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PÆg. 237647 NORMAS LEGALES Lima, domingo 19 de enero de 2003 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular de la licencia de operación otorgada a la empresa CORPORACIÓN DEL MAR S.A. mediante Resolución Directoral Nº 007-98-PE/ DNPP de fecha 19 de enero de 1998, a favor de la empresaCORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A. para que se dedi-que a la actividad de procesamiento de productos hidrobio-lógicos, a través de su planta de harina de pescado de tipoconvencional, en su establecimiento industrial pesquero ubi- cado en la Caleta Vidal, distrito de Supe, provincia de Ba- rranca, departamento de Lima, con una capacidad instaladade 50 t/h de procesamiento en materia prima; Artículo 2º.- Autorizar a CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A., a efectuar el traslado físico de su planta deharina de pescado de 50 t/h de capacidad instalada de la Caleta Vidal, distrito de Supe, provincia de Barranca, de- partamento de Lima, al establecimiento industrial pesqueroa ubicarse en Puerto Malabrigo (Chicama), distrito de Rá-zuri, provincia de Ascope, departamento de La Libertad. Artículo 3º.- Incorporar a CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A, como titular de la licencia de operación de la plan- ta de harina de pescado ubicada en el establecimiento in- dustrial pesquero citado en el 1º artículo de la presente Re-solución, al Anexo IV-B de la Resolución Ministerial Nº 041-2002-PRODUCE, excluyendo para tal efecto a la empresaCORPORACIÓN DEL MAR S.A. de dicho anexo. Artículo 4º.- La CORPORACIÓN PESQUERA INCA S.A. procederá a reinstalar su planta de harina de pescado con sujeción a las normas legales y reglamentarias del ordena-miento jurídico pesquero, así como relativas a la preserva-ción del medio ambiente y las referidas a sanidad, higiene yseguridad industrial pesquera, que garanticen el desarrollosostenido de la actividad pesquera. Asimismo, la menciona- da Corporación implementará los compromisos asumidos en el Estudio de Impacto Ambiental, calificado favorablementepor la Dirección Nacional de Medio Ambiente, según el Certifi-cado Ambiental Nº 031-2002-PRODUCE/DINAMA de fecha17 de octubre del 2002. Artículo 5º.- Otorgar el plazo de un (1) año, contado a partir de la fecha de expedida la presente Resolución, re- novable por una sola vez y por igual período, para que laempresa interesada concluya con la reinstalación de la plan-ta de harina de pescado, siempre que acredite haber reali-zado una inversión sustantiva superior al cincuenta por cien-to (50%) del proyecto aprobado dentro del período inicial- mente autorizado. Antes del inicio de la actividad producti- va, la interesada solicitará la inspección técnica correspon-diente para la verificación de la capacidad instalada y otor-gar la correspondiente Licencia de Operación. Artículo 6º.- La autorización para efectuar el traslado físico señalado en el artículo 2º de la presente Resolu- ción, caducará de pleno derecho al no acreditarse la reins- talación de la planta de harina de pescado, dentro del pla-zo señalado, o de ser el caso, al término de la renovacióndel mismo, sin que sea necesario notificación alguna porparte del Vicemnisterio de Pesquería. Artículo 7º.- El incumplimiento de lo señalado en el artículo 4º de la presente Resolución, así como el incre- mento de la capacidad instalada de la planta de procesa-miento materia del cambio de titular, serán causal de ca-ducidad del presente derecho otorgado o de las sancio-nes que resulten aplicables conforme a la dispositivos nor-mativos vigentes, según corresponda. Artículo 8º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nº 007-98-PE/DNPP, de fecha de 19 de enero de 1998,en lo que respecta a la titularidad de la citada planta deprocesamiento pesquero. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 01021 Otorgan permiso de pesca a diversos armadores para operar embarcacionespesqueras artesanales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 135-2002-PRODUCE/DNEPP Lima, 12 de diciembre del 2002Visto los escritos Nº CE-00378001, CE-00379001, CE-00377001, CE-00376001, CE-00380001 de fecha24 de mayo del 2002, presentado por los señores ar-madores JUAN HUMBERTO SÁNCHEZ LA MADRID, MANUEL RUBÉN ALVA MEDINA, VÍCTOR VICENTE AQUIJE FRANCIA, DANIEL SANTOS AQUIJE FRAN-CIA y ROBERTO FÉLIX ARIAS CAMPOS respectiva-mente, quienes solicitan permiso de pesca para ope-rar sus embarcaciones artesanales marítimas paracapturar recursos hidrobiológicos en el ámbito del li- toral peruano, orientados al consumo humano directo; CONSIDERANDO:Que, los artículos 19º y 20º inciso a) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, definen a la extracción comercial de menor escala o artesanal como la captura de recursos hidrobiológicos mediante la pesca,la caza acuática o la recolección realizada con el empleode embarcaciones menores o sin ellas, con predominiodel trabajo manual; Que mediante los artículos 43º, 44º y 45º de la precita- da Ley, se establecen que los permisos de pesca son de- rechos específicos que el Ministerio de la Producción otor-ga en el ámbito nacional a las personas naturales y jurídi-cas y a plazo determinado para el desarrollo de las activi-dades pesqueras, exceptuando a la pesca artesanal delpago de derechos; Que a través de los escritos del visto, los recurrentes, solicitan permiso de pesca para operar las embarcacio-nes pesqueras artesanales denominadas DON JUAN (PS-14177-BM), LOBITO II (PS-20718-BM), DANIEL SANTOSI (CO-5358-BM), DANIEL SANTOS II (PS-19483-BM), DE-NISSE (PS-18638-BM), ANDY GARY (PS-20476-BM), NEIL (PS-20694-BM), HENRY I (CO-5360-BM) y HENRY II (PS-18124-BM), equipadas mayormente con redes cor-tina de 8 y 10 pulgadas de longitud mínima de aberturade malla, para la extracción de recursos hidrobiológicoscon destino al consumo humano directo, en el ámbito dellitoral peruano; Que de la evaluación efectuada a la documentación presentada por los recurrentes se ha determinado que hancumplido con los requisitos establecidos en el procedi-miento Nº 4, correspondiente a la Dirección Nacional deExtracción y Procesamiento Pesquero, del Texto Unico deProcedimientos Administrativos del Ministerio de la Pro- ducción, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2002-PE; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Proce-samiento Pesquero del Ministerio de la Producción, me-diante el Informe Nº 011-2002-PRODUCE/DNEPP-Dch y con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Procedi-miento Nº 4 del Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos del Ministerio de la Producción, aprobado por De- creto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º, del Reglamento de la Ley General de Pesca; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca a los siguien- tes armadores para operar las embarcaciones pesqueras artesanales de acuerdo al siguiente detalle: Nº Nombre/ Armador Nombre/ Matrícula Cap. Tam. Embarcación Bodega Malla 1 Juan Humberto Sánchez DON JUAN PS-14177-BM 3.0 8¨ La Madrid 2 Manuel Rubén Alva Medina LOBITO II PS-20718-BM 1.0 1,2,10¨ 3 Victor Vicente Aquije Francia DANIEL SANTOS I CO-5358-BM 2.0 8¨ 4 Víctor Vicente Aquije Francia DANIEL SANTOS II PS-19483-BM 4.0 8¨ 5 Daniel Santos Aquije Francia DENISSE PS-18638-BM 4.0 8¨ 6 Daniel Santos Aquije Francia ANDY GARY PS-20476-BM 4.0 8¨ 7 Daniel Santos Aquije Francia NEIL PS-20694-BM 4.0 8¨ 8 Roberto Arias Campos HENRY I CO-5360-BM 2.0 8¨,10¨ 9 Roberto Arias Campos HENRY II PS-18124-BM 5.0 8¨ Artículo 2º.- Las operaciones de pesca, están su- jetas a lo dispuesto en las normas legales vigentes a