Norma Legal Oficial del día 23 de enero del año 2003 (23/01/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 23 de enero de 2003

Que, segun lo previsto por el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, la contratacion de Servicios Personalisimos se encuentra exonerada del Concurso Publico, procediendo su contratacion mediante adjudicacion de menor cuantia conforme a lo establecido por articulo 20º de dicha Ley; Que, el articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece las condiciones que debe reunir la contratacion para poder acceder a la causal de exoneracion por Servicios Personalisimos, senalando que esta se refiere a los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales, o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio, estableciendo el tramite y procedimiento para las adquisiciones y contrataciones exoneradas; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion, se encuentra en MORDAZA de implementacion y requiere de expertos de calidad, experiencia y confiabilidad para implementar las acciones encargadas a los organos de administracion y finanzas y de alta direccion, de acuerdo con las disposiciones del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado mediante Resolucion Presidencial Nºs. 007-2002-P-CND y 043-2002-P-CND; Que, lo expresado en el Informe-Tecnico Legal emitido por la Gerencia de Administracion y la Oficina de Asesoria Juridica, sustenta tecnica y legalmente la contratacion de los Servicios Personalisimos requeridos; Que, el Consejo Nacional de Descentralizacion cuenta con la disponibilidad presupuestaria necesaria en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios prevista en su Plan Operativo y Presupuesto Institucional 2003 requeridos para los fines expuestos; Que, por ello la designacion ha recaido en los senores: 1) MORDAZA MORDAZA Fontenoy MORDAZA, quien prestara su servicio en el organo de administracion y finanzas, asi como en: 2) MORDAZA Velasco MORDAZA, 3) MORDAZA Zas Friz MORDAZA 4) MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 5) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 6) MORDAZA MORDAZA MORDAZA D´Medina MORDAZA, 7) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vassallo, 8) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, 9) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y 10) MORDAZA MORDAZA MORDAZA Aguayo; quienes prestaran servicios de asesoria a la alta direccion, indicando que cada uno de los mencionados profesionales reune los requisitos senalados y poseen amplia experiencia en asuntos de la administracion publica; Que, conforme se aprecia en la hoja de MORDAZA, el senor Fontenoy cuenta con 15 anos de experiencia en cargos Gerenciales y/o Directivos, es Master en Direccion de Empresas y es Bachiller en Ciencias Administrativas; el senor Velasco cuenta con una experiencia de 20 anos en la Administracion Publica y con 10 anos como consultor en organismos internacionales, es Master en Salud Publica, en Planificacion del Desarrollo y Administracion Publica; el senor Zas Friz cuenta con 8 anos de experiencia como consultor y 7 anos como asesor, es doctor en Derecho Publico, abogado e investigador; el senor MORDAZA cuenta con 20 anos de experiencia en cargos de direccion, asesor, consultor y jefe de mision de Organismos del Sistema de las Naciones Unidas de cooperacion tecnica y financiera, tiene estudios completos de Maestria en Economia y Planificacion, en Sociologia y es ingeniero comercial; el senor MORDAZA cuenta con mas de 30 anos de experiencia en cargos de direccion, de asesor y consultor en diversas instituciones publicas y privadas, es Master en Planificacion Regional y arquitecto; el senor D´Medina cuenta con 10 anos de experiencia entre consultor y asesor, es Master en Administracion de Negocios y Economista; el senor MORDAZA cuenta con 20 anos de experiencia en cargos directivos y de consultor, es Master en Administracion Publica, realizo estudios completos de Doctorado en economia y es ingeniero civil; el senor MORDAZA cuenta con 20 anos de experiencia en cargos de direccion en instituciones publicas y ha realizado consultorias por encargo de diferentes organismos internacionales en MORDAZA del Sur, MORDAZA Central, Estados Unidos, MORDAZA e India. Es ingeniero agronomo y Especialista en Desarrollo y en Planificacion Global del Desarrollo con estudios en el IRFED y IEDES en MORDAZA Francia. Ha desempenado el cargo de Gerente General, Gerente de Produccion y Gerente de Planeamiento entre 1994 y 2000 en una empresa estatal en Peru; el senor MORDAZA cuenta con 25 anos de experiencia en cargos de asesor y

consultor en diversas instituciones publicas y privadas, tiene certificado de aprobacion de examen de Doctorado en Economia, es Maestro en Economia y Economista; y el senor MORDAZA que cuenta con 14 anos de experiencia en cargos directivos y consultoria en administracion y finanzas publicas, es Contador Publico Colegiado con especialidad en auditoria tributaria y politica fiscal; Que, consecuentemente los profesionales aludidos, se encuentran especialmente calificados para que brinden los servicios requeridos por este Consejo en calidad de Servicios Personalisimos; Que, el inciso h) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que los servicios personalisimos se encuentran exonerados de los procesos publicos o adjudicaciones directas, procediendo a su contratacion como lo dispone el articulo 20º del indicado cuerpo legal a traves de una adjudicacion directa de menor cuantia; Que, en ese orden de ideas, los articulos 105º y 116º del Reglamento, establecen los procedimientos y formalidades que deben someterse las contrataciones y adquisiciones exoneradas de los procesos de seleccion precisandose, una vez aprobada la exoneracion, la contratacion debera realizarse mediante acciones inmediatas; De conformidad con lo dispuesto por los articulos 19º y 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2002-PCM, los articulos 105º, 111º, 113º, 115º y 116º del Reglamento de la citada Ley aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2002-PCM y Resoluciones Nºs. 0072002-CND-P y 043-2002-CND-P que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Descentralizacion y su modificacion, respectivamente; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo, para la contratacion, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia de los Servicios Personalisimos de expertos de calidad, experiencia y confiabilidad, para los organos de administracion y finanzas y alta direccion del Consejo Nacional de Descentralizacion hasta por un monto de Cuatrocientos Cinco Mil Seiscientos Catorce con 01/100 Nuevos Soles (S/. 405,614.01), por un periodo de tres (3) meses, financiados con recursos propios. Articulo 2º.- Autorizar a la Gerencia de Administracion para que se encargue de efectuar la presente contratacion mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes, asi como para que formule los contratos de locacion correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 01302

CONSUCODE
Sancionan a Servis Carvel E.I.R.L. con inhabilitacion definitiva en su derecho de presentarse en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 036/2003.TC-S2
Sumilla : Se sanciona con inhabilitacion definitiva a empresa, al producirse los supuestos de concurrencia de infracciones y haberse producido reincidencia dentro de un periodo de tres (3) anos, conforme a lo establecido por el articulo 209º del Reglamento. MORDAZA, 17 de enero de 2003

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