes Na-cionales dentro de los 20 días siguientes de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO VILLARÁN DE LA PUENTE Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 01031 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican procedimiento denominado "Acceso a la información que posean o produzcan los órganos del MTC" del TUPA del ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 037-2003-MTC/01 Lima, 16 de enero de 2003 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece los criterios y procedi- miento que regulan el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2ºde la Constitución Política del Perú; Que, la Segunda Disposición Transitoria, Complemen- taria y Final de la Ley Nº 27806 dispone que las entidadesdel Estado que cuenten con procedimientos aprobados referidos al acceso a la información, deberán adecuarlos a lo señalado en la Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativosdel Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienday Construcción, hoy Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, el cual contempla el procedimiento denomina- do “Acceso a la información que posean o produzcan losórganos del MTC”; procedimiento que debe adecuarse alo dispuesto en la Ley Nº 27806; Que, por Resolución Ministerial Nº 001-2003-MTC/01, del 2 de enero de 2003, se designó al Secretario General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como el funcionario responsable de brindar información requeridapor los ciudadanos en aplicación de la Ley Nº 27806; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, disponeque toda modificación al TUPA que no implique la crea- ción de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolu-ción Ministerial del Sector; Que, en tal sentido, es necesario modificar el Texto Úni- co de Procedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, adecuando el procedi- miento “Acceso a la información que posean o produzcan los órganos del MTC” a lo dispuesto en la Ley Nº 27806; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38º de la Ley Nº 27444 y en la Ley Nº 27806; SE RESUELVE: Artículo Único. - Modificar el procedimiento denomi- nado “Acceso a la información que posean o produzcanlos órganos del MTC”, del Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, conforme se establece en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de Transportes y Comunicaciones