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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ENERO DEL AÑO 2003 (23/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 28

PÆg. 237818 NORMAS LEGALES Lima, jueves 23 de enero de 2003 Que, según lo previsto por el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Su-premo Nº 012-2001-PCM, la contratación de Servicios Per- sonalísimos se encuentra exonerada del Concurso Públi- co, procediendo su contratación mediante adjudicación demenor cuantía conforme a lo establecido por artículo 20ºde dicha Ley; Que, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece las condicio- nes que debe reunir la contratación para poder acceder ala causal de exoneración por Servicios Personalísimos,señalando que ésta se refiere a los contratos de locaciónde servicios celebrados con personas naturales o jurídi-cas cuando para dicha contratación se haya tenido en cuen- ta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especia-les, o por su determinada calidad, profesión, ciencia, arteu oficio, estableciendo el trámite y procedimiento para lasadquisiciones y contrataciones exoneradas; Que, el Consejo Nacional de Descentralización, se en- cuentra en proceso de implementación y requiere de ex- pertos de calidad, experiencia y confiabilidad para imple-mentar las acciones encargadas a los órganos de admi-nistración y finanzas y de alta dirección, de acuerdo conlas disposiciones del Reglamento de Organización y Fun-ciones, aprobado mediante Resolución Presidencial Nºs. 007-2002-P-CND y 043-2002-P-CND; Que, lo expresado en el Informe-Técnico Legal emitido por la Gerencia de Administración y la Oficina de AsesoríaJurídica, sustenta técnica y legalmente la contratación delos Servicios Personalísimos requeridos; Que, el Consejo Nacional de Descentralización cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria en la Fuen- te de Financiamiento Recursos Ordinarios prevista en suPlan Operativo y Presupuesto Institucional 2003 requeri-dos para los fines expuestos; Que, por ello la designación ha recaído en los señores: 1) Luis Aurelio Fontenoy Miranda, quien prestará su servi- cio en el órgano de administración y finanzas, así como en: 2) Otoniel Velasco Fernández, 3) Johnny Zas Friz Bur-ga 4) Jorge Jara Valencia, 5) Julio Ernesto Gianella Silva,6) Eugenio Gerald Dario D´Medina Lora, 7) Alejandro Cé-sar Vera Vassallo, 8) Luis Alfonso Rodríguez Pastor, 9) Jor-ge Alberto Montoya Maquin y 10) Ricardo Alberto Vidaurre Aguayo; quienes prestarán servicios de asesoría a la alta dirección, indicando que cada uno de los mencionados pro-fesionales reúne los requisitos señalados y poseen ampliaexperiencia en asuntos de la administración pública; Que, conforme se aprecia en la hoja de vida, el señor Fontenoy cuenta con 15 años de experiencia en cargos Gerenciales y/o Directivos, es Master en Dirección de Em- presas y es Bachiller en Ciencias Administrativas; el señor Velasco cuenta con una experiencia de 20 años en la Ad- ministración Pública y con 10 años como consultor en or-ganismos internacionales, es Master en Salud Pública, enPlanificación del Desarrollo y Administración Pública; el señor Zas Friz cuenta con 8 años de experiencia como consultor y 7 años como asesor, es doctor en Derecho Pú-blico, abogado e investigador; el señor Jara cuenta con 20 años de experiencia en cargos de dirección, asesor, con-sultor y jefe de misión de Organismos del Sistema de lasNaciones Unidas de cooperación técnica y financiera, tie- ne estudios completos de Maestría en Economía y Planifi- cación, en Sociología y es ingeniero comercial; el señor Gianella cuenta con más de 30 años de experiencia en cargos de dirección, de asesor y consultor en diversas ins-tituciones públicas y privadas, es Master en PlanificaciónRegional y arquitecto; el señor D´Medina cuenta con 10 años de experiencia entre consultor y asesor, es Master en Administración de Negocios y Economista; el señor Vera cuenta con 20 años de experiencia en cargos directivos yde consultor, es Master en Administración Pública, realizóestudios completos de Doctorado en economía y es inge-niero civil; el señor Rodríguez cuenta con 20 años de ex- periencia en cargos de dirección en instituciones públicas y ha realizado consultorías por encargo de diferentes orga-nismos internacionales en América del Sur, América Cen-tral, Estados Unidos, Africa e India. Es ingeniero agrónomoy Especialista en Desarrollo y en Planificación Global delDesarrollo con estudios en el IRFED y IEDES en París Fran- cia. Ha desempeñado el cargo de Gerente General, Ge- rente de Producción y Gerente de Planeamiento entre 1994y 2000 en una empresa estatal en Perú; el señor Montoya cuenta con 25 años de experiencia en cargos de asesor yconsultor en diversas instituciones públicas y privadas, tie- ne certificado de aprobación de examen de Doctorado enEconomía, es Maestro en Economía y Economista; y el señor Vidaurre que cuenta con 14 años de experiencia en cargos directivos y consultoría en administración y finan- zas públicas, es Contador Público Colegiado con especia-lidad en auditoria tributaria y política fiscal; Que, consecuentemente los profesionales aludidos, se encuentran especialmente calificados para que brinden losservicios requeridos por este Consejo en calidad de Servi- cios Personalísimos; Que, el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordena- do de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, es-tablece que los servicios personalísimos se encuentranexonerados de los procesos públicos o adjudicaciones di- rectas, procediendo a su contratación como lo dispone el artículo 20º del indicado cuerpo legal a través de una adju-dicación directa de menor cuantía; Que, en ese orden de ideas, los artículos 105º y 116º del Reglamento, establecen los procedimientos y formali-dades que deben someterse las contrataciones y adquisi- ciones exoneradas de los procesos de selección precisán- dose, una vez aprobada la exoneración, la contratacióndeberá realizarse mediante acciones inmediatas; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 19º y 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 012-2002-PCM, los artículos 105º, 111º, 113º, 115º y 116º del Reglamento de la citada Ley aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2002-PCM y Resoluciones Nºs. 007-2002-CND-P y 043-2002-CND-P que aprueba el Reglamen-to de Organización y Funciones del Consejo Nacional deDescentralización y su modificación, respectivamente; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la exoneración del proceso de selección respectivo, para la contratación, mediante el pro-ceso de Adjudicación de Menor Cuantía de los Servicios Personalísimos de expertos de calidad, experiencia y con- fiabilidad, para los órganos de administración y finanzas yalta dirección del Consejo Nacional de Descentralizaciónhasta por un monto de Cuatrocientos Cinco Mil Seiscien-tos Catorce con 01/100 Nuevos Soles (S/. 405,614.01), porun período de tres (3) meses, financiados con recursos propios. Artículo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administración para que se encargue de efectuar la presente contrataciónmediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administra- ción remita copia de la presente Resolución y de los infor- mes que la sustentan a la Contraloría General de la Repúbli- ca, dentro de los diez días calendario siguientes, así comopara que formule los contratos de locación correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS THAIS DIAZ Presidente 01302 CONSUCODE Sancionan a Servis Carvel E.I.R.L. con inhabilitación definitiva en su derechode presentarse en procesos de seleccióny contratar con el Estado TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 036/2003.TC-S2 Sumilla : Se sanciona con inhabilitación definitiva a empresa, al producirse los supuestos deconcurrencia de infracciones y haberse pro- ducido reincidencia dentro de un período de tres (3) años, conforme a lo establecido porel artículo 209º del Reglamento. Lima, 17 de enero de 2003